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Análisis

El desplome recaudatorio del impuesto de sociedades

Las empresas han dejado de aportar al Estado 22.000 millones desde 2007. Tras el fraude fiscal, es la segunda ‘grieta’ más importante por la que España pierde ingresos

José María Mollinedo 29/08/2018

Malagón

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Desde su llegada a La Moncloa, Pedro Sánchez anunció como una de sus medidas estrella la subida de los impuestos a las empresas. Establecer una tributación mínima del 15% del beneficio contable en el Impuesto de Sociedades es una medida más recaudatoria que la eventual subida en los tributos medioambientales, el eventual impuesto a la banca o en la implantación de la denominada tasa Google. En cualquier caso, ¿pagan, o no, las empresas españolas los impuestos que deberían para sostener el gasto público y el Estado del Bienestar?

España exige a las empresas 3.778 millones menos de lo que tributan de media en los países de nuestro entorno. Ocupa así el decimoséptimo lugar en el ranking europeo, y se encuentra muy lejos de la tributación exigida por Francia, Alemania, Finlandia Dinamarca, Reino Unido o Suecia.

Este déficit de la recaudación a las empresas españolas se inicia en 2010, y acumula pérdidas anuales de más de 3.000 millones, salvo en 2015, con un diferencial más contenido.

Pues bien, el artículo 31 de la Constitución señala la capacidad económica para contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario justo. En este sentido, y en cuanto al cumplimiento de la capacidad económica se refiere –una de cuyas manifestaciones es la obtención de una renta o ingreso–, la evolución desde 2007 de los beneficios empresariales contabilizados por las empresas situadas en el territorio común (excluida la información contable del País Vasco y de Navarra) muestra el impacto de la crisis hasta 2012, cuando se inició una sólida recuperación del resultado contable positivo hasta que, en 2017, se superaron por primera vez los beneficios contabilizados en 2007, alcanzando un nuevo máximo en la serie histórica.

Sin embargo, la recaudación del Impuesto sobre Sociedades en el conjunto del Estado (incluyendo la recaudación de las Diputaciones forales del País Vasco y de Navarra) no ha seguido, ni de lejos, la evolución de los beneficios empresariales: los ingresos han permanecido durante esta década por debajo de la mitad de lo recaudado en 2007. Es decir, el impuesto sobre sociedades no está cumpliendo el principio constitucional de que las empresas contribuyan, conforme a su capacidad económica, en  el sostenimiento de los gastos públicos. 

Es más, la brecha del incumplimiento de este precepto constitucional ha ocasionado un agujero al Tesoro Público de casi 148.000 millones en esta década, considerando únicamente la pérdida recaudatoria equivalente a la evolución de los beneficios. Además, la evolución de la recaudación, tras la reforma fiscal iniciada en 2015, indica que se está muy lejos de superar la recaudación de 2007.

El Impuesto sobre Sociedades acumula un desplome de casi el 50% desde 2007 y es el único que aún no ha logrado el nivel de ingresos previo a la crisis, por mucho que los sucesivos Gobiernos del PP y del PSOE se hayan afanado en implantar medidas en aras de incrementar la recaudación de las empresas, como las limitaciones de la deducción de determinados gastos financieros o de la compensación de bases imponibles negativas o el pago a cuenta mínimo de las grandes sociedades. De esta forma, después del fraude fiscal, los aproximadamente 22.000 millones de euros que las empresas no ingresaron en 2017 respecto de 2007 conforman la segunda “grieta” más importante por la que España pierde ingresos. 

Por ello, no debe sorprender que la carga real del Impuesto que soportan las sociedades en nuestro país se encuentre por debajo de la mitad del tipo nominal en las pymes y menos de un tercio en los grupos empresariales.

En este sentido, conviene señalar la diferente contribución de las sociedades, que resulta inversamente proporcional a su tamaño. La razón reside en que las mayores empresas del país concentran la gran parte de los beneficios fiscales del impuesto. Así, a pesar de los abultados beneficios obtenidos por las grandes corporaciones empresariales –que partían de tipos impositivos superiores a los de las empresas de reducida dimensión de 5 y 3 puntos porcentuales entre  2007 y 2014 y en 2015 respectivamente, e igualando el tipo impositivo general al 25% en 2016– soportan un tipo real sobre el beneficio por debajo de la mitad que el soportado por las Sociedades no integradas en grupos, generalmente pymes, desde 2013. Antes, en 2008 y entre 2010 y 2012 los grupos empresariales gozaron de tipos reales por debajo de un tercio del que gravaba al resto de sociedades. En otras palabras, el Impuesto sobre Sociedades tampoco está cumpliendo el principio constitucional de hacer contribuir a las grandes corporaciones empresariales conforme a su mayor capacidad económica para sostener los gastos públicos.

Por otra parte, el artículo 3 de la Ley General Tributaria añade la equitativa distribución de la carga tributaria a los principios constitucionales del sistema fiscal. En este marco, la doctrina considera que el concepto de justicia tributaria puede delimitarse si el sostenimiento de los gastos públicos se realiza por todos de acuerdo con su capacidad económica, y a los principios de igualdad y progresividad, estableciéndose una interrelación entre todos los principios cuya culminación daría lugar a un sistema tributario justo. 

Para ello, resulta oportuno evaluar si el sistema tributario grava todas las manifestaciones de la capacidad económica de forma que se garantice la equitativa distribución de la carga tributaria. En este punto, las tres manifestaciones principales de la capacidad económica son la renta, como ocurre en los impuestos sobre la renta de las personas o de las sociedades; la riqueza, como ocurre en el impuesto sobre el patrimonio o el IBI; y la transmisión o adquisición de los bienes de su patrimonio, como ocurre en el IVA o el impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

Como según su recaudación, los principales impuestos son el IRPF y el IVA, seguido de lejos por el Impuesto sobre Sociedades y el conjunto de los Impuestos especiales, la distribución de la carga tributaria tiene una gran relevancia porque se puede afirmar que, como mínimo, el 77% del peso impositivo recae sobre las personas, mientras que poco más del 13% recae sobre las sociedades. Finalmente, queda un resto de un 10% de la recaudación formada por tributos que pagan personas y empresas que no son fácilmente distribuibles entre ellas.

Pero lo más significativo es la evolución de esta distribución de la carga tributaria en la última década, teniendo en cuenta que el porcentaje de los impuestos que recaen en las personas sobre la recaudación total en el territorio común ha aumentado en casi 9 puntos desde 2007. 

Por el contrario, el porcentaje de los impuestos que recaen sobre las empresas ha caído en más de 10 puntos desde 2007. Además, habría que recordar que salvo el Impuesto sobre Sociedades, el resto de los impuestos satisfechos por las empresas tienen carácter de gastos deducibles de este tributo.

De esta forma, podemos afirmar que el sistema tributario español no garantiza la equitativa distribución de la carga tributaria para el sostenimiento de los gastos públicos. Y si añadimos la falta de generalidad por el elevado fraude fiscal y la pérdida de progresividad que se ha producido en el IRPF con la renta dual y reducción de tramos y tipos marginales, así como la práctica supresión en determinadas comunidades autónomas del Impuesto sobre el Patrimonio o del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, podría quedar en entredicho que España disponga en la actualidad de un sistema tributario justo.

En definitiva, la reforma fiscal debería plantearse el reto, entre otros, de lograr una mayor redistribución de la renta y la riqueza entre los ciudadanos y una mayor suficiencia para que las Administraciones públicas puedan atender los gastos que soportan el Estado del bienestar. Para ello, al mismo tiempo que se establecen nuevos tributos, habría que reducir la evasión tributaria y mejorar el uso de los fondos públicos. Es imprescindible modernizar tanto la Agencia Tributaria Estatal (AEAT), como la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) con el fin de reducir la economía sumergida y lograr el control de la eficiencia del gasto público.

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José María Mollinedo es secretario general de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)

 

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