La errática política de vivienda del PP
El Gobierno pretende aplicar medidas iguales a las que ha combatido ante el Constitucional cuando han sido impulsadas por comunidades autónomas
Eduardo Bayona 10/07/2017
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¿Cuestión de formas o de formalismos y formalidades? Lo segundo, más bien: el Gobierno pretende que las familias desahuciadas y en situación de vulnerabilidad que no tengan un techo alternativo se instalen en pisos del banco malo gestionados por las comunidades autónomas y los ayuntamientos, y lo hace después de haber recurrido ante el Tribunal Constitucional al menos seis leyes autonómicas que buscaban ese mismo objetivo: las de Andalucía, Aragón, Canarias, Catalunya, Euskadi y Navarra.
La iniciativa figura en el borrador del Plan de Vivienda 2018-2021 que prevé aprobar en los próximos meses vía decreto y que ha pasado el trámite de información pública y alegaciones. El texto dedica cinco artículos, del 18 al 22, al Programa de Ayuda a los Desahuciados de su Vivienda Habitual, cuyo objetivo declarado consiste en “poder ofrecer una vivienda a quienes sean objeto de desahucio judicial de su vivienda habitual y, encontrándose en situación de vulnerabilidad, no dispongan de medios económicos para acceder al disfrute de una nueva vivienda”.
El borrador del decreto estatal plantea medidas similares a las que impulsan esas comunidades, aunque sin vetar los desalojos sin techo alternativo, e incluso eleva el nivel de protección por vulnerabilidad, ya que incluye en él a las familias cuyos ingresos no lleguen a triplicar el Iprem (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples), lo que supone 22.365,42 euros brutos anuales: un 83% de la renta media anual por hogar, que era de 26.730 euros en 2015, según la Encuesta de Condiciones de Vida del INE (Instituto Nacional de Estadística). La medida resulta paradójica vista la reacción que el Gobierno central ha tenido contra las autonomías que han tratado de paliar ese síntoma y consecuencia de la crisis y de la respuesta que le han dado las autoridades estatales.
Las leyes autonómicas impugnadas coinciden en dos aspectos. Uno es el veto a los desahucios de personas o familias que no dispongan de otra vivienda a la que trasladarse. El otro, obligar a las entidades financieras y al Sareb (Sociedad para la gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria) o banco malo a poner a disposición de las comunidades viviendas vacías para destinarlas a acoger a esas unidades de convivencia. En algunos casos, como ocurría con el Decreto de Emergencia y la Ley de Emergencia aragoneses, se añadía la obligatoriedad de que afectados, por un lado, y caseros y acreedores, según el caso, se sometieran a un proceso de mediación.
El plan del Ministerio de Fomento contempla que la Sareb y las entidades financieras (el primero y parte de las segundas están bajo control estatal) aporten a unos Fondos de Viviendas de Alquiler Social que podrán gestionar las comunidades y los ayuntamientos (siempre estará presente el departamento de Íñigo de la Serna) las casas “de su propiedad que tengan desocupadas y disponibles, para ser puestas a disposición de quienes sean objeto de desahucio de su vivienda habitual y se encuentren en situación de vulnerabilidad”. La renta que pagarán estos “deberá oscilar en todo caso entre un mínimo de 150 euros y un máximo de 400 euros al mes, en función de datos objetivos, tales como superficie y número de habitaciones, antigüedad o ubicación”. Y los propietarios, que son quienes determinarán el precio en el convenio, podrán retirarlas del fondo siempre que lo notifiquen a las administraciones “con la debida antelación”.
Efectos negativos, 60.600 millones después
“La proliferación de este tipo de leyes autonómicas en materia de vivienda produce un efecto acumulativo, al comprender gran parte del territorio nacional, lo que podría agravar aún más los efectos negativos para el sector financiero”, sostiene en esos pleitos la Abogacía del Estado, que esgrime informes del Ministerio de Economía, el Banco de España y el FROB (Fondo para la Reestructuración y Ordenación del sector Bancario) según los cuales obligar a la banca y a la Sareb a poner casas a disposición de las comunidades tendría “un considerable impacto negativo sobre la situación financiera de las entidades bancarias, el crédito hipotecario, el mercado de cédulas hipotecarias y los compromisos internacionales asumidos por España” en el rescate.
Suspender los desahucios a familias sin techo alternativo podría “lastrar las iniciativas de venta de paquetes de activos (…) y generar mayor incertidumbre por deterioro del valor de las carteras de activos” del sector financiero, sostienen los letrados del ejecutivo, que alegan también que ese tipo de medidas “suponen un deterioro de la posición financiera de las entidades de crédito, en tanto que implican un coste directo para éstas o un deterioro del valor de determinadas partidas en sus balances”, además de conllevar “una minoración significativa de su cuenta de resultados” y resultar “contradictorio con el objetivo de incentivar a las entidades a deshacerse de dichos inmuebles”.
Ese impacto negativo, añaden, se dejaría sentir especialmente “en la actividad y el plan de negocio de la Sareb, cuyo éxito es garantía de que la reestructuración de las entidades de crédito que se ha realizado en los últimos meses, y se lleva a cabo mediante una adecuado reparto de costes y minimizando el riesgo para los contribuyentes”. Un riesgo (“contingencia o proximidad de un daño”) es evaluable pero no cuantificable. Los costes para los contribuyentes, sí: 60.600 millones dedicados al rescate pueden ya darse por perdidos según las estimaciones del Banco de España.
El aval del TC a la preocupación de la UE
Sin embargo, el Constitucional lleva tres años avalando esos argumentos: “existe un perjuicio cierto para el interés general (…) en la medida en que los preceptos impugnados inciden, aunque en términos cuantitativamente reducidos, en el sistema financiero en su conjunto, generan una desconfianza en el sistema crediticio globalmente considerado, ponen en riesgo la estabilidad del sistema financiero, producen un menoscabo en la reestructuración bancaria apoyada con dinero público y en el cumplimiento por España de sus compromisos internacionales”.
En Bruselas, añade, están preocupados por “el potencial impacto negativo de las iniciativas autonómicas de protección de los deudores hipotecarios para las actividades” de la Sareb.
Menos quebraderos de cabeza parecen provocar las 122.290 víctimas de desahucios por impago del alquiler y los 96.461 desalojados por ejecución hipotecaria que, según los datos del Consejo General del Poder Judicial, se han registrado en España desde que, el 2 de julio de 2013, los parlamentos autonómicos de Navarra y de Andalucía aprobaron las primeras leyes que ponen de los nervios a los burócratas comunitarios.
Esos 219.411 hogares suponen el 1,19% de los 18,3 millones que el INE tiene censados en el país, y que, a una media de 2,51 miembros, supondrían 550.721 damnificados. El primer dato equivale a que, en esos cuatro años, hubiera sido desahuciado un volumen de familias ligeramente inferior al que reside en Cantabria (1,31% del total estatal: 240.254). El segundo es, según la misma fuente, algo inferior al padrón de esa misma comunidad (581.769) y supera al de provincias como Valladolid (524.757) o Huelva (521.764).
Casa para cinco años, o menos
Quizás la brutalidad de esos datos, o no, claro, haya llevado al Gobierno a reaccionar incluyendo en el borrador del Plan de Vivienda esos cinco artículos, aunque los coloca junto con varios incentivos para la compra de pisos que parecen, más que otra cosa, dirigidos a dar facilidades para aligerar la cartera de activos tóxicos de la banca española y para reactivar el sector de la construcción.
Así, en un país con más de medio millón de viviendas por estrenar, el Gobierno de Mariano Rajoy propone dar ayudas de hasta 10.800 euros con límite en el 20% del valor de la casa (da para pisos de 43 metros al estar el precio medio del metro construido en 1.237 euros, según TINSA a los menores de 35 años que, siempre que acrediten seis meses de vida laboral y que dispongan de “una fuente regular de ingresos” en la que se incluyen becas de formación y prestaciones sociales, compren una vivienda nueva que vaya a ser su “residencia habitual y permanente” durante “un plazo mínimo de cinco años”.
Se trata, en el fondo, de un intento de estimular la compra-venta de inmuebles de uso residencial por parte de los jóvenes, ya que ese plazo de cinco años, añade el borrador, “podrá ser inferior cuando sobrevengan cambios de domicilio por razones laborales o cuando se enajene la vivienda reinvirtiendo el total del importe obtenido con la enajenación en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente que se adecúe a las nuevas circunstancias familiares del beneficiario”.
La territorialidad y las deudas con Europa
El planteamiento del Gobierno con los desahucios sin techo alternativo incluye lagunas como la referencia a que sea “el órgano autonómico o local competente (conforme se detalle en el convenio específico correspondiente) para la gestión de las viviendas incorporadas a estos fondos” quien deba ofrecer a los afectados la nueva casa, previa certificación de los Servicios Sociales que indique que cumplen las condiciones y con el visto bueno del propietario del inmueble. ¿Da por hecho el ejecutivo que comunidades y ayuntamientos van a suscribir esos convenios? Parece que sí, pese a incluir otras condiciones, a priori innegociables, como que la renta de los realojados, que suscribirán directamente con el propietario un contrato de arriendo de hasta dos años prorrogable por otro, puede ser subvencionada hasta el 100% en un reparto del 80% para el Estado y el 20% para la comunidad autónoma, cuando el primero es al mismo tiempo el casero tiempo en el caso de la Sareb y de las entidades que controla el FROB, como el gigante Bankia-BMN.
Ese planteamiento, no obstante, ya había sido anunciado por la Abogacía del Estado en los pleitos contra las seis comunidades que han legislado en materia de desahucios. “Nada se opone a que las normas autonómicas contemplen actuaciones complementarias; por ejemplo, la financiación con sus recursos económicos a las personas y familias en dificultades, pero lo que no pueden prever son mecanismos que interfieren y perjudican las medidas adoptadas por el Estado”, sostiene en el proceso contra las medidas aprobadas por el Gobierno y por las Cortes de Aragón. Es decir, que está bien que financien una parte del sistema pero no que intenten interferir en su diseño pese a que la vivienda es una competencia autonómica. Algo que, por otro lado, confirma la tendencia de Rajoy a llevar al TC las políticas sociales que intentan implementar los gobiernos autonómicos en esta primera legislatura de desmoronamiento de su proyecto político.
Los magistrados del Constitucional críticos con la postura del tribunal (Adela Asúa, Fernando Valdés y Juan Antonio Xiol) tienen claro que el Gobierno plantea esta disputa como una pelea de tintes territoriales y competenciales. “Creemos que no ha quedado acreditado que (…) pueda acarrear más daño al interés general que el derivado de la contradicción denunciada con la legislación estatal”, sostienen en sus votos particulares, en los que denuncian que sus compañeros llevan tres años manteniendo la misma posición “sin tener en cuenta los cambios desde entonces y la reconocida mejoría de la situación macroeconómica en España”.
Avalar “el argumento del Abogado del Estado de la necesidad de cumplir con las condiciones impuestas al Estado en el ámbito europeo (se sobreentiende que se refiere a la devolución de la ayuda financiera recibida del Mecanismo Europeo de Estabilidad)” supone proyectar “una especie de moratoria por un prolongado espacio temporal que podría extenderse hasta los quince años” sobre eventuales y “futuras medidas autonómicas en relación con las viviendas desocupadas”, lo cual “constituye una concepción altamente perturbadora para el ejercicio efectivo de la competencia autonómica exclusiva en materia de vivienda”. Y para la búsqueda de soluciones para ese cuarto de millón de familias que han perdido sus casas en los últimos cuatro años.
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