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Tres jueces bendicen la medalla de la virgen

Eduardo Bayona 25/11/2015

<p>Jorge Fernández Díaz, ministro del Interior</p>

Jorge Fernández Díaz, ministro del Interior

Luis Grañena

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El dictador soviético Iosif Stalin, alias Tío Pepe, dejó estupefacto al ministro de Exteriores francés, Pierre Laval, cuando, en 1935, le preguntó cuántas divisiones militares tenía el Papa. Ocho décadas después, la respuesta sigue siendo la misma. Lo que ha cambiado, al alza y en solo catorce años, es el número de imágenes religiosas que, de la mano de los gobiernos del PP, han ingresado en la Orden del Mérito Policial, algo reservado, en principio, para agentes que arriesgan o pierden su vida en actos de servicio.

La última ha sido “Santísima del Amor, María”, que es como ha registrado el Ministerio del Interior a la virgen en el listado de personas no físicas que han recibido de medalla de oro al mérito policial, el máximo galardón que otorga el Cuerpo Nacional de Policía. En la lista aparecen las imágenes del Cristo Caído de Valdepeñas (2001), de María Santísima del Amor y Soledad de Fuengirola (2001) y de la virgen de Lledó (2000). Jorge Fernández Díaz es el primer ministro que, en un Estado cuya Constitución proclama que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”, otorga una condecoración a la mismísima virgen.

La decisión, aprobada en febrero de año pasado por el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz, el mismo que cuando le mentan el fundamentalismo islamista considera “simplismo y demagogia” el debate entre libertad y seguridad –tiene claro que la segunda garantiza la primera, no al revés-, ha provocado un curioso pleito en el que un tribunal de la Audiencia Nacional –la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo- ha acabado avalando la condecoración, aunque con el apoyo de solo tres de los cinco magistrados que lo componían.

Dos asociaciones laicistas, Europa Laica y MHUEL (Movimiento Hacia un Estado Laico), recurrieron la orden ministerial por el “marcado carácter religioso de la decisión gubernativa”; algo que, en su opinión, vulnera el carácter aconfesional del Estado. El tribunal, que se muestra “consciente de que la materia debatida suscita enconadas controversias en uno y otro sentido, por razones fácilmente entendibles”, considera que su misión no es “dar satisfacción a ninguna de ellas”. Sin embargo tres de los cinco jueces que lo integran han avalado la condecoración en una sentencia en la que apuntan que el carácter aconfesional del Estado “no debe llevar a este a desconocer la realidad sociológica de nuestro país”.

El manto protector y el ruego de la guía

Los jueces avalaron la concesión de la medalla basándose en aspectos formales. El expediente señala que, en realidad, el ingreso en la Orden del Mérito Policial iba destinada a la advocación mariana de la que es titular la cofradía malagueña de Jesús el Rico, con la que la Dirección General de la Policía, que ocupa el puesto de hermano mayor, mantiene una larga colaboración - se remonta a 1938, en plena guerra civil- “principalmente en actos celebrados durante la Semana Santa”. Es una de las entidades religiosas que tienen el privilegio de liberar a un preso en esas fechas.

Sin embargo, resulta obvio que el galardón responde a motivos religiosos y no a cuestiones relacionadas con la seguridad ciudadana o el orden público. La medalla, según señala ese mismo expediente ministerial, tenía como finalidad mostrarle a la virgen “reconocimiento y respeto, acogiéndonos bajo el manto de su protección y con el ruego de que nos guíe en la difícil pero importante misión que la Policía tiene encomendada”. “Esta propuesta de condecoración constituye la manera de simbolizar la relación ya consolidada y aceptada entre dos instituciones”, añadía.

De hecho, la virgen lo tenía complicado para cumplir los requisitos que el propio Ministerio del Interior establece para otorgar la medalla, entre los que se encuentra el haber tenido una “decisiva colaboración” con la Policía pero, también, un cajón de sastre como que “resulte aconsejable por otros importantes motivos” concederla. Y ocurre algo similar con los méritos susceptibles de ser premiados: morir o resultar gravemente herido en acto de servicio, mostrar “especial valor” en una acción, aunque también da derecho a obtenerla el “realizar, en general, hechos análogos a los expuestos que, sin ajustarse plenamente a las exigencias anteriores, merezcan esta recompensa por implicar méritos de carácter extraordinario”.

“Referencias religiosas de difícil justificación”

“Existen numerosos precedentes” de esas excepcionalidades, concluyen los magistrados, que apelan a la “potestad discrecional de la Administración” para aplicarlas y que, en este caso, no aprecian “irracionalidad o arbitrariedad”. “Nos encontramos –anotan, en un piadoso fundamento jurídico- ante una típica acción de fomento, en la que se ejercita una acción dotada de la máxima discrecionalidad, una función de recompensa frente a acciones dignas de emulación, acciones no determinables de forma apriorística”. Es decir, que la sentencia avala al Ministerio del Interior para conceder medallas tanto por la vía del reconocimiento de hechos como por iluminación: “esclarecimiento interior místico experimental o racional”.

El tribunal descarta las alegaciones en las que Europa Laica y MHUEL sostenían que la virgen no es una persona física ni jurídica y que, por lo tanto, no puede ser condecorada al señalar que, en realidad, y aunque no figure así en el listado de medallas, quien la recibe es la cofradía, que sí tiene personalidad legal. No es “la primera ocasión en la que se concede el ingreso en la orden al Mérito Policial a una imagen como símbolo representativo de un colectivo”, señalan los tres jueces partidarios del galardón, que anotan que 36 personas jurídicas –desde la Caja de Ahorros de Badajoz hasta la Fundación Esther Koplovitz, pasando por Cáritas y por Proyecto Hombre Baleares- han obtenido el máximo galardón policial y que otros tres santos fueron destinatarios de otras de menor rango.

Dos de los cinco jueces del tribunal, José Luis Gil y Jesús García, discrepan en un voto particular del criterio de la mayoría, compuesta por José María Gil, Fernando Benito y Tomás García. Para la minoría, las condecoraciones policiales tienen como finalidad “recompensar comportamientos muy relevantes o trayectorias profesionales ejemplares”, por lo que, cuando se trata de personas ajenas a la Policía, el criterio para concederlas “no puede desconectarse” de las misiones que tiene el cuerpo: “a saber, proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana”.

“Ni la asistencia a actos procesionales ni el privilegio de liberar un preso durante la Semana Santa constituyen comportamiento o actuaciones extraordinarias o motivos que, excepcionalmente, aconsejan otorgar la principal distinción policial” a una virgen, señalan, antes de anotar que “en la propuesta se contienen referencias religiosas de muy difícil, si no imposible, justificación a la luz del artículo 16 de la Constitución [el que establece la aconfesionalidad] y, según se ha dicho, de la realidad social española actual”.

Más medallas bajo sospecha en el país de las inmatriculaciones y las exenciones fiscales

No es la única condecoración del ministerio que dirige Fernández Díaz que ha terminado en los tribunales. La Audiencia Nacional tramita una causa sobre la legalidad de la última remesa, aprobada hace apenas un mes, entre cuyos destinatarios se encuentran el actor Antonio Banderas y la periodista Ana Rosa Quintana.

La polémica de la condecoración a la virgen ha coincidido en el tiempo con otras dos polémicas que ponen en tela de juicio los métodos con los que el Estado practica la aconfesionalidad que proclama la Constitución. Una es la de las inmatriculaciones de edificios eclesiásticos. El pasado 26 de junio perdió su vigencia el artículo de la Ley Hipotecaria que, desde 1998 y gracias a una reforma impulsada por el primer ejecutivo de José María Aznar, autorizaba a las instituciones religiosas a inmatricular –abrir una ficha en el Registro de la Propiedad- y anotar a su nombre edificios destinados al culto basándose en certificados expedidos por los notarios diocesanos, un trámite, la transformación de una posesión en una propiedad, para el que los ciudadanos necesitan aportar testigos y documentos, además de requerir los servicios de un notario.

Este privilegio, que ha dado lugar a conflictos como el generado por la inmatriculación de la Mezquita de Córdoba y ha llevado a que cámaras autonómicas como las Cortes de Aragón insten a su Gobierno a inventariar y combatir en los tribunales esas inscripciones, permitió, según algunas estimaciones, que la iglesia anotara a su nombre más de 4.000 templos. Muchos de ellos han sido rehabilitados con fondos públicos, como la catedral de La Seo o el templo de La Magdalena de Zaragoza. La segunda lleva una década cerrada al público y la primera tiene restringidas las visitas.

El segundo foco de conflicto, que suele reavivarse cuando partidos de izquierdas relevan a otros de derechas en los ayuntamientos, se centra en las exenciones del IBI para los edificios de titularidad religiosa de cualquier confesión. Se aplica desde que el Gobierno de Adolfo Suárez firmó los Acuerdos Jurídicos con el Vaticano en 1979, y supone una merma anual de decenas de millones de euros para los consistorios de las principales ciudades.

El dictador soviético Iosif Stalin, alias Tío Pepe, dejó estupefacto al ministro de Exteriores francés, Pierre Laval, cuando, en 1935, le preguntó cuántas divisiones militares tenía el Papa. Ocho décadas después, la respuesta sigue siendo la misma. Lo que ha cambiado, al alza y en solo catorce años, es el número...

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