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SÓLO SÍ ES SÍ

La heridita, la intimidación y la violencia

El núcleo de la actual redacción de la ley se centra en las necesidades de las supervivientes. Seguir con un debate cuya agenda son las penas nos aleja de cuestiones como el consentimiento o la cultura de la violación

Nerea García Llorente 18/04/2023

<p>Huelga feminista del 8 de marzo de 2019.<strong> / Willy Veleta</strong></p>

Huelga feminista del 8 de marzo de 2019. / Willy Veleta

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En septiembre de 2022 se aprobó la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual (LOGILS), conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’. Supone un cambio radical ante las violencias sexuales. Supone una nueva mirada, que pone a las supervivientes en el centro y se enfoca en su reparación. Supone exigir responsabilidades al Estado en la detección y protección de mujeres, niñas y niños que sufren estos delitos.

Esta ley realiza apuestas que van a proteger más y mejor a las mujeres, niñas y niños, introduciendo algunos cambios significativos: 

En primer lugar, crea centros especializados de atención, con psicólogas, abogadas y trabajadoras sociales que acompañen los procesos. Estos centros, públicos, gratuitos y confidenciales deben abrirse en todos los territorios, para que mujeres rurales y urbanas puedan acceder a ellos con facilidad. 

En segundo lugar, permite acceder a derechos (por ejemplo, laborales) sin haber denunciado, mediante los títulos habilitantes. El título habilitante es un documento que podrán elaborar los recursos especializados y otras instituciones para acreditar que se es superviviente de violencia sexual, se haya denunciado o no. Debemos recordar que una de cada cuatro supervivientes de violencia no lo cuenta a nadie, que la mayoría de las mujeres que han sufrido violencias sexuales no denuncia, no acude a centros especializados ni a terapia. 

En tercer lugar, realiza modificaciones importantes en la recogida de pruebas ginecológicas y en la intervención de los profesionales forenses, que pasan a estar obligados a tomar la prueba y guardarla garantizando la cadena de custodia, haya denuncia o no. Esto implica una mejor protección de las supervivientes y una clara apuesta por combatir la impunidad, pues con ello las posibilidades de condena en caso de juicio aumentan exponencialmente. 

Debemos recordar que una de cada cuatro supervivientes de violencia no lo cuenta a nadie

En cuarto lugar, esta ley toma medidas que obligan a la formación de muchos sectores profesionales y a medidas de sensibilización para combatir la cultura de la violación. 

Las citadas medidas no están afectadas por la propuesta de reforma penal que se está discutiendo actualmente. Lo que está en discusión es el consentimiento y las penas de los delitos. 

La actual redacción de la ley realiza una apuesta por poner el consentimiento en el centro, recoge las reivindicaciones feministas de años y abre un camino importante para reducir la victimización secundaria en los procesos judiciales. La ley indica que “sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”. Esta redacción supone una revolución jurídica.

Supone que en los juzgados se debe preguntar al agresor si se aseguró de que había consentimiento en lugar de preguntar a la víctima si se resistió. Implica cambiar el foco: se reclama a los responsables del delito, no a quienes lo han sufrido. Supone que la violencia o la intimidación dejan de ser elementos para definir el delito. Implica unificar los delitos de abuso y agresión, siendo los casos en los que las mujeres estén dormidas o drogadas agresión sexual y no abuso. 

La reforma que se está planteando en el Congreso es extensa de explicar, por lo que nos vamos a centrar en la propuesta que, sobre el consentimiento, la intimidación y la violencia hace el PSOE. La ministra de Justicia llegó a decir en una entrevista que “no es tan difícil probar una herida en los casos de violencias sexuales”. Desconoce la ministra que la mayoría de las supervivientes de violencias sexuales que ha denunciado no puede acreditar lesiones físicas (83% de los casos de abuso y 61% en los casos de agresión), pues habitualmente las heridas más graves son emocionales o psicológicas, porque muchas veces quienes agreden sexualmente lo hacen abusando de una relación de confianza y no necesitan dejar marcas. Porque, además, muchas mujeres hemos sido socializadas en la indefensión aprendida u optamos por no agravar la situación y proteger nuestra vida antes que la indemnidad sexual. 

La nueva redacción implica cambiar el foco: se reclama a los responsables del delito, no a quienes lo han sufrido

Dice el PSOE que ellos no han modificado el consentimiento. ¿Es esto cierto? Formalmente sí, dado que mantienen la definición; pero a continuación desarticulan su esencia. El PSOE no modifica el artículo 178.1 que define el consentimiento, pero añade un 178.3 que dice: “Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión”. En la práctica esto supone crear víctimas de primera (las que además de no haber consentido han sufrido violencia o intimidación) y de segunda (las que no han sufrido violencia o intimidación). Se apuesta por volver al modelo anterior que distinguía abuso y agresión sexual, y en los juzgados va a suponer volver a dar margen para preguntar a la víctima: ¿usted se resistió?; ¿usted hizo lo suficiente por evitarlo?

Argumenta el PSOE que estos cambios se hacen para “controlar y minimizar los efectos de las rebajas de condenas”, que han generado tanta alarma social. Sin embargo, esto no es posible: las rebajas de condenas tienen que ver con la Constitución y el Derecho transitorio, y, aunque se reforme el contenido o las penas, los reos que se han beneficiado de esta situación ya no podrán ver sus penas ampliadas por una nueva redacción penal. 

La actual redacción de la ley del ‘sólo sí es sí’ apuesta por un modelo de justicia restaurativa, cuyo núcleo no se centra en el castigo ni las penas, sino en las necesidades de las supervivientes. Seguir con un debate cuya agenda son las penas nos aleja de cuestiones más esenciales y profundas, como son el consentimiento, los protocolos de detección y protección o la cultura de la violación. No hay ninguna prueba de que las penas más altas protejan mejor a las mujeres. Esta idea puede conectar con emociones de venganza o con la justicia punitiva, pero no con la realidad actual. Las penas más altas desincentivan a las mujeres a denunciar, sobre todo porque en la mayoría de los casos los agresores son parejas, amigos y conocidos. 

Lo que necesitamos para reducir los casos de violencias sexuales no son penas más extensas, sino combatir la cultura de la violación, educar y sensibilizar, reconocer que esta escalofriante realidad es una lacra social contra la que deberíamos estar luchando para proteger los derechos humanos de las mujeres.

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Nerea García Llorente es abogada feminista. Firmante del “Manifiesto en defensa de la centralidad del consentimiento sexual en el Código Penal”. 

En septiembre de 2022 se aprobó la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual (LOGILS), conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’. Supone un cambio radical ante las violencias sexuales. Supone una nueva mirada, que pone a las supervivientes en el centro y se enfoca en su reparación. Supone exigir...

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1 comentario(s)

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  1. juan-ab

    Gracias, Nerea. Mañana, 19 de abril, a las 19.00h, concentración delante del Ministerio de Justicia (San Bernardo, 45, Madrid).

    Hace 1 año 7 meses

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