Recorte de derechos
Las 200.000 víctimas de la Ley Mordaza
Amnistía Internacional critica cómo la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana “ha conseguido amordazar a mucha más gente de la que ha multado” en sus dos primeros años de vigencia
Eduardo Bayona Zaragoza , 29/06/2017
Ley Mordaza.
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Dos años de aplicación de la llamada Ley Mordaza, la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (LOSC), han confirmado los temores que, en vísperas de su entrada en vigor el 1 de julio de 2015, expuso Amnistía Internacional (AI): el Gobierno español iba a limitar ”ilegítima, innecesaria y desproporcionadamente el ejercicio de la libertad de expresión, reunión e información; además de ampliar --sin establecer ningún mecanismo de control que impida los abusos--, los poderes y la discrecionalidad de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado en sus intervenciones relativas a la seguridad ciudadana”. Todo ello, en combinación con una reforma del Código Penal que, aprobada con el único apoyo de la mayoría absoluta del PP de Mariano Rajoy como la LOSC y desoyendo las advertencias de varios expertos de la ONU sobre los riesgos de generar una “restricción desproporcionada a los derechos de libertad de reunión, expresión e información”, arrastraba a la legalidad en la misma dirección.
“Sin entrar en consideraciones sobre si las cifras son más o menos abrumadoras, lo cierto es que los testimonios recogidos por Amnistía Internacional muestran que actualmente es más complicado salir a la calle a protestar y reclamar derechos” y “sus efectos están siendo negativos para el ejercicio de los derechos de reunión pacífica, expresión e información”, sostiene en un informe hecho público este jueves 29 de junio AI, que ya había advertido de esos riesgos en 2014, tras comprobar la reacción del Gobierno con identificaciones masivas y cargas policiales a las protestas contra la austeridad que se extendieron por todo el país en el inicio de la legislatura.
En ese documento desglosa las 197.947 sanciones impuestas por el Ministerio del Interior en estos 24 meses de vigencia: la sexta parte de esas infracciones, unas 34.000, están relacionadas con los derechos de reunión, información y expresión; otras 12.000 tienen su origen en actos de desobediencia no delictiva a miembros de las fuerzas de seguridad o negativas a identificarse, muchos de ellos realizados en manifestaciones y concentraciones, y más de 19.500 proceden de supuestas “faltas de respeto o de consideración” a agentes. No obstante, el grueso de las sanciones de esta versión española de la doctrina Guiliani, hasta un 77% en su primer año de vigencia según una respuesta del Gobierno a un diputado del PSOE, traen causa del consumo y la tenencia de drogas en lugares públicos y de la posesión o el uso de armas blancas en esos mismos espacios.
Los efectos de la ley están siendo negativos para el ejercicio de los derechos de reunión pacífica, expresión e información
Unas y otras, impuestas sin una valoración judicial previa y únicamente recurribles en la vía contencioso-administrativa, en la que la presunción de veracidad policial deriva en la desestimación de los recursos en caso de no tener testigos, han generado -- en parte por el efecto de medidas como la pérdida del descuento por pronto pago en caso de ir al juzgado-- una recaudación de alrededor de tres millones de euros para las arcas públicas. Este hecho revela la rentabilidad económica (la social y la seguritaria están por confirmar) de esta versión local de la ‘doctrina Giuliani’ y su ‘tolerancia cero’ -- el catálogo de sanciones exprés en la vía administrativa para infracciones leves que puso en marcha el Ayuntamiento de Nueva York en tiempos de Rudolph Giuliani (1994-2001)--, más dirigida en el caso español contra los colectivos y las movilizaciones sociales que contra los grupos de excluidos que se convirtieron en el blanco en la ciudad de los rascacielos.
Sensación de falta de tutela
La Ley Mordaza “ha conseguido amordazar a mucha más gente de la que ha multado”, sostiene Amnistía Internacional, para quien “la discrecionalidad otorgada a los miembros de los cuerpos policiales para valorar qué conductas pueden ser susceptibles de considerarse como desobediencia, falta de respeto o resistencia a la autoridad, sin ir acompañada de adecuados mecanismos de control y rendición de cuentas, facilita comportamientos abusivos y arbitrarios, que pueden salir reforzados ante la prevalencia de la posición de la administración frente a la ciudadanía”.
De hecho, mientras crece la sensación ciudadana de una falta de tutela efectiva por “el hecho de que la administración sea juez y parte” a la hora de sancionar y se abre “un debate sobre la necesidad de extender las garantías penales-constitucionales también al ámbito del derecho administrativo sancionador”, un “dato obvio” refleja la desactivación de la movilización social: las 37.861 manifestaciones de 2014 quedaron reducidas a 28.890 el año pasado. “Las identificaciones masivas llevadas a cabo por la Policía durante las manifestaciones o concentraciones, aunque luego no acaben en multas, consiguen que la gente normal y corriente se desmovilice ante el miedo de poder ser multada”, ratifican algunos de los activistas entrevistados por AI para elaborar el informe.
El documento, que expone su preocupación por la permanencia de episodios de obstaculización del derecho de las personas a expresar sus quejas o aspiraciones por parte de la Administración, llama la atención sobre dos aspectos no directamente procedentes de la Ley Mordaza.
Uno es la obligación de anunciar las concentraciones con diez días de antelación cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos “ha señalado repetidamente” que la exigencia de una notificación “no puede ser utilizada como un obstáculo oculto a la libertad de reunión pacífica”, sino que “debe ir dirigida a permitir que las autoridades puedan tomar medidas razonables y oportunas para garantizar que la reunión, manifestación o concentración transcurre sin incidentes”.
El otro tiene que ver con el atasco de los tribunales: siguen pendientes de juicio buena parte de los 600 imputados, la mayoría activistas de movimientos sociales, detenidos en manifestaciones celebradas entre 2012 y 2014. “Estamos hablando de unas 600 personas imputadas, muchas están dentro de la comunidad activista”, señalan fuentes de Legal Sol, que destacan cómo los investigados por rodear el Congreso el 25-S “están todavía a la espera” y “muchos de ellos siguen esperando [para] saber qué pasa con las denuncias que interpusieron por malos tratos policiales durante la detención”.
Batería de medidas
Amnistía Internacional recuerda que el derecho de reunión y asociación pacífica es un derecho reconocido en las normas internacionales de derechos humanos, incluso cuando se trata de manifestaciones espontáneas, simultáneas, no autorizadas o restringidas, y por lo tanto las autoridades tienen el deber de facilitar que puedan celebrarse manifestaciones y protestas pacíficas, no pudiendo alegarse la falta de notificación previa como único motivo para la disolución.
AI recuerda que el derecho de reunión y asociación pacífica es un derecho reconocido en las normas internacionales de derechos humanos
El informe de AI, organización que ha reclamado en varias ocasiones que España cree “mecanismos adecuados de investigación de violaciones de derechos humanos cometidos por miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, así como mecanismos de rendición de cuentas de la actividad policial, con personal competente, imparcial e independiente de los presuntos autores”, sostiene que el Estado “sigue sin observar su obligación de respetar, proteger y realizar el derecho de reunión pacífica tanto en la ley como en la práctica”. En este sentido, llama la atención sobre el hecho de que la legislación carezca de “la suficiente precisión para garantizar que cualquier limitación al derecho a la libertad de reunión, expresión e información es proporcional, legítima y necesaria”.
En este sentido, la organización lanza una batería de medidas para revisar esa normativa y eliminar las restricciones a los derechos de reunión, expresión e información como la imposibilidad de celebrar reuniones espontáneas, o las prohibiciones genéricas para celebrar reuniones en ciertos lugares, además de garantizar que cualquiera pueda “reivindicar sus derechos humanos y protestar para que se garanticen, especialmente aquellas que promueven la efectividad de sus derechos económicos y sociales”.
Así, aboga por eliminar el requisito de comunicar previamente las manifestaciones cuando estas sean espontáneas, modificarlo para que deje de ser “una autorización encubierta”, dejar de sancionar (o no hacerlo de manera desproporcionada) “conductas que suponen un ejercicio legítimo de los derechos de reunión, expresión e información”, mejorar la formación de las fuerzas de seguridad para tutelar el ejercicio de esos derechos y garantizar también que los periodistas “pueden realizar su trabajo sin injerencias injustificadas” y grabar y difundir información sobre las acciones de la policía" y, por último, "incorporar mecanismos independientes de investigación y garantías efectivas de supervisión y de rendición de cuentas de la actividad policial para evitar el uso excesivo de la fuerza o actuaciones arbitrarias de todos los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado", así como para supervisar sus normas y protocolos.
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