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La declaración de independencia no es una declaración ni supone la independencia legal Cat. Es un Resolución que insta al Govern. Una mera Proposición No de Ley.
1. Hola, aquí un andaluz que lleva dos meses intentando comprender qué pasa con esto de Catalunya y que, a base de leer a diario a Guillem Martínez, he terminado por copiar su manera de estructurar y exponer los hechos.
2. ¿Qué hechos? Buena pregunta. El “Processisme” es esa way of life consistente en parecer que se hacen cosas sin que, al final, se termine por hacer nada. Del otro lado, la “estrategia del percebe” de Rajoy, que se agarra a una roca y no se mueve, esperando a que el temporal haga su trabajo sin llevárselo a él por delante. Del choque entre estas dos actitudes vitales, no podía haber salido algo diferente a lo que estamos (vi)viendo.
3. Una Proposición No de Ley (PNL) es un invento parlamentario que consiste en que el Legislador haga No-Leyes. Esto es, que los dipus de un parlamento se la pasen discutiendo y proponiendo cosas, que las voten, las aprueben y no tengan que hacerse. Puro processisme. Además, las PNL suponen un chollo, y es que el parlamento de turno no tiene por qué tener competencias sobre las cosas que pretende hacer con las No-Leyes. Basta con “instar” (palabra clave) al órgano competente para que las lleve a cabo… Si quiere. Un posicionamiento político del parlamento, lo llaman. ¿Qué pintan las PNL aquí? Todo, pero empecemos por lo último.
Por sí mismas, las PNL no producen más que --con suerte-- titulares de prensa. Lo curioso es que en este caso, y a través de los titulares, hayan producido una “independencia mágica”
4. El viernes, los medios de comunicación proclamaron la independencia catalana. Para hacerlo, se basaron en la aprobación de dos Propuestas de Resolución que se votaron en el Parlament. Una Propuesta de Resolución (PR) es el equivalente parlamentario catalán a las PNL del resto de parlamentos, es decir, un posicionamiento político que pretende orientar la acción del Gobierno (Govern en este caso)… si éste se deja. En los dos años y medio que llevo trabajando en el Parlamento de Andalucía, he visto cómo se aprobaban infinidad de PNL que instaban a la Junta (incluso que instaban a la Junta a que instase al Gobierno de España) a hacer cosas y que, del Parlamento, han ido directamente al cementerio de las PNL, que debe tener ya la extensión del desierto del Gobi. Quizás sea el propio desierto del Gobi. Por sí mismas, las PNL no producen más que --con suerte-- titulares de prensa. Lo curioso es que en este caso, y a través de los titulares, hayan producido una “independencia mágica”.
5. El mismo viernes, mientras España se rompía, un puñado de locos, de los que nos paramos a leer y a pensar las cosas con cierta calma y ojo crítico, nos dimos cuenta de que la DUI “aprobada” en el Parlament, en forma de PR, en realidad no tenía ningún efecto jurídico. No sólo por ser una PNL, sino porque, además, la declaración se contenía en la parte de la “exposición de motivos”. Los “preámbulos” o “exposiciones de motivos” son las entradillas que se hacen a las leyes, decretos, PNL y otros instrumentos parlamentarios para motivarlos, explicar su encaje jurídico o las competencias que se tienen para presentarlos. Suelen estar llenas de palabras bonitas, ideas maravillosas y argumentos irrebatibles que justifican la necesidad de la iniciativa que acompañan. Básicamente, como una carta a los Reyes Magos. Básicamente, con el mismo valor jurídico que las cartas a los Reyes Magos.
6. Tras la exposición de motivos, donde se contenía la DUI, venía la parte dispositiva, la que tiene algún valor, aunque sólo sea instar al Govern a realizar una serie de cosas. Esas cosas, a las que se instaba al Govern, sí que suponían una DUI de verdad, su materialización jurídica e institucional. La votación posterior se realizó, como bien recalcó Forcadell, sobre esta segunda parte. Es decir, que lo que se aprobó en el Parlamento era un requerimiento (este parece el mes de los requerimientos) al Govern para que pusiera en marcha lo contenido en la Ley de Transitoriedad. En la segunda PR, se hablaba del inicio del “proceso constituyente”. Supongo que sería otro proceso constituyente diferente al que se inició, también con la aprobación de otra PR, en 2015, o quizás es el mismo, que necesita muchas PR para iniciarse.
7. ¿Cómo es posible que una Resolución que habla del inicio de la ruptura de Catalunya con España siga estando publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Catalunya? ¿Por qué no se activó ningún 155 en ese momento? Pues porque era una PNL, una declaración de intenciones (o de deseos) sin mayor trascendencia ni valor jurídico por sí misma. Entonces, ¿por qué los partidos independentistas optaron por el formato PR/PNL para proclamar la DUI? Esto ya es una interpretación personal, pero estoy casi seguro de que el motivo es no cometer, con su aprobación, ninguna delito. Que, cuando los miembros de la Mesa declaren ante un juez, puedan decir que simplemente estaban votando una PNL en el ejercicio de su cargo, y que una PNL puede versar sobre la DUI perfectamente (como ya pasó en 2015).
ningún acto de los que han compuesto “la escalada de confrontación” de los últimos meses tiene prácticamente algún efecto jurídico
8. ¿Por qué, entonces, todo este “follón”? Porque, desde el principio, nadie, o casi nadie, se ha parado a pensar con calma en que ningún acto, de los que han compuesto “la escalada de confrontación” de los últimos meses, tiene prácticamente algún efecto jurídico. Desde el momento en que las leyes de Transitoriedad y Referéndum se suspenden por el TC, no producen legalidad por sí mismas. Si no se hubiera intervenido tan salvajemente en el Referéndum, hubiéramos asistido a una manifestación con urnas y papeletas. El resultado hubiera sido igual de vinculante (nada), pero nos hubiéramos ahorrado las hostias y la penosa imagen internacional. Cuestión de estrategias:
9. La estrategia del pack processista es jugar al “chicken game” des-pa-ci-to, pasito a pasito, con gestos que espoleen al pueblo, para que éste los defienda con su cuerpo, esperando la desmesura del Gobierno para poder conseguir reconocimiento internacional. Los generales, desde la colina.
10. La estrategia del pack PP-Cs --guest starring PSOE-- se basaba en el meme “restaurar la legalidad”. Una legalidad que en ningún momento fue alterada. De haber sido alterada, significaría que el TC no emite autos ni sentencias sino, glups, PNLs. Así, restaurar una legalidad --que no fue alterada-- ha justificado liberar al Kraken 155. Y como no se puede restaurar algo que no ha sido modificado, se sumaron otros requerimientos (en la fiesta de los requerimientos) como pedir perdón por haberla liado parda, algo que, os lo juro, no venía en ninguna sentencia/auto del TC. Esa mañana del jueves, las negociaciones entre Gobierno/Govern no iban de legalidad, iban de gestos. “Convoco elecciones y no liberas al Kraken”. “No libero al Kraken sólo si te humillas un poquito, te corto la cabeza y la pongo en una pica en Moncloa”. Y como cada frente debe mostrar sus trofeos de batalla ante la multitud que los jalea, al final era difícil ponerse de acuerdo en los trofeos, sobre todo cuando uno de ellos es la cabeza en una pica de una de las partes. ¿O no?
10. Después de escribir este texto quizás empiece a escribir sobre “reptilianos” o sobre el “mineralismo”, pero ahora mismo estoy cerca de pensar que la solución DUI-No-de-Ley+155soft+Elecciones21D ha sido una salida pactada, al menos tácitamente. Una salida de gestos, de actos que no van a tener una trascendencia jurídica real o, al menos, duradera --la UE se podría empezar a mosquear-- más allá de unas nuevas elecciones (constituyentes vs unidad de España), donde no se hable más que de esto y no de pensiones, corrupción, blablabla. Cada bloque puede construir su relato sobre esos gestos y aparecer como héroe ante sus fieles. Nadie --en el bando Cat-- condenado a penas de prisión o a multas gordas. Sociedad polarizada para muchos años, vacuna para 15Ms futuros y recurso para unas cuantas campañas electorales más.
11. Una jugada perfecta sustentada en la retórica, en el “Processisme”, en la “estrategia del percebe”, en la política que performa a través del discurso, apelando a las tripas vía identidad+deseo. Política de titulares y de banderas. Política No-de-Ley. PNL.
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Autor >
Francisco Jurado
Es jurista y secretario de la Vicepresidencia III del Parlamento de Andalucía.
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