memoria histórica
Sobre la Ley de Memoria Democrática, más allá del ruido político
Es una mala noticia que la derecha se haya opuesto a esta ley porque ha perdido otra oportunidad para alinearse con consensos inequívocamente europeos
Miguel Pasquau Liaño 30/07/2022
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Es mala noticia que la Ley de Memoria Democrática haya recibido apoyos tan ajustados y, en particular, que las fuerzas políticas de la derecha conservadora y liberal (PP y Cs) hayan optado por ponerse enfrente de ella. Es una rémora para la ley, porque pierde el impulso propio de las leyes consensuadas y es percibida por parte de la población como una ley de bando, cuando, por su objetivo de justicia restaurativa, pierde buena parte de su sentido si no es una ley de todos, o de casi todos.
Pero también es una mala noticia para la derecha democrática de este país, que ha perdido otra oportunidad para alinearse con consensos inequívocamente europeos, especialmente fraguados en países como Alemania, Francia e Italia y articulados en el Parlamento Europeo con el consenso de los partidos conservadores. Mi impresión, puede que no acertada, es que los partidos de la derecha democrática española comparten los objetivos y principios de la ley pero han preferido rodearla de polémica para presentarla como una pieza más de la política “radical y sectaria” a la que conducen los aliados de la mayoría gubernamental.
Lo especialmente lamentable es el modo en que se ha justificado la oposición a esta ley. Las críticas difundidas por tierra, mar y aire combaten una ley que no existe. No se han formulado reparos técnicos (aunque los haya) ni objeciones a aspectos concretos del núcleo de la ley, sino que se ha combatido el sentido total de una ley de cuyo contenido sin embargo no se habla, acaso porque no ofrezca munición para esa grosera crítica. Son críticas a una ley imaginaria muy diferente a la real. Es ruido para confundir.
A qué han votado no 159 diputados
Sale gratis oponerse a una ley “sectaria”, “revanchista”, “pactada con terroristas para mantenerse en el sillón presidencial”, que “oficializa una verdad parcial” y una “versión histórica de la transición escrita con la mano de ETA”, y que es “contraria a la concordia” y la convivencia de los españoles. Pero a lo que 159 diputados han votado “no” es a otra cosa. Han votado “no” a una ley que se apoya en fundamentos compartidos en la Unión Europea, homologable con la de otros países que comparten la premisa de que un Estado constitucional tiene derecho a basarse en un juicio negativo sobre sus precedentes antidemocráticos.
Han votado no, en concreto, a reconocer como víctimas de la guerra y la dictadura a las personas que se relacionan en el artículo 3 y a reconocer el derecho a sus familiares a la verdad, es decir, a la verificación, mediante procedimientos administrativos y también judiciales –con respeto a la Ley de Amnistía– para el esclarecimiento de los “hechos y la revelación pública y completa de los motivos y circunstancias en que se cometieron las violaciones del Derecho Internacional Humanitario (…) ocurridas con ocasión de la guerra y de la dictadura” (art. 15); a repudiar el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la dictadura franquista (art. 1.3); a declarar la nulidad de todas las condenas y sanciones producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la guerra, así como las sufridas por las mismas causas durante la dictadura (arts. 4 y 5), aunque sin consecuencias patrimoniales; a conceder a las víctimas el derecho a obtener una Declaración de reparación y reconocimiento personal (art. 6); a convertir en política de Estado, a cargo de la Administración, la búsqueda de “las personas desaparecidas durante la guerra y la dictadura” (art. 16), así como a la “adquisición, protección y difusión de los documentos de archivo y de otros documentos con información sobre el golpe de Estado, la guerra y la dictadura” (art. 26) y la accesibilidad de los mismos (art. 27); a la creación de la figura de un Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática (art. 27); a la retirada en lugares públicos de símbolos y elementos “en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura” (art. 35); a la supresión de subvenciones a “aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sancionadas por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática” (art. 39); a la resignificación del Valle de los Caídos, que en adelante se denominará “Valle de Cuelgamuros”, como espacio de memoria democrática (art. 54). A esto han votado no. En aras de la concordia.
Víctimas
La guerra generó víctimas, no sólo en el frente: paseíllos, conventos arrasados, ejecuciones de líderes obreros o de terratenientes. También hubo víctimas como consecuencia de la represión franquista institucional, sistemática y metódicamente planeada desde el poder, con los medios del Estado: ejecuciones de muerte, torturas, presos políticos, trabajos forzosos, sanciones, desapariciones, incautaciones. Y no sólo en los primeros momentos, tras la victoria: durante casi 40 años, en España muchas personas fueron condenadas por defender públicamente la democracia, militar en un partido que no fuera el Único, sindicarse al margen de los sindicatos oficiales, denunciar la vulneración de derechos humanos por parte del gobierno, publicar o guardar en casa textos contrarios al Régimen, criticar en una homilía una decisión del gobernador civil, o reunirse sin autorización gubernativa. El repertorio de sentencias del Tribunal de Orden Público es un suculento muestrario de la represión puramente política que no puede sino producir bochorno. También hubo madres que fueron separadas de sus hijos recién nacidos y no llegaron a enterarse de cómo y por quién fueron adoptados, e hijos que aún no saben que fueron separados de sus madres. Otros fueron condenados por delitos de sangre, pero en procedimientos inquisitivos que no respetaban el derecho de defensa, por lo que la acusación se convertía en sentencia sin garantía de contradicción.
El repertorio de sentencias del Tribunal de Orden Público es un suculento muestrario de la represión puramente política que no puede sino producir bochorno
Una legislación que abomine de esos crímenes y esas prácticas de represión, anule las condenas y dé el estatuto de víctimas a quienes las padecieron no puede percibirse por una mente sana como resentimiento sectario, ni como revanchismo. No es más que el pago tardío de una deuda contraída con quienes han tenido que guardar su agravio en la memoria privada de la infamia.
Guerracivilismo
El guerracivilismo no está en la condena del franquismo, sino en seguir creyendo que investigar a fondo, con medios y procedimientos públicos, lo sucedido en la guerra y en la dictadura, divide a los españoles. Esto es lo que produce vergüenza en el contexto de las políticas y recomendaciones europeas e internacionales de memoria histórica, que parten de la premisa opuesta: no hay suelo firme para la democracia si ésta no se asienta en un conocimiento cabal de los episodios antidemocráticos de la historia del siglo XX, entre los que desde luego se encuentra el franquismo. Resistirse a la investigación de las violaciones del derecho humanitario internacional por el temor de que pueda molestar a una parte de la población, o de que genere división entre los españoles, comporta una inadmisible equidistancia entre agresores y víctimas que una democracia no puede aceptar.
El guerracivilismo está en seguir creyendo que investigar a fondo con medios y procedimientos públicos lo sucedido en la guerra y en la dictadura, divide a los españoles
La ley no traza la línea entre la derecha y la izquierda, sino entre el franquismo y la democracia. Si incluye una condena explícita del régimen franquista no es por ser “de derechas”, sino por ser una dictadura. Las víctimas contempladas por esta ley son (además de las que sufrieron represalias por motivos políticos en ambos bandos durante la guerra), las de una dictadura militar asentada sobre un golpe de Estado y una victoria bélica, cuyos principios y fundamentos eran radicalmente contrarios a los principios constitucionales que ahora nos parecen obvios. En el informe emitido por el Consejo General del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley se percibe la deslegitimación de las sentencias y resoluciones de condena emanados de los órganos y procedimientos del franquismo como una natural consecuencia de la “sucesión de ordenamientos jurídicos”: son nulos porque el Estado constitucional es incompatible, en los principios más básicos, con el que le precedió.
¿Dónde está el sectarismo, si la ley equipara en su condición de víctima a todos los que, de uno u otro bando, sufrieron persecución durante la guerra civil? ¿O es que se pretende una neutralidad en el juicio a las instituciones represoras del franquismo que se implantaron como resultado de la contienda? ¿Debería la España actual respetar asépticamente el “principio de legalidad” del franquismo? La Transición y la aprobación de la Constitución deslegitimaron ya aquel régimen, y está bien extraer decididamente las consecuencias de esa deslegitimación para completarla.
No es sectarismo, desde luego, que la ley haya elegido el 18 de julio de 1936 como fecha inicial para la producción de sus efectos de restitución moral de las víctimas. Las víctimas de los desmanes anteriores al golpe de Estado, en particular si los ejecutores fueron los movimientos incontrolados de izquierda, fueron o pudieron ser, sin ningún obstáculo legal, reconocidas como víctimas a partir de 1939, en un contexto que sí fue inequívocamente sectario y frentista.
La ley de amnistía fue imprescindible para que España pudiera pasar página. Aquella amnistía impide la persecución penal de los hechos delictivos contemplados en ella, salvo acaso los delitos de lesa humanidad, que no admiten leyes de punto final según el derecho internacional. Pero la amnistía no impone un olvido ni impide la investigación, incluso judicial, de aquellos hechos, al margen de toda consecuencia penal, como modo de dar satisfacción a las víctimas. Esta es la más importante aportación de la ley que acaba de aprobarse.
La excusa de EH-Bildu
Particularmente injusto es que se diga que la Ley de Memoria Democrática es una concesión a EH-Bildu, y “por tanto” a ETA, a cambio de mantener el sillón presidencial. Al margen de la cansina e injusta equiparación entre EH-Bildu y ETA, y del recurrente uso político de las víctimas de ETA (abruptamente criticado en su cuenta de Twitter por Consuelo Ordóñez, que representa como pocos la memoria del daño producido por ETA), tal afirmación es injusta con la multitud de personas y movimientos que llevan muchos años reclamando tenazmente la aprobación de una ley como ésta y preparando sus contenidos con estudios e informes.
Para la elaboración de esta nueva Ley se contó desde el principio con el protagonismo de las asociaciones memorialistas
La Ley de Memoria Histórica de 2007 fue un primer paso que demostró sus insuficiencias. Asociaciones y movimientos insistieron en afilar las genéricas previsiones de aquella ley para alcanzar una verdadera justicia restaurativa con las víctimas, y crearon complicidades con organizaciones internacionales para reclamar “más memoria”. Para la elaboración de esta nueva Ley se contó desde el principio con el protagonismo de las asociaciones memorialistas. El anteproyecto de ley recibió, en el trámite de consulta pública, más de 1.900 aportaciones de este movimiento, muchas de las cuales “subieron al marcador” de la ley. Tras ese periodo de consulta, el Gobierno aprobó el 20 de julio de 2021 el Proyecto de Ley de Memoria Democrática, que todavía recibió relevantes aportaciones en su tramitación parlamentaria. Ha habido mucho trabajo de muchas personas en su confección. No es justo para estas personas asignar a la ley por la que han trabajado el sello de “ley Bildu”.
Entiendo el enojo que el recurso a ETA debe producir en la Plataforma por la Comisión de la Verdad, integrada por más de cien organizaciones y asociaciones memorialistas y de derechos humanos; en la Fundación Cultura de Paz, en la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), en la Asociación de la Memoria Social y Democrática (AMESDE), en la Fundación Francisco Largo Caballero, en la Fundación 1º de Mayo, en el Movimiento por la Paz (MPDL), etc. Los 159 noes en la votación de la ley, y sobre todo sus explicaciones, no sólo han dado la espalda a estas entidades, sino que las ha abofeteado dándole el protagonismo a EH Bildu, que llegó a última hora y cuyos votos ni siquiera eran necesarios para aprobar la ley.
Es cierto que una disposición adicional de la ley lleva la marca de Bildu: una comisión técnica estudiará las violaciones de derechos humanos en el periodo comprendido entre la aprobación de la Constitución y el 31 diciembre 1983, si bien no se reconocen como víctimas de memoria democrática a aquellos cuyos derechos se hubieran vulnerado en tal periodo. Puede discutirse la idoneidad de la fecha tope elegida (en mi opinión habría estado más justificado situarla en el 23 de febrero de 1981, fecha del último gran grito franquista dado desde el poder postconstitucional), pero nada de perverso hay en reconocer que hubo inercias policiales franquistas aún después de la Constitución. ¿Quién teme a Virginia Woolf?
Y un pronóstico optimista.
Seguramente el tiempo dejará las cosas en su lugar. Es probable que, una vez pasado el momento de espuma, las olas de la memoria democrática fluyan con naturalidad y sin estridencias. Es probable también que un cambio en las mayorías parlamentarias no comporte la anunciada derogación de la ley, sino acaso alguna modificación técnica o simbólica. Los consensos que no permite el momento político actual podrán irse formando en la acción conjunta entre Administración central y administraciones autonómicas en el desarrollo y ejecución de la ley, una vez apagados los ecos del ruido con que nos han querido confundir. No es pensable que la derecha democrática española siga arrinconándose fuera de un consenso y de unas políticas que, más aún que nacionales, son europeas e internacionales. La concordia entre los españoles, que necesitó aquella imprescindible Ley de Amnistía, merece estar basada en la memoria, y no en el olvido. La dignidad de las víctimas impone un deber de memoria, y la amnistía no impuso un deber de amnesia. La memoria no puede tener punto final. Ojalá en unos años la memoria democrática sea un patrimonio común de los españoles.
Dejo aquí el enlace al texto de la verdadera Ley de Memoria Democrática, para que comprueben que se parece poco a lo que “de oídas” se ha dicho de ella.
Es mala noticia que la Ley de Memoria Democrática haya recibido apoyos tan ajustados y, en particular, que las fuerzas políticas de la derecha conservadora y liberal (PP y Cs) hayan optado por ponerse enfrente de ella. Es una rémora para la ley, porque pierde el impulso propio de las leyes consensuadas y es...
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Miguel Pasquau Liaño
(Úbeda, 1959) Es magistrado, profesor de Derecho y novelista. Jurista de oficio y escritor por afición, ha firmado más de un centenar de artículos de prensa y es autor del blog 'Es peligroso asomarse'. http://www.migueldeesponera.blogspot.com/
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