¿Tiene arreglo el Tribunal de Cuentas?
La Fiscalía denuncia las lagunas legales que obstaculizan la labor del organismo encargado de chequear la gestión del dinero público y de vigilar la financiación de los partidos políticos
Eduardo Bayona 11/01/2017
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La Fiscalía General del Estado ha puesto sobre la mesa la perversión de una reforma legal del Gobierno de Rajoy: su mayoría parlamentaria endureció la pasada legislatura el Código Penal para castigar como delito nuevas modalidades de corrupción, pero sin habilitar para perseguirlas en la vía contable al órgano encargado de detectarlas y paliar sus efectos: el Tribunal de Cuentas (TCu).
El desliz, tan cosmético como inquietante, evoca al que hace unos meses dio pie a que el Supremo anulara la única sanción por financiación ilegal que ha impuesto en su historia el TCu: 164.960 euros al Partido Aragonés por aceptar 82.480 euros de donantes anónimos en 2011. Este consideró en 2015 que podía perseguir la infracción porque la ley de 2012 sobre las cuentas de los partidos establecía que ese tipo de irregularidades tardaba cuatro años en prescribir, pero el alto tribunal le enmendó la plana: la norma anterior, de 2007, no contemplaba plazos; y si no hay determinado un periodo concreto todo queda, para el caso, prescrito. Antes se había visto obligado a dejar pasar las irregularidades que había detectado en otras trece formaciones por haber transcurrido más de cuatro años entre su comisión y su detección.
La nueva Ley de Financiación de los Partidos Políticos de 2015 sitúa ahora al TCu, un mastodonte que pese a su endémica lentitud ha logrado ponerse al día en la fiscalización de las cuentas de las formaciones y de los procesos electorales, como su principal vigilante y como el órgano que los sancionará con multas de hasta cinco veces el valor de las donaciones y condonaciones de deuda ilegales que detecte. Al menos, sobre el papel.
El Tribunal Supremo tuvo que anular la única sanción por financiación ilegal que ha impuesto en su historia
En la práctica, no obstante, el funcionamiento del Tribunal de Cuentas, una institución dependiente de las Cortes a la que la Constitución encomienda la supervisión de la gestión del dinero público en el país, encuentra graves obstáculos. La Fiscalía General del Estado denuncia varios de ellos en su última memoria, en la que reclama una serie de reformas legales para mejorar su eficacia a la hora de perseguir el saqueo y la dilapidación del erario, y de recuperar esos botines.
Otras formas de malversación
La malversación de caudales públicos conlleva, además de la pena de cárcel y/o multa que corresponde al empleado o cargo público que la comete, la obligación de devolver el dinero robado o mal administrado, en un delito que guardó paralelismos con la infracción contable del mismo nombre hasta que en 2015 la reforma penal del PP lo “altera de manera significativa” al añadir al desvío de fondos y a su sustracción otros supuestos como su “gestión desleal con perjuicio para el patrimonio público”, señala la última Memoria de la Fiscalía General.
Así, pasó a ser delito provocar un perjuicio al erario público excediéndose en el ejercicio de facultades de administración “emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico”, con lo que los pufos en la explotación de contratas, concesiones y empresas públicas pasaban a estar castigados con hasta doce años de cárcel y quince de inhabilitación si superan los 250.000 euros y/o causaban “un grave daño o entorpecimiento al servicio público”. Sin embargo, esas nuevas infracciones criminales dejaban de tener un equivalente en la jurisdicción contable.
La malversación de caudales públicos conlleva, además de la pena de cárcel y/o multa, la obligación de devolver el dinero robado o mal administrado
“No tiene mucho sentido” que la malversación contable pase a tener un “ámbito menor” que la penal, ya que “la jurisdicción contable fue concebida específicamente para la exigencia de responsabilidades a los gestores que incurrieran en malversación, tomando siempre como referencia los supuestos penales”, señala el ministerio público, que reclama recuperar ese equilibrio introduciendo en la primera “tanto los actos de administración desleal del patrimonio público como los supuestos de apropiación indebida”.
No es esa la única reforma legal que propone la Fiscalía, que sugiere derribar otras dos incongruencias legales. Una es la que, por la jurisprudencia de la Sala Tercera del Supremo, impide al TCu exigir responsabilidades contables a quienes, sin serlo, colaboran con funcionarios y autoridades en los saqueos. La otra es la restrictiva interpretación del concepto “alcance” –daño patrimonial, o saldo deudor--, que lleva a la “práctica inaplicación” del llamado “juicio de cuentas” ante situaciones de “salida de efectivo de las arcas públicas sin causa” por pagos indebidos –o comprometidos-- que carecen de créditos en los presupuestos de la entidad. Que no será lo mismo que meter la mano en la caja, pero que tiene el mismo efecto en las arcas públicas.
Llegar tarde a menudo
Las dos últimas propuestas de la Fiscalía tienen que ver con el mastodóntico, aunque en vías de mejora –en tres ejercicios ha pasado de cerrar 39 informes a concluir 62--, ritmo de trabajo del TCu. La complejidad de sus fiscalizaciones, que incluyen la actividad completa de ministerios, organismos, empresas públicas y comunidades autónomas –doce de ellas son supervisadas por cámaras de cuentas locales--, hacía que los presuntos delitos y las posibles responsabilidades económicas de sus responsables, a los que a menudo resulta imposible identificar a tiempo en la maraña del sector público, hubieran prescrito cuando se detectaban los primeros indicios, por lo que no podían ser perseguidos en la práctica.
El ministerio público reclama que los plazos de prescripción de las infracciones contables, y por lo tanto la posibilidad de que responsables de desfalcos y malversaciones devuelvan el dinero, queden interrumpidos en cuanto el TCu o las cámaras de cuentas autonómicas comiencen el análisis de las cuentas de un organismo. Eso no ocurre ahora hasta que los estudios están finalizados, lo que da a los corruptos un amplio margen de impunidad que en ocasiones pueden alargar por la vía de las alegaciones y los recursos.
El ministerio público reclama que los plazos de prescripción de las infracciones contables queden interrumpidos en cuanto el TCu comience el análisis de las cuentas de un organismo
“Dada la complejidad de las cuentas que se analizan (…), la detección de los ilícitos contables puede resultar complicada, exigiendo investigaciones ulteriores”, recuerda la Fiscalía, que también sugiere un remedio para la obligación de comunicar la investigación a los sospechosos para evitar que prescriba: “Todos los miembros y componentes de las entidades, corporaciones, organismos y sociedades del sector público que sean sometidos a fiscalización y puedan ser declarados incursos en responsabilidad contable como consecuencia del resultado de esa fiscalización” serían informados del inicio de cualquier chequeo de cuentas. Por si acaso.
Tres cuartas partes del agujero, en los ERE
Las doce cámaras de cuentas autonómicas –solo Madrid, Extremadura, Cantabria, Murcia y La Rioja carecen de ellas-- han descargado de trabajo al TCu al mismo tiempo que han elevado la detección de indicios de saqueo. La Fiscalía detectó posibles responsabilidades contables en 35 de los 62 informes de fiscalización –y penales en 14 de ellos-- que el tribunal cerró en 2015, situación que se amplió a 108 –criminal en 51 casos-- de los 278 que elaboraron los organismos locales.
El balance conjunto alcanza 143 actuaciones sospechosas, 65 de ellas presuntamente delictivas, en un solo año. Y eso que sólo seis de ellos –Andalucía, Asturias, Canarias, Castilla y León, la Comunitat Valenciana y Navarra-- han suscrito con el ministerio público el “protocolo de actuaciones que tiene por fin institucionalizar el procedimiento para promover la exigencia de responsabilidades contables, o de otra naturaleza, derivadas de hechos contenidos en los Informes de fiscalización”.
Paralelamente, el TCu, que cerró el año con 479 casos abiertos --35 más que en el ejercicio anterior-- tras ingresar 953 y resolver 918, ha aumentado el ritmo en algunos campos, entre los que destacan los llamados “procedimientos de reintegro”, en los que reclama a los funcionarios y cargos públicos que devuelvan el dinero robado, malversado o comprometido sin causa. Se han duplicado con creces en seis años, al pasar de los 183 de 2010 a los 391 de 2015.
Su cuantía alcanza los 63 millones de euros, tres cuartas partes de los cuales --48,6-- procede de la fiscalización de los ERE andaluces, pendientes de juicio. Los presuntos pufos pendientes de cobro en el sector público estatal no llegan a sumar un millón y medio de euros y los del resto de las comunidades autónomas se quedan en 1,3, mientras los detectados en ayuntamientos, diputaciones, comarcas y mancomunidades se elevan a 11,6.
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