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Maribel Ramos Vergeles / Subdirectora de Hogar Sí

“Reconocer la aporofobia en el Código Penal permite dar mejor asistencia a las víctimas y prevenir”

Amanda Andrades 20/05/2021

<p>Maribel Ramos Vergeles.</p>

Maribel Ramos Vergeles.

Cedida por la entrevistada

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El jueves 20 de mayo, el Congreso ha aprobado la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia. En esta norma se ha incluido una disposición –una práctica legislativa habitual– para modificar el Código Penal e introducir la aporofobia como agravante de los delitos de odio. Las personas sin hogar –entre 30.000 y 40.000 en España– se hallan entre aquellos colectivos que más sufren las consecuencias de este rechazo a los pobres, tal y como lo definió la filósofa Adela Cortina hace ya más de 20 años. Según una investigación del Observatorio Hatento, un 47% de ellas han sido víctimas de al menos un incidente o delito de odio por aporofobia. Esto se traduce en que una de cada tres ha recibido insultos o un trato vejatorio y una de cada cinco ha sido agredida físicamente. Las mujeres además se llevan, una vez más, la peor parte: un 60% de ellas han sido víctimas frente al 44% de los hombres. 

Maribel Ramos Vergeles (Madrid, 1977) es subdirectora de Hogar Sí, una  entidad social cuyo fin es que ninguna persona viva en la calle y que ha sido una de las impulsoras de esta reforma del Código Penal. 

¿Qué es la aporofobia?

La aporofobia es el rechazo a las personas que están en una situación de pobreza o de exclusión social extrema, o nuestro caso específico, a las personas que están en situación de sinhogarismo. Generalmente la mayor parte de situaciones de discriminación que sufren las personas, más allá de por otro tipo de factores, se cruza con el hecho de ser una persona pobre. 

¿Ha calado el concepto en la sociedad o es necesaria una mayor sensibilización?

Es necesaria una mayor sensibilización. La pobreza, en el fondo, se acaba viendo como un problema solo de las personas a las que afecta. Y nosotros consideramos que la pobreza en sentido amplio o en el caso concreto del sinhogarismo habla de la sociedad en su conjunto. Cuando esta no es capaz de dar respuesta a aquellas personas que más requieren el apoyo de la comunidad, la sociedad tiene un problema. Nadie quiere ser pobre, nadie quiere vivir en la calle. Nadie está ahí por su deseo sino por una serie de circunstancias, y muchas de ellas que tienen que ver con cuestiones de carácter puramente estructural. 

¿Quiénes son las principales víctimas de aporofobia? ¿Qué vulneraciones de derechos humanos sufren? 

La aporofobia se manifiesta también en personas que, aún pudiendo tener una vivienda, están en una situación de pobreza, pero no hay mayor grado de desprotección que el hecho mismo de vivir en la calle. Según los resultados de uno de nuestros programas basado en el acceso a la vivienda, la probabilidad de que las personas sean víctimas de un incidente o un delito de odio, en el momento en que estabilizan su alojamiento en una casa, como la tuya y la mía, se reduce de una manera muy significativa. Estar viviendo en la calle, y eso son las 24 horas del día en la calle, es un espacio de altísima vulnerabilidad. Hay muchas personas que nos dicen que intentan no dormir por la noche, están en alerta constante y aprovechan durante el día los espacios donde hay más tránsito de personas como una manera de protegerse. Por miedo. 

En base a los estudios que habéis hecho en el observatorio Hatento, ¿cuáles son las violencias que enfrentan? 

Hay de todo, obviamente. Quizás lo más frecuente son los insultos y las vejaciones, un trato vejatorio, insultos constantes, guarro, sucio, vete de aquí, eres basura. Pero más de un 25% de las personas que afirmaban haber sufrido este tipo de incidentes o delitos de odio nos dijeron que habían sido agredidos físicamente: les escupen, les pegan, sufren palizas, les quitan sus cosas. 

¿Y denuncian?

Muy poco, porque además hasta ahora tampoco había un instrumento jurídico muy adaptado. Además hay que entender que estas personas están en esa situación porque el sistema les ha fallado en su totalidad. De tal manera que al final la confianza que tienen las personas que viven en la calle en que el sistema les va a ayudar es muy escasa en términos de justicia. Y luego, no tenemos un sistema judicial especialmente amable y usable, porque los procedimientos judiciales son largos, muy complejos, requieren de constantes contactos con el sistema judicial. Y esto en el caso de las personas en situación de sinhogarismo tiene un nivel alto de complejidad.

El 20 de mayo de 2021 se ha aprobado la inclusión de la aporofobia en el Código Penal. ¿Cuál ha sido el camino para llegar hasta aquí? 

Que se permita que haya gente viviendo en la calle es violencia de carácter estructural y sistémica, o que aceptemos que la gente tenga que vivir  en un albergue hacinada

Muy largo, muy largo. Hubo un antes y un después con el asesinato de Rosario Endrinal en 2005. Este caso tuvo mayor relevancia porque la agresión fue grabada por las cámaras de seguridad del cajero, por la propia forma de asesinarla que fue  quemándola viva y porque los agresores eran tres chavales jóvenes. Y además porque de repente alguien dijo que Rosario Endrinal había tenido, antes de llegar a la calle, una vida completamente normal. En ese momento, no había herramientas jurídicas adecuadas que permitieran atender a la especial vulnerabilidad en la que vivía esta mujer. Una vez que se incorporaron en el Código Penal los agravantes, etc., que se han ido desarrollando, siempre ha habido una deuda pendiente en el ámbito de la aporofobia. En 2012 fue la primera vez que la Fiscalía General del Estado pidió en su memoria la incorporación de la aporofobia en el Código Penal como agravante. Y a partir de ahí, muchas organizaciones hemos venido empujando para que esto sea así. Y luego la participación de algunas personas concretas como Miguel Ángel Aguilar, el fiscal delegado de delitos de odio de la Fiscalía de Barcelona, el primero en España, un aliado desde el principio. Y también el papel de Joan Comorera, senador de En Comú Podem en la anterior legislatura, que presentó una proposición de ley en el Senado para la incorporación de la aporofobia en el Código Penal. Fue aprobada por unanimidad, pero no dio tiempo a llegar al Congreso para su aprobación porque finalizó la legislatura. 

¿Por qué es positivo?

Esto no resuelve el problema, pero la incorporación de la aporofobia en el Código Penal era un paso imprescindible. Por una parte, para decir a la sociedad “no vamos a permitir que esto ocurra, estas personas son merecedoras del derecho a la vida, la dignidad y a la integridad física y moral”, y, por otra, dar un extra de protección a estas personas y lanzarles la idea de que nos interesan, y que, en ese sentido, para que el sistema también pueda actuar es necesario la denuncia. Además, desde el punto de vista punitivo, contamos con mejores herramientas. Y también hay algo muy básico que tiene que ver con la propia contabilización, en la medida en la que está reconocido como un agravante específico, es más sencillo que las estadísticas se recojan de una manera concreta. Hay que reconocer que el Ministerio del Interior ya recogía estadísticas específicas. Ni siquiera organismos internacionales como la Agencia de de Derechos Fundamentales de la UE o la ODIHR de la OSCE están haciendo este reconocimiento. Que en España seamos de los países pioneros en reconocimiento de la aporofobia como un agravante en el Código Penal profundiza en un mayor conocimiento del fenómeno y eso es bueno para dar una mejor asistencia a las víctimas y ser capaces de una prevención que evite el problema.

¿Qué se modifica exactamente en el Código Penal?

En el artículo 22.4 que recoge todos los agravantes en un delito, por ejemplo si le das una paliza a alguien porque pertenece a un determinado colectivo o grupo vulnerable, se incorpora la aporofobia. Pero también, por ejemplo, en lo que tiene que ver con el ejercicio de discriminaciones graves en el ámbito del empleo. Si la motivación fundamental de discriminación tiene que ver con que eres una persona en situación de sinhogarismo también se contempla. Y lo mismo en relación a que se te deniegue un servicio público o un servicio de una empresa privada. Por ejemplo, las personas que viven en situación de sinhogarismo cuando quieren entrar a un bar a consumir no les dejan. Y algo tan básico como beber agua o ir al baño se convierte en inviable.  Hay otras denegaciones de servicios en instituciones públicas o privadas que tienen implicaciones mucho más graves. Por ejemplo, que no dejen entrar en un hospital porque esa persona está sucia o huele mal.

¿También se introduce la aporofobia en el artículo 510 como especialmente perseguida en discursos que fomenten, promuevan, o inciten directa o indirectamente al odio?

Solo durante la pandemia, ha habido una modificación del plan estatal de vivienda en el que se incorporó un programa específico para personas en situación de sinhogarismo

Efectivamente. Es verdad que en general el tema del discurso de odio es bastante complejo, independientemente de cual sea la motivación, por género, por aporofobia, por xenofobia. Pero, si en un momento determinado hubiera algún tipo de discurso en el que se fomentara el odio hacia las personas que viven en una situación de sinhogarismo, se les insultara de una manera grave y se incitara al odio proponiendo, por ejemplo, que hay agredirles, obviamente estaríamos ante un discurso de odio basado en la aporofobia. 

Las personas pobres o sin hogar no son solo víctimas de actos violentos cometidos por personas individuales, sino también de violencia institucional, por ejemplo, cuando son desalojados por los policías municipales de las plazas o cuando tienen que soportar las declaraciones de Begoña Villacís en las que acusaba a las asociaciones de dar comida a personas a las que ya ayudaba el Ayuntamiento de Madrid, dando entender, en cierta medida, que estas personas se aprovechan, o las de Isabel Diaz Ayuso llamando mantenidos y subvencionados a quienes acuden a las colas del hambre. ¿Hasta qué punto esto es también aporofobia y discurso del odio y cómo se encaja esto en la tipificación? ¿En estos casos podría recurrirse al Código Penal?

Probablemente no, porque no llega a ser un delito, pero esto ya tiene que ver no con la modificación que se realiza ahora mismo del Código Penal, sino con la propia tipificación del delito. Obviamente el sinhogarismo en sí mismo es violencia, que se permita que haya gente viviendo en la calle es violencia de carácter estructural y sistémica, o que aceptemos que la gente tenga que vivir  en un albergue hacinada con no sé cuantísimas personas en una misma habitación sin tener un espacio de intimidad propio. Y esto no es una cosa específica de Villacís o Ayuso, esto se produce de manera sistemática por desgracia en todos los gobiernos autonómicos y locales. Hay mejoras que se están produciendo en estos momentos, pero la atención al sinhogarismo deja bastante que desear. Que aceptemos como normal que tengamos campañas de frío y una vez que se pasa el frío el problema desaparece es bastante terrible.  

Pero en estos casos no son solo esa violencia estructural, sino una violencia institucional... por ejemplo en los desalojos.

Totalmente. No hace demasiado tiempo que en un determinado municipio de la Comunidad Autónoma (madrileña) eso ha ocurrido y lo que hemos hecho es ponernos en contacto con los servicios sociales para poner de manifiesto que esta no es la manera y para tratar de acompañar al ayuntamiento para que esto no vuelva a ocurrir. En la investigación que realizamos en 2015, los datos nos decían que en torno a un 10% de los episodios que recogimos eran policías o agentes de seguridad privada. 

Y en estos casos o en otras vulneraciones de derechos cometidas por las administraciones, ¿hasta qué punto puede influir que las organizaciones que trabajan con personas sin hogar y que son quienes tienen la capacidad de denunciar dependan de subvenciones, contratos e incluso de las buenas relaciones que mantengan con las administraciones? 

Yo te diría que no influye porque las organizaciones tenemos una trayectoria suficientemente sólida como para saber distinguir estos dos ámbitos. Efectivamente somos colaboradoras de las administraciones, pero también tenemos que poner encima de la mesa denuncias frente a hechos que vulneran los derechos de las personas con las que estamos trabajando. Otra cosa es que la denuncia vaya también acompañada de una mano tendida a la colaboración para el cambio, porque si no es así se producen pocos cambios. 

Más allá de los delitos de odio, que pueden ser la punta del iceberg de esta aporofobia, se producen otras muchas situaciones de vulnerabilidad o violencia institucional. ¿En qué medida se vincula la aporofobia con las políticas públicas de vivienda, el desmantelamiento del Estado de bienestar o la precarización del mercado de trabajo mediante las sucesivas reformas laborales?  

Pues sí. Al final, por ejemplo, en los años de democracia que llevamos la mayor parte de políticas públicas en vivienda se han dirigido a que familias de clase media tengan una vivienda, que no digo que no haya que hacerlo. Lo que no tiene sentido es que estemos haciendo eso pero estemos dejando completamente fuera a aquellas personas cuya situación de exclusión precisamente se define por la ausencia de una vivienda. Solo durante la pandemia, ha habido una modificación del plan estatal de vivienda en el que se incorporó un programa específico para personas en situación de sinhogarismo. ¿A nadie se le ha ocurrido antes que la vivienda y el sinhogarismo tienen algo que ver y que las políticas de vivienda tienen que decir algo en este sentido? 

Y además tenemos un modelo de atención al sinhogarismo en el que nos dedicamos a meter a las personas en una rueda, pero no somos capaces de ofrecer una salida. Al final hay personas que, tras un peregrinaje por distintos servicios y recursos, son centrifugadas y expulsadas del sistema. Se calcula que hay más de 8.000 personas que no están accediendo a los sistemas de alojamiento, ya bastante precarios, escasos e insuficientes. Nosotros apostamos porque los fondos Next Generation sean también una oportunidad para hacer una reconversión total del sistema de atención al sinhogarismo y acabar con el modelo basado en grandes albergues, el modelo de atención de talla única, en el que a tus necesidades voy a dar siempre las mismas respuestas. La gestión centrada en las personas, las soluciones basadas en viviendas, una estrategia centrada en la recuperación, en la reducción del daño, van a ayudar mucho más a que la persona recupere su vida. 

El jueves 20 de mayo, el Congreso ha aprobado la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia. En esta norma se...

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Autora >

Amanda Andrades

De Lebrija. Estudió periodismo, pero trabajó durante 10 años en cooperación internacional. En 2013 retomó su vocación inicial. Ha publicado el libro de relatos 'La mujer que quiso saltar una valla de seis metros' (Cear Euskadi, 2020), basado en las vidas de cinco mujeres que vencieron fronteras.

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