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Poder judicial

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El CGPJ no es un órgano de gobierno, es un órgano gubernativo. Su función debería ser dar servicio y asegurar la correcta prestación de medios, dar cobertura a la labor de las personas que juzgan, sin arrogarse un papel político que no tiene

Eduardo Santos Itoiz 27/09/2020

<p>CGPJ </p>

CGPJ 

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Lo del CGPJ lleva camino de ser intolerable. Algún concepto básico para ubicarnos. En demasiadas ocasiones, la prensa se refiere al mismo como “el órgano de gobierno de los jueces”, así, en masculino y sin anestesia. El calificativo no es inocente porque a un órgano de gobierno de un poder constitucional se le anuda interesadamente todos los atributos del poder judicial, en especial la independencia, la inamovilidad, el derecho a que nadie haga injerencias intolerables en tus funciones.

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Y esto es muy importante de resaltar; que los miembros del poder judicial no puedan ser inquietados cuando deciden sobre materias de sus competencias no quiere decir que sus actuaciones no deban ser ajustadas a derecho, transparentes, comprensibles para la ciudadanía y, por supuesto, sujetas a la crítica pública, como lo están las actuaciones del ejecutivo y del legislativo, los otros dos poderes que conforman junto al judicial el esqueleto del Estado de derecho. No es posible en democracia configurar un poder por encima del bien y del mal. La justicia emana del pueblo y al pueblo se debe.

El actual presidente del Consejo practica una comunicación selectiva que pasa por alto injerencias graves a determinados jueces y juezas en casos conocidos, para rasgarse las vestiduras con declaraciones de determinados líderes políticos en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de su representación política, esta sí refrendada por la soberanía popular a través del voto.

La actual dinámica constituye una falacia en la que a la ciudadanía nos han robado la cartera. En primer lugar, la justicia es un ideal. En segundo término, es un servicio público, que para ser correctamente prestado requiere del concurso de diversas administraciones públicas y un amplio elenco de colegios profesionales que colaboran en su correcta prestación. En tercer lugar, el poder judicial se encarna en cada uno de los jueces, juezas y tribunales que están ejerciendo su labor jurisdiccional, de manera profesional y encomiable en muchos casos, y que tienen derecho y deber de tomar sus decisiones al margen de toda presión, no sólo política, sino de cualquier índole.

No nos olvidemos del papel imprescindible de los medios de comunicación y redes sociales a la hora de hacer juicios paralelos y presentar los hechos para empujar a la opinión pública hacia un resultado deseable… siempre para algunas opciones, claro está. La independencia judicial no se encarna en el CGPJ, órgano puramente instrumental para garantizar el principio de independencia judicial. No otra cosa dice la exposición de motivos de la Ley Orgánica del Poder Judicial cuando asevera que “la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional se extiende frente a todos, incluso frente a los propios órganos jurisdiccionales, lo que implica la imposibilidad de que ni los propios Jueces o tribunales corrijan, a no ser con ocasión del recurso que legalmente proceda, la actuación de sus inferiores, quedando igualmente excluida la posibilidad de circulares o instrucciones con carácter general y relativas a la aplicación o interpretación de la ley”.

En cuarto lugar, el Consejo no es un órgano de gobierno, es un órgano gubernativo. Su función debería ser dar servicio y asegurar la correcta prestación de medios, dar cobertura a la labor de las personas que juzgan, sin arrogarse un papel político que no tiene. En este sentido, la falta de legitimidad democrática para hacer determinadas declaraciones con carácter general, los excesos corporativistas y las evidencias de parcialidad ultraconservadora de algunas decisiones han hecho que se pierda la perspectiva por parte de muchos profesionales de que el Consejo es algo suyo.

La lucha por la igualdad, y en consecuencia por introducir la perspectiva de género en la administración de justicia, es paradigmática. El hecho de que algunas personas togadas no reconozcan ese desajuste entre su interpretación del derecho y la realidad social de la ciudadanía a la que se dirigen sólo es indicativo de que viven en una burbuja en la que no les llega lo que se habla en la calle, o aún peor, que piensan que están por encima de lo que la opinión pública piense de sus, a menudo, incomprensibles resoluciones.

Sólo nos faltaba que la Jefatura del Estado se alineara sin sutileza alguna con las versiones más conservadoras que pretenden que la entrega del despacho a los jueces sea una especie de traspaso simbólico de parte del poder real a la potestad de juzgar

El hecho, asimismo, de que cualquier consideración sobre el funcionamiento del Consejo sea inmediatamente percibido y contestado como si fuera una injerencia en la administración de justicia no es sino una más de las perversiones del sistema que busca colocar ciertas actividades por encima de toda crítica y por descontado del derecho fundamental a la libre expresión de pensamiento.

Por último, desde algunos sectores políticos se está ejerciendo un papel nefasto, abonando una sensación generalizada de que en determinadas esferas la justicia es un servicio público no fiable que atiende exclusivamente los intereses de las personas poderosas. Del respeto a la justicia clásico que todo el mundo suscribe pasamos al ataque personal a tal juez o tal jueza cuando resulta conveniente, como si fuera una estrategia legítima. En demasiadas ocasiones se nos olvida esa frase constitucional que dice que “la justicia emana del pueblo”. Del pueblo. No de Dios, no del Rey, no de la voluntad de tal jueza o ese otro tribunal. Del pueblo. Y eso quiere decir ni más ni menos que su legitimidad viene del ejercicio de un Estado Social y Democrático de Derecho. Y ahora sólo nos faltaba que la Jefatura del Estado, versión monárquica decimonónica, se alineara sin sutileza alguna con las versiones más conservadoras que pretenden que la entrega del despacho a los jueces y juezas que salgan de la escuela judicial sea una especie de traspaso simbólico de parte del poder real a la potestad de juzgar desde una interpretación anacrónica del ya anacrónico texto constitucional que establece que la justicia se administra “en nombre del Rey”, también así en masculino y sin anestesia, para dejarnos claro que sin monarca no hay justicia, sólo el caos, la anomia y la indigencia moral.

Me consta que en todos los partidos políticos hay personas preocupadas por la Administración de Justicia. Me consta que la inmensa mayoría de los profesionales del sector, entre ellos juezas, jueces y fiscales, que entienden la justicia como un auténtico servicio público y muestran todos los días la vocación de construir una sociedad más cohesionada, más ecuánime y en la que los derechos de todas las personas se vean defendidas y fortalecidas. Es a todas estas personas en realidad a las que se dirige este artículo.  Porque la lucha ideológica en este momento está entre quienes entendemos que la Justicia tiene vocación de ser un servicio público regido por criterios de legitimidad democrática y transparente en sus decisiones y aquellos quienes la ven como un poder que se expresa en un lenguaje esotérico inalcanzable para la ciudadanía e inmune a toda crítica pública. Y no nos engañemos. Hay gente de todo tipo en ambos bandos. Hay una justicia del siglo XXI, una Justicia 2030, pugnando por emerger del siglo XIX. Y merece una oportunidad.

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Eduardo Santos Itoiz es consejero de Políticas Migratorias y Justicia del Gobierno de Navarra.

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