Tribuna
Otra vez el PP. ¿Es España irreformable?
La superación del régimen del 78 no se producirá de manera espontánea por causas objetivas ajenas a la praxis política de la izquierda, sino sólo si ésta es capaz de dejar atrás la concepción estática de la Constitución y el federalismo jacobino
Albert Noguera 28/10/2016
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El PSOE ha acordado permitir la investidura de Mariano Rajoy como presidente. En caso de haber ido a terceras elecciones, todas las encuestas volvían a dar la victoria electoral al PP. Ello evidencia, en primer lugar, que el PSOE nunca ha sido ni será un aliado para el cambio sino un partido del régimen por encima de todo. Y, en segundo lugar, que es igual todo lo que el PP robe, la gente lo vuelve a votar. ¿Es España irreformable?
No creo que España sea menos reformable que cualquier otro país. La crisis del PSOE puede abrir una oportunidad. Ahora bien, tampoco creo que la caída del régimen del 78 se vaya a producir así sin más.
Hace unos días, Javier Pérez Royo escribía en este medio el artículo La antesala de la tercera Repúblicadonde señalaba que a pesar de que la Reforma “ni está ni se la espera”, estamos inconscientemente, como “sonámbulos”, dirigiéndonos hacia la tercera República. “Sin que nadie o casi nadie con peso significativo en la sociedad española lo esté buscando expresamente nos estamos aproximando al fin de la Segunda Restauración” afirmaba.
El texto de Pérez Royo me recordó la cita de Benjamin Franklin sobre la Revolución norteamericana que Hanna Arendt reproduce en Sobre la Revolución: “Nunca había oído en una conversación con cualquier persona, por borracha que estuviese, ni la más mínima expresión del deseo de una emancipación, o la insinuación de que tal cosa pudiese ser beneficiosa para América”. Con ello, lo que Franklin pareciese sugerir y Arendt reafirmar es que la revolución que siguió en Norteamérica no fue un suceso preparado conscientemente por parte de algunos conspiradores sino que simplemente ocurrió de manera espontánea e imprevisible.
Nunca he creído como sugirió Arendt, o Kautsky al referirse a las leyes inmutables de la Historia, que los acontecimientos políticos vinieran determinados por causas objetivas autónomas y exteriores a la praxis política de los sujetos. Una situación dada no existe sin la acción política de las personas, ni las personas sin la situación. Únicamente sobre esta base dialéctica pueden entenderse los procesos históricos de transformación.
Si bien España no es irreformable, el cambio no se dará esperando simplemente a que llegue el momento, sino sólo si la izquierda estatal es capaz de activar una estrategia donde se desprenda de dos vicios que la persiguen
Esto me lleva a afirmar que si bien España no es irreformable, el cambio no se dará esperando simplemente a que llegue el momento, sino sólo si la izquierda estatal es capaz de activar una estrategia donde se desprenda de dos vicios que la persiguen: 1. La concepción estática de la Constitución; y, 2. El federalismo jacobino.
La concepción estática de la Constitución. Las formas de una Constitución son innumerables: un pacto social expresión de la voluntad general (Rousseau), una imposición de una clase sobre las demás (marxistas), etc. Una Constitución puede ser todo ello. La Constitución es lo que la realidad histórico-concreta de cada país y cada momento la hacen ser, pudiendo, incluso, cambiar de forma a lo largo de su vigencia.
Es común escuchar todavía en una parte de la izquierda alegar al “consenso constitucional” para presentar la Constitución del 78 como un pacto social basado en el pluralismo, el respeto y que asegura las maravillas del Estado social. Según ésta, el problema actual no es la Constitución sino su inactuación por omisión constitucional o por adopción de medidas contradictorias con la misma por parte de Gobiernos de derechas que dan lugar a una desconstitucionalización de la realidad. De manera que un cambio de tendencia progresista en las personas que ocupan el Ejecutivo debería permitir volver a activar la Constitución real.
Se trata de una concepción que idealiza el momento de la transición y entiende la Constitución como un documento estático. Sin entrar a valorar lo más o menos ejemplar que fue la transición, la Constitución no es un texto jurídico autónomo al contexto y al Poder, sino que la Constitución, en su verdad efectiva, es un texto político vivo, real, con dinámica propia, sometida, continuamente, a transformaciones no formales de su texto, y que adopta, en cada momento, la forma de lo que, entre otros, el Tribunal Constitucional, como su máximo intérprete, dice que es. “We are under a constitution, but the constitution is what de judges say it”, decía el juez Hughes.
No cabe duda de que la jurisprudencia cada vez más españolista, represiva, conservadora y regresiva en derechos sociales del TC ha llevado a un cambio en la naturaleza de la Constitución. Ésta no adopta ya hoy la forma, si es que alguna vez la adoptó, de pacto social sino de imposición de unos sobre otros. Y cuando un texto constitucional deriva en imposición y dominación de las élites, la posición de la izquierda no puede ser nunca la de su conservación sino la de poner de manifiesto esta naturaleza del texto y plantear su superación por el Poder Constituyente.
No cabe duda de que la jurisprudencia cada vez más españolista, represiva, conservadora y regresiva en derechos sociales del TC ha llevado a un cambio en la naturaleza de la Constitución
El federalismo jacobino. Si bien no existe, en la actualidad, la correlación de fuerzas suficiente para embestir el régimen del 78 desde el centro con un único proceso constituyente estatal desde Madrid, sí existe la fuerza o el potencial para hacerlo desde algunos territorios con procesos constituyentes descentralizados. La única estrategia para poner en jaque al régimen no es hoy la del “centralismo constituyente” sino la del “foquismo constituyente”. Entender esto y apostar por ello exige que la izquierda estatal redefina su concepción de federalismo y el espacio de la soberanía.
Por un lado, la mayoría de las veces la izquierda estatal sólo es capaz de entender el federalismo o la plurinacionalidad como mecanismo de “inclusión del contrario”. Se concibe el federalismo como una forma de organización territorial que se construye como concesión del centro a la periferia y que es funcional al fin último de la unidad nacional, en tanto que, supuestamente, permitiría conseguir, en mayor grado que el actual Estado autonómico, la acomodación y encaje legítimo, amable y estable de los pueblos en el interior de un Estado unitario. Quizá ya es hora de entender el federalismo como una relación que se construye descentralizadamente desde la autodeterminación constituyente de los territorios para pasar posteriormente a confederarse entre ellos.
Por otro lado, la teoría del poder constituyente, a finales del siglo XVIII, modificó el sujeto de la soberanía pero no el espacio de la soberanía. Lo que hizo Sieyès al desarrollar esta teoría fue trasladar e incorporar la soberanía tal y como había sido teorizada por Bodin, como un poder único, indivisible y concentrado en un único centro, del ámbito del monarca al ámbito del pueblo. De esta forma, de igual manera que Bodin señaló que la voluntad soberana del monarca era indivisible, se hallaba fuera de cualquier límite y tenía rango de ley, ahora se establecía que la voluntad soberana del pueblo, concentrada en la Asamblea Nacional, es una voluntad indivisible, ilimitada y con rango de ley. Los retos de la izquierda exigen dar un paso más y modificar también el espacio de la soberanía, dejando de percibir ésta en singular, única y concentrada en el centro estatal para entenderla en plural, múltiple y descentralizada en la voluntad de los distintos pueblos del Estado. Tal redefinición del federalismo y del espacio de la soberanía es el primer paso para avanzar en la estrategia del foquismo constituyente.
En resumen, ¿es España irreformable? Claro que no lo es. Pero la reforma no llegará por sí sola, de manera espontánea e imprevisible. Sólo llegará si los acontecimientos van acompañados de una izquierda capaz, primero, de superar su concepción estática de la Constitución y apostar por la activación del Poder Constituyente y, segundo, por superar la tradición del federalismo jacobino y apostar por una estrategia no de “centralismo constituyente” sino de “foquismo constituyente”.
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Albert Noguera Fernández. Profesor de Derecho Constitucional en la Universitat de València.
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