REGULACIÓN
Dios creó la luz pero no las eléctricas
Las llamadas leyes del mercado no son las Tablas de la ley. El bienestar general debe imponerse sobre los intereses desenfrenados de las empresas
José Antonio Martín Pallín 7/09/2021
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Según el Génesis, la Tierra estaba confusa, vacía y en tinieblas, por lo que Dios decidió crear la luz: “Haya en el firmamento de los cielos lumbreras para separar el día de la noche y servir de señales a estaciones con más días y años”. Desde entonces, la humanidad ha vivido adaptándose al inexorable paso de la rotación de la Tierra alrededor del Sol. Dios también se anticipó a las ‘DANAS’, antes llamada gota fría, castigando a los seres que había creado con el diluvio universal. Es posible que, en su inmensa sabiduría, hubiera querido enviar una advertencia sobre las catastróficas consecuencias del cambio climático, como estamos comprobando en estos días. Lo cierto es que, según la Biblia, después de cubrir toda la tierra, las aguas bajaron y volvieron a su cauce, y se comprobó que nadie se había preocupado por retenerla en presas o pantanos.
Con el tiempo, el ser humano desarrolló su inteligencia y la física sustituyó a la teología. La razón se encarnó en una especie de diosa y algunos filósofos, entre ellos, Friedrich Nietzsche, anunciaron la “muerte de Dios”. La frase me parece incompleta pero no se le puede reprochar a un filósofo. Dios ha muerto, pero ha nacido el mercado. Contra los nuevos dioses del mercado, en realidad ídolos: ¿es posible rebelarse? Creo que sí pero, ante lo que está pasando con la posición omnipotente y dominante de las empresas generadores de la energía eléctrica, albergo serias dudas. Nietzsche no acertó cuando pronosticó el ocaso de los ídolos.
Carecemos de recursos petrolíferos y gasísticos, pero el 80% de la producción eléctrica es autóctona, es decir no depende del gas ni de otros combustibles fósiles
Entre los eminentes físicos que consiguieron potenciar la generación y aplicación de la energía eléctrica, solo Edison supo entender la relación entre investigación, desarrollo y el mercado capitalista, abriendo el paso, primero a los pequeños emisores y, en este momento, a los poderosos grupos generadores de energía eléctrica que, conscientes de su poderío, se permiten romper los usos del mercado, imponiendo las condiciones para su venta y consumo, obteniendo cuantiosos e incluso inmorales beneficios en detrimento del interés y bienestar general.
El sol, el viento, el agua, el carbón que se extrae de la tierra, e incluso la energía nuclear, son fuentes de generación de energía eléctrica que no dependen de la importación del gas o de los combustibles fósiles. Almacenados en el subsuelo, se han convertido en fuente de energía indispensable para la supervivencia y el desarrollo de las técnicas de producción. Son costosos y, en principio, no habría obstáculo para que el Estado se preocupase de controlar esas fuentes.
Como ha dicho Carlos Sánchez Mato, en un artículo publicado en este medio: “Descarten que no haya otra alternativa que pedir buen rollo a las empresas o hacer procesiones. Además de echarle la culpa a los mercados, siempre viene bien usar a Bruselas como excusa para no actuar. Decir que es imposible hacer cambios por la normativa europea es una tomadura de pelo”. Es cierto que hemos cedido parte de nuestra soberanía a la Unión Europea, pero permanecer inermes ante emergencias sociales, como la que estamos viviendo, nos convierte en súbditos.
No tengo ni los conocimientos ni la osadía de aportar soluciones concretas, pero sí me atrevo a plantear algunas cuestiones, consciente de mis limitaciones, para que sean contestadas y, en su caso, rebatidas. La regla general es que los poderes públicos no pueden regular los precios mayoristas de la electricidad. De acuerdo con el artículo 3 del Reglamento (UE) 2019/943, relativo al mercado interior de la electricidad, los Estados miembros “garantizarán que los mercados de la electricidad operen de acuerdo con los siguientes principios: a) los precios se formarán en función de la oferta y la demanda; b) las normas del mercado alentarán la libre formación de precios y evitarán las acciones que impidan la formación de los precios sobre la base de la oferta y la demanda (…)” De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3 de la Directiva 2019/944, y como excepción al principio general, según el cual los suministradores podrán determinar libremente el precio al que suministran electricidad a los clientes, “los Estados miembros podrán aplicar intervenciones públicas en la fijación de precios para el suministro de electricidad a los clientes domésticos en situación de pobreza energética o vulnerables”.
Tanto en nuestra Constitución como en nuestro ordenamiento jurídico, y en las normas emanadas de la Unión Europea, existen cláusulas que permiten adoptar medidas correctoras frente a los que proclaman que no hay alternativas. Según su artículo 128, toda la riqueza del país en sus distintas formas, y sea cual fuere su titularidad, está subordinada al interés general y además se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica, sobre todo cuando se trate de recursos o servicios esenciales.
La neutralidad competitiva del Tratado Fundacional debe ser alterada por la supremacía del interés general, representado por la intervención del sector público en sectores estratégicos
Carecemos de recursos petrolíferos y gasísticos, por lo que nos tenemos que someter a los precios que marquen los países y organismos explotadores, pero, según los datos de los expertos, el 80% de la producción eléctrica es autóctona, es decir no depende del gas ni de otros combustibles fósiles. Se origina en nuestro suelo por lo que debe estar subordinada al interés general. A primera vista, me parece que la peor solución es la de bajar los impuestos que gravan la producción, distribución y consumo de la energía eléctrica, ya que debilita la capacidad económica del Estado sin ningún beneficio tangible para los ciudadanos y las empresas.
El Preámbulo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico nos señala el camino: “El suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia. La ordenación de ese servicio distingue actividades realizadas en régimen de monopolio natural y otras en régimen de mercado”.
Sin perjuicio de tener en cuenta los planes y recomendaciones aprobados en el seno de los organismos internacionales, en virtud de los convenios y tratados en los que el reino de España sea parte, la ley encomienda a la Administración general del Estado la regulación de la organización y funcionamiento del mercado de producción de energía eléctrica.
Una de las vías posibles para corregir los tics heredados de la antigua Comunidad Económica Europea sería cambiar el rumbo hacia una nueva concepción de las relaciones económicas inspiradas por la Carta de derechos Fundamentales de la Unión Europea. La neutralidad competitiva del Tratado Fundacional puede y debe ser alterada por la supremacía del interés general, representado por la intervención del sector público en sectores estratégicos de la economía.
La clave, según Jorge Morales de Labra, es la negociación con Bruselas: “Si argumentas jurídicamente que hay una posición de dominio y que abusan de ella después de una inversión pagada por todos... Entonces podría haber una posibilidad de cambiarlo”.
Otro camino que también se ha apuntado es el de la fiscalidad. Está justificada una estricta política tributaria que grave, hasta los límites máximos de la proporcionalidad, la contribución de las empresas productoras de energía eléctrica, cantidades que se destinarían al incremento del bono social y a subvenciones al sector económico.
Las llamadas leyes del mercado no son las Tablas de la ley. No se entendería una resignada sumisión a imposiciones que conculcan la supremacía del bienestar general frente a los intereses desenfrenados de los que viven instalados cómodamente en el limbo del abuso de su posición dominante.
Según el Génesis, la Tierra estaba confusa, vacía y en tinieblas, por lo que Dios decidió crear la luz: “Haya en el firmamento de los cielos lumbreras para separar el día de la noche y servir de señales a estaciones con más días y años”. Desde entonces, la humanidad ha vivido adaptándose al inexorable paso de la...
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José Antonio Martín Pallín
Es abogado de Lifeabogados. Magistrado emérito del Tribunal Supremo. Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas (Ginebra).
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