Las claves del juicio al 1-O (II)
El valor de un juicio
Quienes van a decidir lo van a hacer en unas condiciones difícilmente mejorables
Miguel Pasquau Liaño 13/02/2019
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Llevamos un buen tiempo discutiendo sin parar. Si hubiera un medidor de intensidades del debate público, imaginen qué resultado daría la comparación entre lo que hemos debatido sobre unas manifestaciones con algún incidente aislado, una votación ilegal y una declaración parlamentaria, en comparación con lo que hemos hablado sobre igualdad de oportunidades sociales, sobre educación, sobre gestión de la salud pública, sobre causas y consecuencias de flujos migratorios, sobre salud alimentaria, sobre racionalización de la Administración Pública, o sobre integración europea. La integridad de la soberanía es desde luego un problema de primer orden, pero lo cierto es que hay una desproporción. ¿A qué puede deberse? Quizás a que el asunto es “comestible”, pero también puede ser que levante deudas pendientes, corrientes subterráneas, y que nos haga ver que el suelo que pisamos está lleno de ficciones y eso nos da vértigo. Algunos dicen que la naturaleza humana necesita guerras, y éstas no siempre son militares. Lo que sí son siempre es identitarias. La construcción del “otro” como antagonista genera un confort que está presente en la historia de los nacionalismos. Y todo esto va a aflorar en el juicio de una manera u otra. Muy probablemente más por la parte de las defensas, porque las acusaciones no tienen esa necesidad: a las acusaciones les basta con la ley, mientras que las defensas necesitan presentarse como una nación en el banquillo de los acusados, y abrir un espacio de impunidad (penal) en los alrededores de la ley, porque ciertamente el procés no es sino un intento de desbordamiento del marco constitucional para forzar la convicción de que ya no sirve. La finalidad es tan discutible como legítima (de esto no cabe duda), y en eso insistirán las defensas. Los medios no son irrelevantes, dirán las acusaciones, y de esto tampoco cabe duda: aspirar a reformar la ley y la Constitución no es delito, pero no se pueden cometer delitos para conseguirlo, esa será su línea. La respuesta de las defensas es imaginable: cuando no hay medio alguno dentro, hay que explorar fuera, y la única línea roja es la violencia (la violencia concreta) o el abuso de autoridad. ¿Se cometieron delitos en la persecución del objetivo político?
El debate no va a producirse en bruto, sino que adoptará la forma de actos procesales. Van a ser interrogados los acusados, quienes podrán negarse a declarar, podrán declarar, o podrán contestar a unas preguntas sí y a otras no. Seguramente alguno se extenderá en explicaciones de carácter político: tiene un enorme altavoz delante, y mucha gente en el auditorio. Es probable que en algún caso el presidente del tribunal le ruegue ceñirse al objeto del juicio, que no es un debate sobre política, y que el acusado reaccione diciendo que sin el contexto político, su conducta no se entiende cabalmente, por lo que porfiará en sus explicaciones, que adquirirán tonos reivindicativos y quién sabe si de reproche a la “operación de Estado” de la que el juicio mismo no es –dirá, quizás– sino un acto dentro del plan concebido como una estrategia coordinada entre fiscalía, poder judicial, gobierno, jefatura del Estado y partidos políticos de ámbito nacional. Luego serán interrogados testigos propuestos por las partes: personas que estuvieron allí y presenciaron directamente (no a través de televisión) hechos considerados relevantes, conversaciones de las que vamos a enterarnos (alguna puede ser muy interesante), agentes de los Cuerpos de Seguridad, ciudadanos, etc. Seguirá la prueba pericial, y la documental, en la que se incluirán, además de textos oficiales, notas, comunicados, vídeos, grabaciones, fotografías, archivos informáticos, etc.
Por último, se entrará en un momento particularmente importante del juicio, que les aconsejo seguir de cerca cuando llegue: las conclusiones. Las acusaciones precisarán los cargos a la vista de las pruebas practicadas (no tienen que coincidir con los que se apuntan en los escritos de acusación, y habrá que ver si la Fiscalía sigue acusando por rebelión, o si rebaja a sedición o a tentativa de rebelión, al margen de los delitos de malversación y desobediencia), y las defensas pedirán la absolución o en algún caso condenas por delitos menores, como la desobediencia. Fiscal y letrados ilustrarán al tribunal con consideraciones jurídicas e interpretativas, y procurarán apoyarse en elementos obtenidos de la prueba practicada en juicio. Será el momento definitivo en la lucha por el relato, es decir, por enmarcar los hechos concretos que hayan logrado probarse en una perspectiva: los hechos son los que son, pero pueden mirarse de manera diferente. Es posible que la controversia sobre el juicio de hecho, es decir, sobre “lo que pasó” sea menos importante que la controversia sobre el juicio de derecho, es decir, sobre “lo que significó”, y sobre qué nombre (jurídico) ponerle a lo que pasó. La decisión sobre esto último no consistirá en una constatación, sino en una valoración, y por ello las partes procurarán poner difícil al tribunal la motivación por escrito, en la sentencia, de la valoración contraria a sus posturas.
Un juicio es el modo más civilizado que se ha inventado para dirimir un conflicto. Es lo contrario de un prejuicio. Los prejuicios nos han tenido ocupados todo este tiempo, pero ahora es cuando tienen que medirse cara a cara las diferentes tesis, y van a hacerlo con todas las garantías. Será imposible convencer a algunos de que no es verdad que la suerte esté echada, pero yo tengo que decir (con convicción) que no lo está. Imagino que cada miembro del tribunal tiene una idea, incluso (es inevitable) habrá tendencias, inclinaciones y prejuicios, probablemente dispares. Pero son profesionales, y tienen claro que su obligación es vigilarse a sí mismos. Querrán acertar. No van a seguir indicaciones externas. Se van a ir formando un criterio durante el juicio, y deliberarán hasta llegar a una decisión unánime o mayoritaria, que deberá poder expresarse por escrito con razones. Nada asegura que acierten, pero ¿se les ocurre un método mejor y más civilizado para tomar una decisión que el de oír a las partes defender sus posiciones, decidir conforme a derecho y explicar por escrito por qué se ha tomado una decisión y no otra? El valor de una sentencia está en la calidad del juicio, y no en la sabiduría de los juzgadores. Las sentencias no caen del cielo, sino que brotan del juicio: de una competencia entre argumentos en un escenario privilegiado de garantías. No me acusen de blanquear anticipadamente una decisión marcada por un terreno de juego viciado: sólo estoy diciendo que quienes van a decidir lo van a hacer en unas condiciones difícilmente mejorables.
¡Hola! El proceso al Procès arranca en el Supremo y CTXT tira la casa through the window. El relator Guillem Martínez se desplaza tres meses a vivir a Madrid. ¿Nos ayudas a sufragar sus largas y merecidas noches de...
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Miguel Pasquau Liaño
(Úbeda, 1959) Es magistrado, profesor de Derecho y novelista. Jurista de oficio y escritor por afición, ha firmado más de un centenar de artículos de prensa y es autor del blog 'Es peligroso asomarse'. http://www.migueldeesponera.blogspot.com/
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