1. Número 1 · Enero 2015

  2. Número 2 · Enero 2015

  3. Número 3 · Enero 2015

  4. Número 4 · Febrero 2015

  5. Número 5 · Febrero 2015

  6. Número 6 · Febrero 2015

  7. Número 7 · Febrero 2015

  8. Número 8 · Marzo 2015

  9. Número 9 · Marzo 2015

  10. Número 10 · Marzo 2015

  11. Número 11 · Marzo 2015

  12. Número 12 · Abril 2015

  13. Número 13 · Abril 2015

  14. Número 14 · Abril 2015

  15. Número 15 · Abril 2015

  16. Número 16 · Mayo 2015

  17. Número 17 · Mayo 2015

  18. Número 18 · Mayo 2015

  19. Número 19 · Mayo 2015

  20. Número 20 · Junio 2015

  21. Número 21 · Junio 2015

  22. Número 22 · Junio 2015

  23. Número 23 · Junio 2015

  24. Número 24 · Julio 2015

  25. Número 25 · Julio 2015

  26. Número 26 · Julio 2015

  27. Número 27 · Julio 2015

  28. Número 28 · Septiembre 2015

  29. Número 29 · Septiembre 2015

  30. Número 30 · Septiembre 2015

  31. Número 31 · Septiembre 2015

  32. Número 32 · Septiembre 2015

  33. Número 33 · Octubre 2015

  34. Número 34 · Octubre 2015

  35. Número 35 · Octubre 2015

  36. Número 36 · Octubre 2015

  37. Número 37 · Noviembre 2015

  38. Número 38 · Noviembre 2015

  39. Número 39 · Noviembre 2015

  40. Número 40 · Noviembre 2015

  41. Número 41 · Diciembre 2015

  42. Número 42 · Diciembre 2015

  43. Número 43 · Diciembre 2015

  44. Número 44 · Diciembre 2015

  45. Número 45 · Diciembre 2015

  46. Número 46 · Enero 2016

  47. Número 47 · Enero 2016

  48. Número 48 · Enero 2016

  49. Número 49 · Enero 2016

  50. Número 50 · Febrero 2016

  51. Número 51 · Febrero 2016

  52. Número 52 · Febrero 2016

  53. Número 53 · Febrero 2016

  54. Número 54 · Marzo 2016

  55. Número 55 · Marzo 2016

  56. Número 56 · Marzo 2016

  57. Número 57 · Marzo 2016

  58. Número 58 · Marzo 2016

  59. Número 59 · Abril 2016

  60. Número 60 · Abril 2016

  61. Número 61 · Abril 2016

  62. Número 62 · Abril 2016

  63. Número 63 · Mayo 2016

  64. Número 64 · Mayo 2016

  65. Número 65 · Mayo 2016

  66. Número 66 · Mayo 2016

  67. Número 67 · Junio 2016

  68. Número 68 · Junio 2016

  69. Número 69 · Junio 2016

  70. Número 70 · Junio 2016

  71. Número 71 · Junio 2016

  72. Número 72 · Julio 2016

  73. Número 73 · Julio 2016

  74. Número 74 · Julio 2016

  75. Número 75 · Julio 2016

  76. Número 76 · Agosto 2016

  77. Número 77 · Agosto 2016

  78. Número 78 · Agosto 2016

  79. Número 79 · Agosto 2016

  80. Número 80 · Agosto 2016

  81. Número 81 · Septiembre 2016

  82. Número 82 · Septiembre 2016

  83. Número 83 · Septiembre 2016

  84. Número 84 · Septiembre 2016

  85. Número 85 · Octubre 2016

  86. Número 86 · Octubre 2016

  87. Número 87 · Octubre 2016

  88. Número 88 · Octubre 2016

  89. Número 89 · Noviembre 2016

  90. Número 90 · Noviembre 2016

  91. Número 91 · Noviembre 2016

  92. Número 92 · Noviembre 2016

  93. Número 93 · Noviembre 2016

  94. Número 94 · Diciembre 2016

  95. Número 95 · Diciembre 2016

  96. Número 96 · Diciembre 2016

  97. Número 97 · Diciembre 2016

  98. Número 98 · Enero 2017

  99. Número 99 · Enero 2017

  100. Número 100 · Enero 2017

  101. Número 101 · Enero 2017

  102. Número 102 · Febrero 2017

  103. Número 103 · Febrero 2017

  104. Número 104 · Febrero 2017

  105. Número 105 · Febrero 2017

  106. Número 106 · Marzo 2017

  107. Número 107 · Marzo 2017

  108. Número 108 · Marzo 2017

  109. Número 109 · Marzo 2017

  110. Número 110 · Marzo 2017

  111. Número 111 · Abril 2017

  112. Número 112 · Abril 2017

  113. Número 113 · Abril 2017

  114. Número 114 · Abril 2017

  115. Número 115 · Mayo 2017

  116. Número 116 · Mayo 2017

  117. Número 117 · Mayo 2017

  118. Número 118 · Mayo 2017

  119. Número 119 · Mayo 2017

  120. Número 120 · Junio 2017

  121. Número 121 · Junio 2017

  122. Número 122 · Junio 2017

  123. Número 123 · Junio 2017

  124. Número 124 · Julio 2017

  125. Número 125 · Julio 2017

  126. Número 126 · Julio 2017

  127. Número 127 · Julio 2017

  128. Número 128 · Agosto 2017

  129. Número 129 · Agosto 2017

  130. Número 130 · Agosto 2017

  131. Número 131 · Agosto 2017

  132. Número 132 · Agosto 2017

  133. Número 133 · Septiembre 2017

  134. Número 134 · Septiembre 2017

  135. Número 135 · Septiembre 2017

  136. Número 136 · Septiembre 2017

  137. Número 137 · Octubre 2017

  138. Número 138 · Octubre 2017

  139. Número 139 · Octubre 2017

  140. Número 140 · Octubre 2017

  141. Número 141 · Noviembre 2017

  142. Número 142 · Noviembre 2017

  143. Número 143 · Noviembre 2017

  144. Número 144 · Noviembre 2017

  145. Número 145 · Noviembre 2017

  146. Número 146 · Diciembre 2017

  147. Número 147 · Diciembre 2017

  148. Número 148 · Diciembre 2017

  149. Número 149 · Diciembre 2017

  150. Número 150 · Enero 2018

  151. Número 151 · Enero 2018

  152. Número 152 · Enero 2018

  153. Número 153 · Enero 2018

  154. Número 154 · Enero 2018

  155. Número 155 · Febrero 2018

  156. Número 156 · Febrero 2018

  157. Número 157 · Febrero 2018

  158. Número 158 · Febrero 2018

  159. Número 159 · Marzo 2018

  160. Número 160 · Marzo 2018

  161. Número 161 · Marzo 2018

  162. Número 162 · Marzo 2018

  163. Número 163 · Abril 2018

  164. Número 164 · Abril 2018

  165. Número 165 · Abril 2018

  166. Número 166 · Abril 2018

  167. Número 167 · Mayo 2018

  168. Número 168 · Mayo 2018

  169. Número 169 · Mayo 2018

  170. Número 170 · Mayo 2018

  171. Número 171 · Mayo 2018

  172. Número 172 · Junio 2018

  173. Número 173 · Junio 2018

  174. Número 174 · Junio 2018

  175. Número 175 · Junio 2018

  176. Número 176 · Julio 2018

  177. Número 177 · Julio 2018

  178. Número 178 · Julio 2018

  179. Número 179 · Julio 2018

  180. Número 180 · Agosto 2018

  181. Número 181 · Agosto 2018

  182. Número 182 · Agosto 2018

  183. Número 183 · Agosto 2018

  184. Número 184 · Agosto 2018

  185. Número 185 · Septiembre 2018

  186. Número 186 · Septiembre 2018

  187. Número 187 · Septiembre 2018

  188. Número 188 · Septiembre 2018

  189. Número 189 · Octubre 2018

  190. Número 190 · Octubre 2018

  191. Número 191 · Octubre 2018

  192. Número 192 · Octubre 2018

  193. Número 193 · Octubre 2018

  194. Número 194 · Noviembre 2018

  195. Número 195 · Noviembre 2018

  196. Número 196 · Noviembre 2018

  197. Número 197 · Noviembre 2018

  198. Número 198 · Diciembre 2018

  199. Número 199 · Diciembre 2018

  200. Número 200 · Diciembre 2018

  201. Número 201 · Diciembre 2018

  202. Número 202 · Enero 2019

  203. Número 203 · Enero 2019

  204. Número 204 · Enero 2019

  205. Número 205 · Enero 2019

  206. Número 206 · Enero 2019

  207. Número 207 · Febrero 2019

  208. Número 208 · Febrero 2019

  209. Número 209 · Febrero 2019

  210. Número 210 · Febrero 2019

  211. Número 211 · Marzo 2019

  212. Número 212 · Marzo 2019

  213. Número 213 · Marzo 2019

  214. Número 214 · Marzo 2019

  215. Número 215 · Abril 2019

  216. Número 216 · Abril 2019

  217. Número 217 · Abril 2019

  218. Número 218 · Abril 2019

  219. Número 219 · Mayo 2019

  220. Número 220 · Mayo 2019

  221. Número 221 · Mayo 2019

  222. Número 222 · Mayo 2019

  223. Número 223 · Mayo 2019

  224. Número 224 · Junio 2019

  225. Número 225 · Junio 2019

  226. Número 226 · Junio 2019

  227. Número 227 · Junio 2019

  228. Número 228 · Julio 2019

  229. Número 229 · Julio 2019

  230. Número 230 · Julio 2019

  231. Número 231 · Julio 2019

  232. Número 232 · Julio 2019

  233. Número 233 · Agosto 2019

  234. Número 234 · Agosto 2019

  235. Número 235 · Agosto 2019

  236. Número 236 · Agosto 2019

  237. Número 237 · Septiembre 2019

  238. Número 238 · Septiembre 2019

  239. Número 239 · Septiembre 2019

  240. Número 240 · Septiembre 2019

  241. Número 241 · Octubre 2019

  242. Número 242 · Octubre 2019

  243. Número 243 · Octubre 2019

  244. Número 244 · Octubre 2019

  245. Número 245 · Octubre 2019

  246. Número 246 · Noviembre 2019

  247. Número 247 · Noviembre 2019

  248. Número 248 · Noviembre 2019

  249. Número 249 · Noviembre 2019

  250. Número 250 · Diciembre 2019

  251. Número 251 · Diciembre 2019

  252. Número 252 · Diciembre 2019

  253. Número 253 · Diciembre 2019

  254. Número 254 · Enero 2020

  255. Número 255 · Enero 2020

  256. Número 256 · Enero 2020

  257. Número 257 · Febrero 2020

  258. Número 258 · Marzo 2020

  259. Número 259 · Abril 2020

  260. Número 260 · Mayo 2020

  261. Número 261 · Junio 2020

  262. Número 262 · Julio 2020

  263. Número 263 · Agosto 2020

  264. Número 264 · Septiembre 2020

  265. Número 265 · Octubre 2020

  266. Número 266 · Noviembre 2020

  267. Número 267 · Diciembre 2020

  268. Número 268 · Enero 2021

  269. Número 269 · Febrero 2021

  270. Número 270 · Marzo 2021

  271. Número 271 · Abril 2021

  272. Número 272 · Mayo 2021

  273. Número 273 · Junio 2021

  274. Número 274 · Julio 2021

  275. Número 275 · Agosto 2021

  276. Número 276 · Septiembre 2021

  277. Número 277 · Octubre 2021

  278. Número 278 · Noviembre 2021

  279. Número 279 · Diciembre 2021

  280. Número 280 · Enero 2022

  281. Número 281 · Febrero 2022

  282. Número 282 · Marzo 2022

  283. Número 283 · Abril 2022

  284. Número 284 · Mayo 2022

  285. Número 285 · Junio 2022

  286. Número 286 · Julio 2022

  287. Número 287 · Agosto 2022

  288. Número 288 · Septiembre 2022

  289. Número 289 · Octubre 2022

  290. Número 290 · Noviembre 2022

  291. Número 291 · Diciembre 2022

  292. Número 292 · Enero 2023

  293. Número 293 · Febrero 2023

  294. Número 294 · Marzo 2023

  295. Número 295 · Abril 2023

  296. Número 296 · Mayo 2023

  297. Número 297 · Junio 2023

  298. Número 298 · Julio 2023

  299. Número 299 · Agosto 2023

  300. Número 300 · Septiembre 2023

  301. Número 301 · Octubre 2023

  302. Número 302 · Noviembre 2023

  303. Número 303 · Diciembre 2023

  304. Número 304 · Enero 2024

  305. Número 305 · Febrero 2024

  306. Número 306 · Marzo 2024

  307. Número 307 · Abril 2024

  308. Número 308 · Mayo 2024

  309. Número 309 · Junio 2024

  310. Número 310 · Julio 2024

  311. Número 311 · Agosto 2024

  312. Número 312 · Septiembre 2024

  313. Número 313 · Octubre 2024

  314. Número 314 · Noviembre 2024

Ayúdanos a perseguir a quienes persiguen a las minorías. Total Donantes 3.335 Conseguido 91% Faltan 16.440€

Análisis

Saqueo neoliberal, migraciones forzosas

Las personas no son ilegales, ni la migración tampoco. Sí lo es la criminalización de la solidaridad o ser cómplice de la crisis humanitaria en un contexto de degradación ecosocial

Susana Borrás Pentinat 24/07/2019

<p>Muerte en el Mediterráneo.</p>

Muerte en el Mediterráneo.

Malagón

En CTXT podemos mantener nuestra radical independencia gracias a que las suscripciones suponen el 70% de los ingresos. No aceptamos “noticias” patrocinadas y apenas tenemos publicidad. Si puedes apoyarnos desde 3 euros mensuales, suscribete aquí

CTXT se financia en un 40% con aportaciones de sus suscriptoras y suscriptores. Esas contribuciones nos permiten no depender de la publicidad, y blindar nuestra independencia. Y así, la gente que no puede pagar puede leer la revista en abierto. Si puedes permitirte aportar 50 euros anuales, pincha en agora.ctxt.es. Gracias.

Personas como Pia Klemp, Helena Maleno, Mussie Zerai, Lola Gutierrez, Carola Rackete en el Mediterráneo y Scott Warren, Margarita Núñez, Irineo Mujica o Cristobal Sánchez en las fronteras de México y Estados Unidos, junto con organizaciones como Jugend Rettet, Sea-Watch, Proem-aid u Open Arms realizan una labor humanitaria voluntaria de protección y cuidado de la vida y por ello están siendo objeto de una campaña de criminalización, estigmatización y otros ataques por defender derechos humanos de las personas migrantes. 

Según el Institute of Race Relations (IRR) existe una criminalización de la solidaridad, mediante leyes dirigidas a traficantes y contrabandistas para criminalizar a aquellas personas que actúan por motivos humanitarios. Esta institución documentó, en los últimos dos años, procesos judiciales contra 45 actores humanitarios, según las leyes de migración o contra el contrabando.

Todos ellos han sido acusados de “favorecer la inmigración ilegal”.  En este sentido, es necesario visibilizar las realidades y decir las cosas con propiedad. Reflexionemos sobre lo que es ilegal.

En primer lugar, la migración no es ilegal, es un derecho, así lo establece el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Y, en segundo lugar, salvar vidas y defender derechos, de forma pacífica, también es un derecho reconocido por la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos. No proteger y defender estos derechos es ilegal.

¿Qué se está haciendo? Gestionar la “crisis migratoria” y criminalizar a quien defiende. 

La mal llamada “gestión de la migración” –como si las personas se pudieran gestionar como si se tratara de una empresa– tan solo aborda las consecuencias humanas de una realidad más profunda, que obvia las causas que provocan los movimientos de personas.

Las personas en movimiento son las víctimas colaterales de un proceso de despojo de las riquezas y recursos al Sur Global

Y, precisamente, en las causas es donde yace la ilegalidad, que conduce a muchas personas a abandonar sus hogares y sus territorios. Las causas de que millones de personas se encuentren en movimientos constantes se debe a la continua situación de expulsión a la que se enfrentan: en el territorio de origen, por el despojo, el desarraigo que muchas políticas neoliberales han generado; en tránsito por el rechazo y cierre de fronteras que condenan a las personas a devoluciones en caliente, a seguir un peregrinaje en rutas donde la criminalidad y la violencia ningunean a las personas y trafican con ellas, bajo la complaciente tolerancia e impunidad gubernamental.  

Esto sí es ilegal.

Las personas en movimiento son las víctimas colaterales de un proceso política y económicamente construido, que perpetúa la desigualdad y la injusticia frente al saqueo y despojo de las riquezas y recursos, que no se poseen pero se ambicionan y se roban al Sur Global. Así, políticas severas y erráticas de Estados Unidos han contribuido a la necesidad apremiante de migrar que sienten muchas personas centroamericanas del llamado Triángulo Norte (Guatemala, Honduras y El Salvador) y que ahora dirigen al mismo Estado que ha creado su empobrecimiento e inseguridad. En este tránsito hacia Estados Unidos, hombres, mujeres y niños y niñas son víctimas de secuestros, extorsiones y hasta reclutamiento forzado en organizaciones criminales. Y a las puertas de su destino, la inhumanidad persigue a las personas, que ya tienen la etiqueta de “migra”, en un mundo desordenado excluyente. 

Esto también es ilegal e injusto.

La gestión del movimiento de personas se realiza vulnerando gravemente no solo los derechos humanos sino también las obligaciones internacionales de prestar asistencia a personas que se encuentren en peligro en el mar y la de llevar a las personas rescatadas hasta un lugar seguro. Estas obligaciones están ampliamente recogidas en la legislación internacional marítima (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1992; el Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS) y el Convenio internacional sobre búsqueda y salvamento marítimos, 1979 (Convenio SAR). La omisión de socorro y de diligencia debida, de la buena fe, sitúan a los Estados en la ilegalidad. 

Es ilegal no proteger.

Por ejemplo, la operación de rescate, llevada a cabo el 15 de marzo de 2018 por el buque de OPEN ARMS, al igual que muchas otras, se realizó cumpliendo con el Derecho internacional aplicable, y en concreto el Convenio de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, en relación con el principio de no devolución y el derecho de solicitar asilo. Asimismo, se actuó en cumplimiento de los artículos 92, 94 y 98 de la Convención de las Naciones Unidas de 1982 sobre el Derecho del Mar, el Convenio SOLAS, el Convenio SAR, el Protocolo de Palermo del 2000 contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Si bien el refugio ambiental no está contemplado en la Convención de Ginebra, las personas que huyen del despojo ambiental no deben ser consideradas ilegales

Según el artículo 19.1 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el embarque y desembarque de personas con el fin de cumplir con la obligación de salvar vidas humanas en el mar entra dentro del significado jurídico de paso inocente. Por lo tanto, la denegación de acceso al puerto a los buques con migrantes o buques de salvamento constituye un incumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por los Estados ribereños del Mediterráneo, en especial del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 1950, que recoge la obligación de proteger a las personas bajo su jurisdicción de violaciones de los derechos humanos (artículo 1), en particular del derecho a la vida (artículo 15) y al derecho a no quedar sometido a situaciones de tortura u otros tratos inhumanos o degradantes (artículo 3).

Es ilegal no defender y no proteger.

Si bien el “refugio ambiental” no está contemplado en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, ello no significa que las personas que huyen del despojo ambiental deban ser consideradas “ilegales”. Para ellas migrar y buscar refugio es la única opción frente a la degradación ambiental alimentada por procesos de violencia estructural, instrumentada por los mismos países que les deniegan su entrada. Los marcos jurídicos no son adecuados para proteger las personas, pero se instrumentalizan para expulsarlas. El derecho al retorno, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es eso, un derecho, no una imposición. El limbo de desprotección se nutre de la criminalización hacia las personas defensoras de derechos humanos y legitima el expolio de recursos naturales, distrayendo la atención del verdadero problema. 

Es ilegal criminalizar la solidaridad.

La “criminalización” contra las personas defensoras de los derechos humanos y contra el personal de las organizaciones no gubernamentales defensoras tiene como ejemplos a los miembros del cuerpo de bomberos de Sevilla en la isla de Lesbos, o el procesamiento del capitán del Open Arms en Sicilia, o de la capitana del Sea Watch 3, Carola Rackete, que podría enfrentarse a 10 años de prisión y a una multa de 50.000 euros por favorecer la inmigración ilegal, al igual que la capitana Pía Klemp, que afronta 20 años de prisión acusada en Italia del mismo delito por salvar vidas humanas. Aunque tales intentos de criminalización no prosperen en los juzgados, lo cierto es que impiden las labores humanitarias. En este sentido, resulta conveniente la extensión de la protección que otorga el Derecho internacional humanitario, a través principalmente de las Convenciones de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977, al personal de las misiones humanitarias, para incluir expresamente al personal de las organizaciones como las mencionadas en misiones humanitarias como el salvamento marítimo.

¿Qué no se está haciendo?

No se están defendiendo a las personas, no se está respetando la vida ni mucho menos se está tratando las causas de las expulsiones humanas. Esta es una tendencia especialmente preocupante porque compromete los derechos y alimenta fascismos. Tolerar y silenciar esta realidad es ser cómplice de la violencia en todas sus formas, legitimando las raíces de esta situación: el despojo de derechos y de vidas. 

No defender es ocultar la responsabilidad que muchos Estados enriquecidos del norte global y sus arquitecturas empresariales poseen en la construcción de conflictos internos y en los movimientos forzados de personas, por el despojo de recursos naturales en territorios del sur global, altamente vulnerables y dependientes de estos recursos para garantizar su supervivencia.

¿La respuesta? Está en todas las personas, no solo en las personas defensoras de derechos humanos. Todos y todas debemos ser defensores de derechos humanos: defender y proteger los derechos humanos y exigir a los Estados su respeto, incluyendo el deber de proteger contra el daño ambiental, especialmente aquel causado por agentes privados. La solidaridad con quienes protegen y defienden es primordial: la defensa y protección de los derechos de los demás, es la defensa y protección de nuestros derechos.

A modo de consideración final… las instituciones gubernamentales implicadas deben reflexionar a fondo y actuar al respecto, haciendo prevalecer los derechos humanos frente a los intereses políticos nacionales. Ni las personas son ilegales, ni la migración es ilegal, pero sí es ilegal la criminalización de la solidaridad o ser cómplice de la crisis humanitaria en un contexto de degradación ecosocial. La respuesta a la verdadera ilegalidad debe ser unánime: es necesaria la desobediencia masiva frente a la violencia tolerada en todas sus formas. La justicia, la libertad y la dignidad de las personas está en juego, especialmente de las que más necesitan nuestra solidaridad. Recordando las palabras de Martin Luther King: “No me preocupa tanto la gente mala, sino el espantoso silencio de la gente buena”.

-------------------------

Susana Borrás Pentinat es profesora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universitat Rovira i Virgili.

CTXT se financia en un 40% con aportaciones de sus suscriptoras y suscriptores. Esas contribuciones nos permiten no depender de la publicidad, y blindar nuestra independencia. Y así, la gente que no puede pagar...

Este artículo es exclusivo para las personas suscritas a CTXT. Puedes iniciar sesión aquí o suscribirte aquí

Autora >

Susana Borrás Pentinat

Suscríbete a CTXT

Orgullosas
de llegar tarde
a las últimas noticias

Gracias a tu suscripción podemos ejercer un periodismo público y en libertad.
¿Quieres suscribirte a CTXT por solo 6 euros al mes? Pulsa aquí

Artículos relacionados >

1 comentario(s)

¿Quieres decir algo? + Déjanos un comentario

  1. jose

    En días tan aciagos, tanto en lo interno como en lo externo ¿no nos alecciona D Santiago Alba Rico?

    Hace 5 años 3 meses

Deja un comentario


Los comentarios solo están habilitados para las personas suscritas a CTXT. Puedes suscribirte aquí