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Un órgano decisorio del PSOE ha de velar por mantener, en todo momento, plena legitimidad a la hora de tomar sus decisiones. También debe mostrar coherencia en sus actitudes y decisiones en favor de rehacer la unidad real del PSOE y realizar una defensa del normal funcionamiento democrático del partido. Más aún a la hora de “imponer democráticamente” la disciplina del voto de abstención para todos los diputados en la previsible investidura de Rajoy; si es que finalmente ese fuera el acuerdo del próximo Comité Federal.
Analizo los comportamientos y las expresiones escuchadas durante la semana negra y dudando de la voluntad de que el mismo órgano llegue a convocar con celeridad las Primarias y el Congreso Extraordinario para devolver la “normalidad democrática” al PSOE, me formulo preguntas sobre todo lo que representa, en esta nueva coyuntura, el voto a favor de la abstención.
Me pregunto si a la vista de la situación no sería muy conveniente que, si se acuerda la abstención, esta tenga un alcance técnico, limitando su número a los 11 votos necesarios
Pienso que su significado trasciende al mero hecho de posibilitar la formación de un gobierno y el ejercicio real de la función de control y de iniciativa legislativa por parte de la oposición. Porque esa abstención admite ahora otros significados, nos guste o no.
La abstención a Rajoy adquiere otras lecturas políticas por parte de la militancia, los electores socialistas y el conjunto de la sociedad. De ahí la gran complejidad de ese voto y la incidencia que puede tener sobre el actual distanciamiento entre amplios sectores de la militancia y de los votantes hacia las élites dirigentes y parlamentarias del Partido Socialista. El divorcio nos acecha.
Me pregunto si a la vista de la situación que se ha creado en la organización de los socialistas, dividida por el discurrir de los enfrentamientos, las consecuencias del pasado Comité Federal y por las manifestaciones de la Gestora, no sería muy conveniente que, si finalmente se acuerda la abstención, esta tenga un alcance técnico, limitando su número a los once votos necesarios. Lo digo pensando en no debilitar más la credibilidad del proyecto del PSOE y para que una buena parte de la militancia se sienta reflejada en el calculado voto de los diputados socialistas.
Por otra parte, pongo sobre la mesa el delicado tema de la libertad de voto en conciencia. Autorizar el ejercicio de la libertad de voto por razones de conciencia me parecería una decisión inteligente, democrática y representativa de las dos posiciones existentes ante una cuestión excepcional como es la de posibilitar el Gobierno de Rajoy. No olvidemos que la votación tendría un carácter excepcional que encaja en la disposición recogida en el Reglamento del Grupo Parlamentario Socialista que interesa conocer y transcribo a continuación.
Reglamento interno del grupo parlamentario socialista: Artículo 33
El Comité Director podrá sancionar la emisión del voto contrario a la orientación acordada por el Grupo, cuando ésta se haya realizado de forma voluntaria y haya sido manifestada explícitamente, sin perjuicio del mecanismo disciplinario previsto en los Estatutos Federales del PSOE.
El Pleno del Grupo Parlamentario podrá excepcionalmente acordar la libertad de voto por razones de conciencia, una vez oídas las razones del parlamentario o parlamentarios solicitantes.
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Este texto está publicado en El pensamiento del día, blog del autor.
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Autor >
Odón Elorza
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