Susana Gisbert / Fiscal valenciana contra los delitos de odio
“Me sorprende la cantidad de delitos de acción xenófobos, racistas y homófobos que revisten gravedad”
Ana Sharife Tenerife , 17/12/2019
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Entre las nuevas funciones de Susana Gisbert (Valencia, 1966), figuran las de identificar los crímenes de odio, su control estadístico, así como la valoración de los grupos o colectivos de riesgo. La fiscal valenciana contra los delitos de odio, especializada en violencia de género, ha participado en el primer Congreso Internacional Rromaní Pativ (Dignidad Gitana) que se ha celebrado en Tenerife, en el Espacio de las Artes (TEA), entre el 10 y el 13 de diciembre. La entrevista tiene lugar vía telefónica.
¿A qué se debe el aumento de delitos de odio?
El delito de odio es la tipificación de las manifestaciones más graves de intolerancia. Una intolerancia que se extiende con la irrupción en la vida política de organizaciones que alimentan el odio hacia colectivos especialmente vulnerables y cuyas líneas de actuación traspasan continuamente el límite de la intolerancia. Esto ha hecho que salgan a la luz actitudes que parecían superadas, con el riesgo de un retroceso en derecho que esto implica. Sin perder de vista que hablamos de víctimas que pertenecen a colectivos tan desfavorecidos que, en muchos casos, ni siquiera se atreven a denunciar.
¿Está en riesgo la libertad de expresión?
Tan importante como perseguir es advertir de la existencia de actos que por discriminatorios van contra la ley, aunque no se trate de delitos tipificados en el Código Penal
No todo el odio es constitutivo de delito de odio, así como no todo acto de discriminación es delito, lo cual no quiere decir que sea legal. Hay que ver si un mensaje de odio traspasa los límites de la libertad de expresión para incurrir en un delito de odio. Tan importante como perseguir es advertir de la existencia de actos que por discriminatorios van contra la ley, aunque no se trate de delitos tipificados en el Código Penal. La igualdad es un derecho constitucional del máximo grado, reconocido en el artículo 14 de la Constitución, y a la fiscalía corresponde la defensa de la legalidad, del interés público y la protección de las personas especialmente vulnerables.
¿Qué tipologías de delitos de odio ha encontrado más frecuentemente?
Me sorprende la cantidad de delitos de acción xenófobos, racistas, homófobos o de otro tipo de discriminación que revisten gravedad, como pegar una paliza a alguien por ser homosexual o por ser inmigrante. O los delitos de expresión que son los más frecuentes y menos fáciles de perseguir, pero que son conductas muy reprochables.
¿Tiene que solucionarse todo con leyes represivas?
En el ámbito penal hay un abanico enorme de conductas que se encuentran en los límites de la ley, hasta el punto de haber sido necesaria una Instrucción de la Fiscalía General del Estado para arrojar luz a la hora de interpretarla. Lo esencial no es la represión sino la prevención.
¿Puede alguien incurrir en un delito de odio sin proponérselo?
El mal gusto no es delito, sino que es reprochable e incluso sancionable por otra vía que no sea penal. Pero el humor tampoco sirve de excusa para cualquier cosa. Se puede estar incitando con la burla a la discriminación, a la hostilidad o incluso a la violencia.
¿Cuáles son los grupos diana sobre los que va a ejercer un control más estricto?
Cuando conoces determinados grupos cuya ideología a priori es la de perseguir a personas que son diferentes por ideología, por raza, siempre se está más pendiente. A un grupo neonazi se le controla especialmente porque en principio su ideología es proclive a cometer este tipo de delito, pero también a cualquiera, al encontrarse en el seno de una sociedad que muchas veces discrimina a las personas por su discapacidad o por su etnia.
Las herramientas que tenemos para luchar contra las ‘fake news’ son muy rudimentarias para una realidad tan tecnológicamente complicada
¿Por qué permanecen abiertas las webs que contribuyen a alimentar el odio?
Tenemos una ley procesal del siglo XIX. No estaba pensada para realidades tecnológicas donde los mensajes se difundieran en cuestión de segundos. Estaba más bien pensada para quien grita en una plaza o en un bar. Las herramientas que tenemos para luchar contra esto son muy rudimentarias para una realidad tan tecnológicamente complicada. Y en muchos casos, la protección de las garantías funciona tanto que hace difícil perseguir y determinar dónde está el autor. En el derecho penal la responsabilidad es siempre de una persona. Llegar a esa persona o a esa persona jurídica en su caso que es responsable de ese hecho es lo realmente difícil. Y mientras tanto, el mensaje se difunde eternamente. Antes callabas al del bar, pero ahora cuando lo vas a callar, su mensaje ya se ha multiplicado por millones.
¿Piensan cambiar la ley?
Se han hecho varios proyectos para cambiar la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se ha hecho una reforma que introducía el tema tecnológico, pero es una ley que necesita urgentemente una reforma más profunda para adaptarse a la sociedad actual. Hasta ahora solo la hemos ido parcheando.
La viralización de un mensaje ofensivo, es decir, el acto consciente de reenviarlo o difundirlo a los contactos, ¿tiene relevancia penal?
Depende del mensaje y la intención con que se haga. Se puede incitar reenviando un mensaje que uno no ha creado, pero habría que ver la naturaleza del mensaje y la susceptibilidad de incitar al odio, y eso sí, su viralización hace que el delito sea más grave. Pero igual que las redes tienen esa vertiente negativa, también tienen otra positiva si nos valemos de ese potencial para transmitir un mensaje de respeto y tolerancia.
¿Es necesario enviar a prisión a tuiteros?
Hay medidas alternativas a las que entrañan cárcel, como la prohibición de actuar en redes sociales para condenados por perseguir en sus publicaciones a determinados colectivos por razones de pertenencia a una religión, etnia u orientación sexual. Tenemos instrumentos legales, los delitos de odio previstos en el Código Penal, y tenemos las medidas cautelares que en virtud de la ley de enjuiciamiento criminal podemos adoptar. Así vamos intentando solucionar las cosas en la medida que se puede.
¿Qué riesgos implican las declaraciones de dirigentes de Vox?
Los políticos con cargo público tienen mucho cuidado al hacer ciertas manifestaciones para no traspasar los límites, aunque a veces se les va un poco la lengua. Pueden llegar a indignar y no cometer delito, pero sí que crean un vivero de opinión donde se retroalimentan conductas de odio, donde sus seguidores se sienten amparados por estas ideologías a través de las redes sociales, o diversos sitios públicos.
Si un político con este tipo de pensamientos ve que desde un púlpito se le da entrada, se viene arriba. Debe recibir un reproche público de todos los poderes públicos
Por tanto, ¿puede despertar más hostilidad un político con su discurso?
Creo que en los tiempos que corren, con la irrupción en la escena política de determinados grupos, resulta importantísimo estar alerta para no retroceder ni un ápice en los derechos que tanto ha costado que se reconozcan. Si un político con este tipo de pensamientos ve que desde un púlpito se le da entrada, se sienten acogido, se vienen arriba. Debe recibir un reproche público de todos los poderes públicos.
¿Qué solución propone ante las elevadas cifras de delitos de homofobia y racistas?
La clave está en la educación en igualdad y empatía. Es responsabilidad del sistema educativo, los hogares, los medios de comunicación, la sociedad entera. No podemos callar ni mirar hacia otro lado, y al igual que sucede con la violencia de género, hay que recriminar a quien hace comentario de burla, discriminación o menosprecio hacia determinados colectivos.
¿El silencio es cómplice?
El silencio es cómplice. Hay que enseñar cómo nos sentiríamos si la persona despreciada fuese un hijo o una madre. Ponerse en la piel del otro funciona. No se pueden minimizar estas conductas ni mirar hacia otro lado. Siempre que hay delitos de este tipo es que ha fallado la educación. Y sin una educación en igualdad es difícil que se reaccione como es debido ante actos de intolerancia y de odio. Y, por supuesto, cada vez que sepamos de hechos que pudieran ser constitutivos de delito de odio o discriminación, hay que ponerlos en conocimiento de las autoridades.
Usted propone que negar la violencia de género sea delito.
En materia de violencia de género no se debe poner el acento únicamente en el derecho penal, propongo trabajar más en la prevención. Cuando intervenimos con el derecho penal lo que hacemos es gestionar el fracaso. Aunque nos empeñemos en dar más funciones a los juzgados, nosotros solo actuamos cuando ha ocurrido un delito. El negacionismo de la violencia de género no es delito, pero hay líneas fronterizas muy peligrosas. No se puede trivializar con los crímenes.
¿Un dato positivo?
Quizá haya un aumento de denuncias y no de delitos. Es posible que el aumento sea su visibilidad.
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Autor >
Ana Sharife
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