Análisis
TiSA, un tratado para privatizar los servicios públicos
En caso de aprobarse, este acuerdo internacional tendría un impacto fundamental en los derechos de la ciudadanía de la Unión Europea a la que se mantiene absolutamente al margen de las negociaciones
Adoración Guamán 10/02/2016
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Transportes, telecomunicaciones, construcción, enseñanza, sanidad o salud y por supuesto los servicios financieros son, entre otras muchas, las actividades catalogadas bajo el amplio concepto de “servicios” cuyo volumen, en términos económicos, supera en la actualidad los dos tercios del producto interno bruto (PIB) mundial. En realidad, cada vez son más actividades imprescindibles para la vida las que se catalogan como servicios comercializables y privatizables y cuya (des)regulación se ha convertido en el objetivo político de las grandes potencias comerciales mundiales.
En el ámbito de la Unión Europea y en términos cuantitativos, es innegable la importancia de los servicios: el valor de las exportaciones de este sector se ha duplicado en dos años y ha alcanzado en 2014 los 728.000 millones de euros. Ocupa al 70% de la mano de obra en la UE y está previsto que llegue a concentrar hasta el 90% del empleo en los próximos años. Con estos valores, no es de extrañar que la regulación del comercio internacional de los servicios sea una de las cuestiones centrales de la política comercial de la Unión, cuyo particular impulso en los últimos años ha avivado el debate entre los defensores y detractores del mantra de la liberalización y de la necesidad de maximizarla, en el ámbito estatal y el supranacional, como camino fundamental hacia la “recuperación económica”.
La idea de liberalizar al máximo el comercio internacional de servicios no es nueva en absoluto. En realidad, el último gran acuerdo sobre servicios, conocido como GATS (General Agreement on Trade in Services), se aprobó en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995 y sigue en vigor vinculando a 140 países. Sin embargo, las negociaciones de esta organización internacional no han sido favorables a los intereses de las grandes potencias que han visto como las exigencias que los BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica) han dificultado la expansión del contenido del GATS, encaminado hacia una mayor liberalización. Con el objetivo de sortear estas dificultades para negociar en el seno de la OMC, diversos países, liderados fundamentalmente por Estados Unidos y la Unión Europea, han impulsado los acuerdos bilaterales o regionales. En concreto, la UE decidió ya en 2006 dar un giro a su política comercial exterior y lanzarse en pos de la firma de una serie de acuerdos comerciales y de inversión “de nueva generación” con distintos países o grupos de países. Muchos de estos acuerdos, aprobados o en curso de negociación, han pasado inadvertidos (el ya ratificado con Corea del Sur, Colombia, Perú o Centroamérica o los que se están negociando con Ucrania, Singapur, China, Japón, India… Otros tratados están despertando una creciente atención como el TTIP (UE-EEUU) el CETA (UE-Canadá) y el TiSA (Trade in Service Agreement), que es sin duda el de mayor envergadura y el menos transparente de los señalados.
La historia del TiSA comenzó en el año 2012 cuando 16 países decidieron constituirse como grupo promotor, bajo la llamativa denominación de Really Good Friends of Services (RGF), para impulsar la adopción de un nuevo tratado multilateral de servicios. Los buenos amigos de los servicios tenían claras dos cosas: no incorporarían a las potencias emergentes (BRICS) en la negociación y, en cambio, mantendrían una estrecha relación con los grandes lobbies del sector servicios como la Coalition in Services Industries. La Unión Europea pronto se interesó por el acuerdo en ciernes y el 8 de marzo de 2013 el Consejo de la Unión Europea aprobó las directrices para que la UE entrara en la negociación del TiSA. Con aquel mandato, la Comisión Europea quedaba facultada para negociar, en nombre de los 28 Estados miembros, un nuevo marco multilateral con un grupo de países cuyo número se ha ido ampliando hasta los 23 actuales (Australia, Canadá, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Estados Unidos, Hong Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, México, Mauricio, Nueva Zelanda, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Suiza, Taiwán y Turquía). El conjunto de Estados implicados en la negociación representa el 70% del comercio internacional de servicios y aspiran a que el TiSA alcance el estatus de norma global cuyos estándares deban ser respetados por todos los miembros de la OMC. De esta manera, los países no implicados en este momento, y que finalmente deban aceptar el TiSA, no podrán más que asumir su contenido sin hacer valer sus particularidades, algo que les sería posible de haberse negociado en el ámbito OMC.
Pero no son los Estados los únicos implicados en la negociación del acuerdo. Junto a ellos destaca la actividad de las grandes multinacionales que han constituido el llamado Team TiSA, una coalición estable de empresas dedicada a la promoción del TiSA liderada por Citigroup, IBM, Liberty Mutual, MetLife, UPS y Walmart. Estas compañías, según señala su propia página web, tienen como objetivo impulsar el acuerdo mediante el establecimiento de un diálogo constructivo con autoridades norteamericanas y de otros países para proveerles de información relativa a la importancia de los servicios en la economía mundial.
Mientras este conjunto de multinacionales tiene entrada, aun indirecta, en las negociaciones, el conjunto de la ciudadanía de los Estados implicados dispone de escasa información sobre el contenido de los acuerdos que se están adoptado, a pesar de que ya se ha concluido la decimoquinta ronda de negociaciones, celebrada en diciembre de 2015, y de que las partes declaran su satisfacción con el avance y progreso de las mismas. La Comisión Europea ha habilitado una web, dos años después del comienzo de las negociaciones, donde ha colgado algunos de los documentos relativos a su oferta inicial en las negociaciones pero, más allá de estos datos, la única información realmente relevante deriva de las diversas filtraciones de Wikileaks.
Según indica el mandato de negociación, el objetivo del TiSA es la liberalización progresiva del comercio de servicios bajo la máxima de que ésta es la vía para promover el crecimiento económico. Curiosamente, el texto aprobado por el Consejo de la UE en 2013 menciona la necesidad de impulsar el aumento de la participación de los países en desarrollo a pesar de la exclusión expresa de las potencias emergentes. El TiSA, siempre según el documento oficial mencionado, debe ser conforme con el artículo V del GATS y cubrir todos los sectores y medios de suministro (el comercio transfronterizo, el consumo en el extranjero, la presencia comercial y la propia presencia de personas físicas, el llamado Modo 4). Sus previsiones deben orientarse a eliminar las normas estatales que sean discriminatorias, es decir, que prevean un trato diferente para las empresas nacionales, impidiendo además que puedan volver a adoptarse. En todo caso, el acuerdo final debería prever una posible exclusión de un número limitado de sectores que se mantendrían al abrigo de la liberalización, mencionándose expresamente el sector audiovisual, los servicios suministrados en el ejercicio de autoridad gubernamental y aquellos que se consideren necesarios para satisfacer los objetivos de política pública.
Pero el objetivo de este macrotratado, tal y como revela el contenido filtrado de las negociaciones, no es únicamente la apertura de los mercados de servicios al máximo nivel, sin exclusiones a priori de ningún sector o modo de suministro, sino el impulso de nuevas normas de regulación del comercio de servicios (como las regulaciones relativas a la contratación pública, a las licencias, acceso a mercados de telecomunicaciones, de servicios como la educación o sanidad prestados por empresas privadas, etc), que deban ser respetadas por todos los niveles normativos estatales, desde el local al nacional, y supranacionales. El objetivo es reducir la capacidad normativa de los Estados y sus entidades regionales y locales, que comparte con el resto de tratados de “nueva generación” señalados más arriba. Además, a nadie se le escapa el evidente sesgo geoestratégico que indica la relación de participantes y sobre todo de ausentes.
La filtración de numerosos textos ha permitido a diversas ONG y sindicatos lanzar una voz de alerta respecto de las principales amenazas que supondría la aprobación de este tratado y que pueden concretarse fundamentalmente en tres líneas: el modo en que afecta a los servicios públicos, el impacto sobre los derechos sociales, medioambientales, culturales y laborales y la reducción de la capacidad de los Estados de regular sus propias normativas sobre servicios.
Aun cuando en los textos de la UE, y en las resoluciones del Parlamento Europeo que ha dado por dos veces su apoyo a la continuidad de las negociaciones, se reitera que los servicios públicos quedan fuera del acuerdo, debe remarcarse que esta excepción tiene límites claros. La misma sólo funciona plenamente cuando el servicio en cuestión se presta en condiciones de monopolio y gratuidad, lo que ocurre cada vez en menos ocasiones. El problema añadido, y fundamental, es el efecto congelación que se produce sobre la situación actual. La entrada en vigor del tratado produciría, al igual que en el caso del CETA o del TTIP, la estabilización de un nivel determinado de privatización que no sería reversible, de manera tal que un futuro gobierno que deseara ampliar los servicios públicos se vería impedido por los compromisos contenidos en esos tratados. Así las cosas, la reducción de la capacidad estatal para responder a los intereses de la ciudadanía es clara y se refleja igualmente en la pérdida de capacidad de fomentar las empresas locales, de impulsar determinadas actividades o de limitar el tamaño de otras, en respuesta a las necesidades de la gente. Aquí se encuentra, precisamente, una de las principales rupturas conceptuales: el TiSA, como el resto de tratados mencionados, trata a las personas como consumidores, eliminando del ámbito de su contenido el concepto de ciudadanía o de trabajadoras/es y por ende de los derechos añadidos a estos estatus. Además, todas las estrategias de liberalización de servicios maximizan la separación, física y cultural, entre el prestador y el receptor, de importancia fundamental en servicios relacionados con el bienestar y en la asunción de responsabilidades respecto de la calidad del servicio prestado.
La arquitectura del TiSA es idéntica a la del GATS: una parte primera dedicada a establecer los principios generales (acceso al mercado, trato nacional, regulaciones, obligaciones, transparencia, contratación pública, monopolios, excepciones, etc) y una segunda parte que incluye una lista de compromisos que los Estados adquieren respecto de la obligación de abrir sus mercados de servicios y de tratar a los proveedores extranjeros en igualdad con los nacionales. Se trata del corazón del acuerdo y presenta una diferencia fundamental con el GATS. Si en el texto de 1995 cada Estado establecía su propia lista de servicios liberalizados, en el TiSA y en relación a la obligación de trato nacional se presume que todos los servicios y todos los modos de provisión de los mismos se encuentran bajo la previsión de trato nacional, a no ser que sean expresamente excluidos o protegidos, todo ello bajo la cláusula de no regresividad. Es este un método de negociación que maximiza la liberalización y el efecto congelación mencionado, bien conocido ya por ser el seguido en el CETA y en el TTIP. Además, el TiSA contendrá una parte relativa a previsiones institucionales incluyendo la resolución de disputas entre las partes, las vías para la ampliación de los Estados implicados, etc.
Con la información disponible se puede afirmar que el TiSA tendría, en caso de aprobarse, un impacto fundamental en los derechos de la ciudadanía de la Unión Europea a la que se mantiene absolutamente al margen de las negociaciones. No parece posible continuar durante más tiempo con la dinámica de falta de transparencia respecto a los acuerdos adoptados. Sobre todo teniendo en cuenta que el TiSA deberá, con toda probabilidad, ser aprobado en el ámbito de los Estados miembros que tendrán que rendir cuentas a su ciudadanía sobro lo negociado durante estos años y sobre los derechos que no han sido convenientemente protegidos durante las negociaciones.
Transportes, telecomunicaciones, construcción, enseñanza, sanidad o salud y por supuesto los servicios financieros son, entre otras muchas, las actividades catalogadas bajo el amplio concepto de “servicios” cuyo volumen, en términos económicos, supera en la actualidad los dos tercios del producto...
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Adoración Guamán
Es profesora titular de derecho del trabajo en la Universitat de València y autora del libro TTIP, el asalto de las multinacionales a la democracia.
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