DERECHOS
Por el voto a los 14 años
O votamos todas y todos a los 14 años, o sólo podremos delinquir a partir de los 18
Matías Cordero Arce 10/10/2021
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En este país, una niña puede quedarse sin postre, sin tele, o sin poder salir a la calle por haber hecho algo que sus progenitores consideran incorrecto. Un niño se puede quedar sin patio o incluso ser expulsado del colegio por incumplir las normas de su centro escolar. Y a los 14 años, edad en que comienza la responsabilidad penal en España, una niña o niño puede ingresar en un centro de justicia juvenil por haber infringido la ley. En general, en todos estos casos, nuestra sociedad ve estas consecuencias como normales, e incluso necesarias.
Estos tres ejemplos grafican una realidad evidente: el mundo adulto asume que las niñas y niños conocen y entienden las normas por las que unas y otros se rigen en sus contextos más habituales, llámense casa, escuela o sociedad en general. Y ello es cierto; las niñas y niños tienen claro lo que está bien y mal, y asumen la responsabilidad que ese conocimiento conlleva.
Entonces, se presume que las niñas y niños conocen sus deberes y por tanto deben asumir las consecuencias de incumplirlos, es decir, se entiende que tienen la racionalidad y competencia para conocer las normas que les afectan y las consecuencias de incumplirlas. Sin embargo, la paradoja es que los niños y niñas tienen cerrada la puerta para participar en la definición de esos deberes, tanto en sus casas, como en sus colegios y en la sociedad. Es decir, a las niñas y niños se les concibe como autónomos para obedecer, pero como heterónomos para definir qué es aquello que deben obedecer, tal como se concebía a los esclavos en Estados Unidos, o a las mujeres hasta hace menos de un siglo.
La historia de la lucha por los derechos de los afroamericanos y de las mujeres nos ha enseñado, sin embargo, que no se puede sorber y soplar a la vez. Porque o las niñas y niños son incapaces, y por tanto no pueden responder de sus actos, ni ser sancionados por el incumplimiento de las normas que los rigen, ni en casa, ni en el colegio, ni en la sociedad. O, como es el caso, son perfectamente capaces de discernir lo que es correcto e incorrecto dentro de los múltiples contextos en los que se mueven, y responden por sus actos y, por tanto, también les corresponde participar en definir qué es lo “correcto”, qué es eso a lo que se deben someter. Es decir, corresponde que se les reconozca su autonomía.
Cuando se toma como referencia la responsabilidad penal juvenil, el caso específico de la autonomía en sociedad, o sea, de lo que latamente podríamos llamar ciudadanía, es el que mejor ilustra esta contradicción de un colectivo con deberes pero sin los derechos correlativos.
En España, el derecho formal a participar en la definición de las normas que regulan nuestra convivencia, esto es, el derecho al voto, que es un indicador clave de ciudadanía, comienza a los 18 años (y agrego el adjetivo “formal” porque hay muchas otras maneras de influir en nuestras leyes, desde la movilización popular, por abajo, hasta el lobby de las grandes corporaciones, por arriba). Por su parte, la teoría política converge en torno a ciertos criterios sustantivos para reconocer la legitimidad de las normas de una sociedad que se quiere democrática. Jürgen Habermas dice que la idea de la auto-legislación de la ciudadanía requiere que quienes están sujetos a la ley como sus destinatarios puedan al mismo tiempo entenderse a sí mismos como autores de esa ley. Iris Young decía que la legitimidad de una norma depende del grado en que los afectados por ella hayan sido incluidos en los procesos de toma de decisiones y tenido la oportunidad de influir en los resultados. Por último, John Rawls afirmaba que el poder político es legítimo sólo cuando se ejerce de acuerdo con una regla cuyos elementos esenciales puedan ser respaldados por todas las personas que viven bajo esa regla. Éstos son, a grandes rasgos, los criterios que configuran el principio de legitimidad democrática, piedra angular de toda democracia.
Considerando lo anterior, ¿cómo se puede argüir que una niña o niño de 14 años puede comprender la ley y asumir las consecuencias, a veces gravosísimas, de infringirla, y luego argumentar que recién a los 18 años podrá la misma niña o niño comprender la sociedad en la que se mueve, y por tanto participar, a través del voto, en la elaboración de las leyes que rigen esa sociedad? En otras palabras, ¿cómo se sostiene una ciudadanía demediada?
Si alguien tiene que obedecer y padecer el derecho, por el principio de legitimidad democrática se sigue que también debe participar en la redacción del derecho. En particular, este principio fundamental revela como inadmisibles unas leyes para las niñas y niños –como la ley de responsabilidad penal juvenil– pero sin las niñas y niños.
En suma, y en las actuales circunstancias, o votamos todas y todos a los 14 años, o sólo podremos delinquir a partir de los 18.
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Matías Cordero Arce es doctor en Sociología del Derecho, Universidad del País Vasco y educador en un Centro de Justicia Juvenil, País Vasco.
En este país, una niña puede quedarse sin postre, sin tele, o sin poder salir a la calle por haber hecho algo que sus progenitores consideran incorrecto. Un niño se puede quedar sin patio o incluso ser expulsado del colegio por incumplir las normas de su centro escolar. Y a los 14 años, edad en que comienza la...
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