Justicia social
Cambiar el marco de la discusión sobre los derechos trans: pensar el reconocimiento y la redistribución
Si la ley si no beneficia a las personas trans más vulnerables no será capaz de transformar nuestras condiciones de vida
Lucas Platero 18/11/2020
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Estos días estamos viviendo una acalorada discusión sobre los derechos trans y la futura ley que proyecta el gobierno de coalición. En este debate polarizado nos encontramos quienes defendemos la necesidad de una norma estatal debido a la desigualdad que implica tener 17 leyes autonómicas que abordan tanto los derechos trans como la discriminación a las personas LGTBI+ –y la carencia de leyes propias en algunas autonomías. Por otra parte, ha surgido una resistencia conservadora de una parte del feminismo –más visible en redes– en el PSOE y en la academia que dice que esta ley “pone en entredicho los derechos de las mujeres”.
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Tratando de escapar de este panorama del “conmigo o contra mí”, mi interés no está solo en aquellas personas o propuestas que quieren matizar qué posibilidades ofrece el transfeminismo para aterrizar esa ley –ver por ejemplo, las jornadas El Melón Trans, o el debate Políticas Trans para la Transformación Social organizado por Barcelona en Comú–. El verdadero reto es plantear que este debate, que aunque se juega en los medios tiene consecuencias muy materiales para las personas trans, necesita de otro marco de enfoque, donde hagamos una elección consciente de los términos en los que se produce, y sin dar por bueno el marco que nos quieren imponer.
Lo digo convencido de que aceptar esos términos sobre los derechos trans nos lleva a sumergirnos aún más en una guerra cultural del tipo de las que ya vivimos en los años 80 con el feminismo prosexo/feminismo antipornografía. Estas guerras nos distraen interesadamente de pensar qué es necesario para mejorar las vidas precarias de muchas personas trans, que a menudo tienen experiencias interseccionales ligadas a la exclusión social. En este sentido, quiero volver a la casa del pensamiento feminista, y rescatar el clásico texto de Nancy Fraser, “¿De la redistribución al reconocimiento? Dilemas de la justicia en la era ‘postsocialista’”, cuando reflexiona sobre qué estrategias son necesarias para alcanzar la justicia social. Y señala dos estrategias de justicia social para pensar e imaginar los derechos trans de carácter complementario, como son el reconocimiento y la redistribución.
Una ley trans futura ha de producir un tipo de justicia social para las personas trans que suponga el reconocimiento de sus necesidades, al tiempo que implique redistribución económica
Según Nancy Fraser, una política de reconocimiento es aquella que busca que los grupos subordinados sean “socios de pleno derecho en la vida social”, de manera que para combatir la injusticia social que supone la estigmatización de estos grupos sociales, los poderes públicos deben crear políticas que garanticen un tratamiento igualitario. El feminismo tiene una larga tradición en la búsqueda de un reconocimiento de una situación estructural de desigualdad, así como también con otros grupos sociales, que han sabido trasladar que su situación es consecuencia de encarnar una violencia sistémica que, debido a la interseccionalidad, afecta más a algunas personas que a otras. Por otro lado, las políticas redistributivas tienen como objetivo encarar la injusticia económica, que se arraiga en la relación que se tiene con el mercado o los medios de producción. Estas políticas asumen que, dado que las sociedades capitalistas como la española marginan a determinados grupos, los poderes públicos deben ofrecer algún tipo de compensación, de manera que puedan alcanzar un estatus de ciudadanía similar al de la media de la población. Así estos dos tipos de políticas están interconectados, como dice Fraser: “se refuerzan la una a la otra dialécticamente, al tiempo que pueden distinguirse una de otra significativamente”.
De esta manera, mi propuesta para una ley trans futura es que ha de producir un tipo de justicia social para las personas trans que suponga necesariamente el reconocimiento de sus necesidades, al tiempo que implique redistribución económica. A pesar de que la actual ley estatal (3/2007) garantiza ya el derecho de las personas trans a cambiar registralmente el nombre y el marcador de sexo en los certificados y documentos administrativos, esta es una norma injusta que construye la identidad trans sobre la base de una categoría psicopatológica que está puesta en tela de juicio por las propias organizaciones médicas que producen esas categorías. Este hecho contribuye a la segregación económica de este colectivo. Por tanto, la redistribución no puede tener éxito si no existe al tiempo una lucha por el cambio en el ámbito cultural, orientada a redefinir el valor de la participación de las personas trans en la sociedad. Igualmente, si la petición de reconocimiento para las personas trans no se asocia a la redistribución económica, la acción política es meramente simbólica.
Parte de la discusión implica asumir que no se trata de un reconocimiento de las personas trans como “individuos específicos” (especiales o distintos), sino que somos personas que afrontamos “barreras específicas” en ámbitos como el empleo, la salud o la educación. Dichas barreras son consecuencia de hecho de una ideología transfóbica, una violencia que se encuentra también en la intersección con otras formas de exclusión, como el sexismo, el clasismo, el capacitismo, el racismo, la xenofobia y la aporofobia, entre otras. Una aplicación práctica de esta mirada sobre el reconocimiento implicaría no solo una declaración institucional o legal de que “la discriminación está mal”, sino también un análisis de los obstáculos adicionales a los que se enfrentan las personas trans en su vida cotidiana.
En lo que se refiere a la justicia redistributiva para las personas trans, las acciones políticas se pueden orientar a compensar situaciones estructurales de discriminación, como la persecución histórica de las sexualidades no normativas bajo la dictadura franquista, o las dificultades materiales que impiden una vida vivible –alcanzar independencia económica y agencia sobre sus propias vidas, entre otras cuestiones–. Esta compensación se traduce políticamente en acciones positivas que aspiran a mejorar la situación económica de las personas trans. Como la injusticia socioeconómica para ellas generalmente conlleva lo que Fraser denomina marginación económica (trabajos con remuneraciones bajas o desempleo) y la falta de unas condiciones de vida adecuadas, la forma más habitual de imaginar en qué consiste una política de redistribución es la “cuota trans”. Es decir, puestos de trabajo reservados, contratos directos, o la mejora de la formación de las personas trans para acceder al mercado de trabajo. En Buenos Aires, esta “cuota trans” recientemente aprobada supone la reserva del 1% del empleo público para las personas trans. Este tipo de cuota se ha puesto en marcha también en España, en comunidades autónomas como Aragón. Actualmente, en Uruguay, el gobierno ofrece una compensación a las personas trans nacidas antes de 1975 y que sufrieron persecución bajo gobiernos totalitarios. Otro ejemplo de una política de redistribución, un tanto distinta, podría ser el “período de transición”, un permiso laboral remunerado similar a los que se conceden por motivo de enfermedad, fallecimiento, nacimiento o embarazo, y que viene a compensar la situación vivida en un momento muy frágil de las personas trans, en las que en algunos casos hay modificación corporal.
Sean estas fórmulas u otras, lo cierto es que nos toca pensar en qué consiste este sentido de justicia social para las personas trans, y en qué medida somos capaces de imaginar acciones que compensen la situación estructural de exclusión de estas personas. Con seguridad implica reconocer las barreras a las que se enfrentan, pero ¿podemos hacerlo sin tener que caer necesariamente en la trampa de ser señaladas como personas particulares, distintas o especiales? Yo creo que sí.
Siguiendo el trabajo del profesor de derecho Dean Spade, cuando pensemos en qué acciones debe incluir esta ley, tengamos en cuenta que si no beneficia a las personas trans más vulnerables no será capaz de transformar nuestras condiciones de vida. Estoy pensando por ejemplo en las personas trans con trabajos informales, en edades críticas, peticionarias de asilo, con diversidad funcional, en el trabajo sexual, inmigrantes sin papeles o personas en cárceles y CIEs, centros de menores, o víctimas de violencia machista.
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Lucas Platero es profesor e investigador en UAB. Twitter: @platerin
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