Debates Republicanos / El Federalismo
Manifiesto de proclamación del Cantón de Cartagena
Documentos CTXT 22/06/2016
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La Junta Soberana (del Cantón de Cartagena) (…), interpretando las aspiraciones del pueblo de Cartagena, ha estimado conveniente establecer:
1º La instrucción gratuita, obligatoria, elemental, con responsabilidad personal de los jefes de familia y colectividades encargados de la educación de la infancia (…).
4º Queda terminantemente prohibida, bajo la más estricta responsabilidad de los profesores y encargados de los colegios (…) la enseñanza en los mismos de dogmas, ni religión positiva, debiendo atenerse para la moral en los principios de la ciencia y de los deberes sociales (…).
Considerando que las iglesias han sido constituidas con los intereses colectivos del pueblo y que por tanto no pueden ser propiedad exclusiva de una asociación particular (…). Esta Junta Soberana de salvación acuerda:
Quedan confiscados todos los bienes que pertenezcan a las asociaciones religiosas, que pasan desde luego a la propiedad colectiva del Cantón (…).
Considerando que la propiedad es uno de los derechos más legítimos del hombre, siempre que sea resultado indispensable de su trabajo. (…).
1º Quedan confiscados y declarados propiedad colectiva del Cantón todos los bienes (…) que disfruten sus actuales dueños por herencia y con origen de gracia y donación real, tales como vinculaciones, mayorazgos, capellanías (…)
Cartagena, 1 de octubre de 1873
MANIFIESTO FEDERAL DEL COMITÉ DE SALUD PÚBLICA DE MADRID
El Comité de Salud Publica establece:
-1º Que en todos los puntos en donde el partido federal tenga la fuerza necesaria, se formen Comités de Salud Publica, representantes de la imprescindible soberanía del pueblo.
-2º Que bajo la autoridad de esos Comités revolucionarios se proclame la autonomía administrativa y económica del Municipio, de la provincia y del Cantón, a la cual corresponde la elección de los jueces, ayuntamientos, diputaciones o legislaturas gobernadores, grandes asambleas cantonales y agentes económicos y administrativos.
-3º Que esos Comités no se disolverán hasta quince días después de haber promulgado el pacto federal para evitar que el pueblo sea engañado, como ha sucedido hasta aquí.
Ciudad de Madrid a 18 de julio de 1873
MANIFIESTO DE LA JUNTA REVOLUCIONARIA AL PUEBLO VALENCIANO
Valencianos:
Los que suscriben, individuos elegidos con el objeto de constituir la Junta interina del Cantón Valenciano, ven llegado el feliz y ansiado momento de dirigir su amistosa y desinteresada voz a los vecinos de esta heroica y liberal ciudad. Habéis visto cómo en breves momentos se ha conjurado la tormenta que creían iba a romper los espíritus nunca bien avenidos con el orden, y en ello tenéis una irrevocable y clarísima prueba de que en Valencia no se trata de hacer revolución social ni atentar contra los intereses económicos ni conculcar los sentimientos morales y religiosos, sino satisfacer las aspiraciones de la ciencia moderna, de la civilización y del progreso. El movimiento acontecido no entraña deseo alguno de menoscabar la legalidad existente, antes al contrario, afianzarla más y más garantizándola de ambiciones bastardas que de súbito pudieran hundir los constantes esfuerzos del pueblo valenciano por conseguir el planteamiento del ideal político repetidas veces intentado con la cordura, con la honradez y con la constancia que ningún otro pueblo ni raza puede escribir en las páginas de su historia.
En esta Junta están genuinamente representadas todas las clases de Valencia, el profesorado, la propiedad, la industria, la ciencia, la milicia ciudadana y la honorabilísima clase jornalera.
Nuestros propósitos, nuestro empeño, nuestro programa, es facilísimo de definir. Tratamos de fundar el derecho y la libertad, y ante todo afiancemos el orden y el respeto a cuanto sea legítimo, pues que éstos son los primeros y esencialísimos fundamentos del derecho y la libertad.
Esperamos el concurso de todos, porque para todos vamos a regir hasta que llegado sea el momento de resignar nuestra misión en manos de los elegidos por sufragio universal.
La Junta, sin levantar mano, está atendiendo a subvenir todas las perentorias necesidades que exige el estado presente de la población.
Confiad en nuestro celo y patriotismo, que pronto os daremos cuenta cumplida de todos los actos que desarrollamos dentro de la órbita de los poderes que nos habéis confiado.
¡Viva el Cantón Federal Valenciano!
Valencia, 19 de julio de 1873.
La Junta Soberana (del Cantón de Cartagena) (…), interpretando las aspiraciones del pueblo de Cartagena, ha estimado conveniente establecer:
1º La instrucción gratuita, obligatoria, elemental, con responsabilidad personal de los jefes de familia y colectividades encargados de la...
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