Una quiebra bajo sospecha
La venta del Popular cuestiona la transparencia de la CNMV
Un bufete de abogados acusa a la entidad de opacidad y dejación de sus funciones públicas
Cristina Fallarás Madrid , 14/07/2017
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El lunes 10 de julio, el bufete Lifeabogados (con sedes en Madrid y A Coruña) dirigió un escrito a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) donde exponía diversas preguntas sobre la venta del Banco Popular al Santander por el precio de 1 euro. Ese mismo día, el ministro de Economía Luis de Guindos afirmaba en Bruselas: “El contribuyente español no pagará un euro por el Popular”. Más de uno recordó entonces aquel mes de junio de 2012 en el que el mismo De Guindos aseguró que el rescate a la banca no iba a costarle un euro a los ciudadanos. Las comparaciones resultan inevitables. Entonces el ministro de Economía concluyó: "Más transparencia imposible".
Precisamente la transparencia es la base del requerimiento que Lifeabogados ha enviado a la CNMV, algo que sería, en su opinión, aplicable también al Banco de España. Ambos organismos están sometidos a la Ley de Transparencia, es decir, a acatar el acceso a la información pública y el buen gobierno.
“La transparencia, el acceso a información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se someta a escrutinio o cuando los ciudadanos puedan conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, se refuerza la credibilidad del Estado democrático”, se afirma en el preámbulo del requerimiento.
Derecho a la información pública
Desde que el pasado 7 de junio se conoció la noticia de la venta del Banco Popular al Santander, han circulado diversas informaciones sobre supuestos informes que estarían en poder de la CNMV. Otros están elaborados por el Banco Central Europeo. Sin embargo, ninguno de estos documentos se ha hecho público.
En el artículo 12 de la Ley de Transparencia se dice que “todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por esta Ley”. Y en el 14 se añade: “Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.
Al ser esta norma aplicable tanto a la CNMV como al Banco de España, se entiende que ambas entidades están contraviniendo sus obligaciones con la población. O sea, desobedeciendo la Ley.
Al ser esta norma aplicable tanto a la CNMV como al Banco de España, se entiende que ambas entidades están contraviniendo sus obligaciones con la población
En opinión de los demandantes, caben dos posibilidades. Por una parte, que la CNMV no haya elaborado ningún informe sobre la operación, en cuyo caso habría “permanecido al margen e impasible ante el hundimiento de un banco cotizado en bolsa”. Por otra parte, si dichos documentos obran en su poder, deberían por ley entregarlos a quien se los pida, si no hacerlos públicos.
En el requerimiento que envían a la CNMV se encuentran algunas preguntas que enuncian numerosas dudas generales. Por ejemplo, si la entidad adoptó alguna medida para “detener o suspender las operaciones bursátiles a la vista del evidente y llamativo desplome” de la cotización en Bolsa de las acciones del Popular. Otra, más que evidente, inquiere sobre si se ha solicitado del Popular o del Santander “información sobre los términos y condiciones del acuerdo de cesión gratuita de todos los activos del Banco Popular”. De hecho, resulta sorprendente que esta última cuestión no tenga aún respuesta.
Por último, entre las doce cuestiones enviadas, cabe destacar la última: “solicitamos igualmente se nos informe sobre cualesquiera comunicaciones, informes, dictámenes, recomendaciones, actas informativas o cualquier otro documento, suscrito, remitido o intercambiado entre esa Comisión y el Banco de España y/o el Banco Central Europeo, ya tenga mero carácter de documentación de trámite o, en su caso, hayan sido elaborados a resultas o como consecuencia del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) bancaria europea”
“Todo estaba calculado”
La opacidad y el ánimo de ocultación que rodean toda la operación de venta del Banco Popular ha puesto en marcha numerosas demandas, ya que se calcula que alrededor de 350.000 accionistas han perdido todo el capital invertido. Sin embargo, el requerimiento llevado a cabo por Lifeabogados a la CNMV es especialmente relevante, ya que pone el dedo en la llaga de la falta de transparencia de dicha institución, así como del Banco de España, una dejación que, en su opinión, viene siendo habitual.
“Este es un proceso diseñado al detalle desde la destitución de Ángel Ron [presidente del Popular hasta febrero de 2017]”, afirma José Antonio Martín Pallín, consultor del bufete. “Todo esto estaba calculado y el Santander estaba esperando con la red puesta. Se ha dejado caer deliberadamente. Lo cierto es que había otras alternativas”.
La posibilidad de que el Banco Popular tuviera alguna viabilidad más allá de su “venta” se ha afianzado después de que el pasado jueves 13 de julio el Banco de Santander se ofreciera a devolver la cuantía de sus pérdidas a los pequeños accionistas. El silencio mantenido por las instituciones españolas no hace sino alimentar todo tipo de sospechas que para algunos son evidencias.
“Si se conoce bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos”, afirman los firmantes del requerimiento a la CNMV.
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