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TRIBUNA

La secesión, ante la respuesta penal

Carlos Jiménez Villarejo 28/12/2016

<p>Retrato de Pi i Margall de José Sánchez Pescador</p>

Retrato de Pi i Margall de José Sánchez Pescador

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Creo formar parte de la mayoría de los catalanes que luchamos por un pueblo de Catalunya solidario con los pueblos de España, comprometidos en la construcción de una España justa e igualitaria en el marco de un Estado federal.

Comenzaré con un texto ejemplar escrito en 1876 por un catalanista y republicano como era Pi i Margall: “Derribar y no levantar barreras ha de ser el fin de la política... Enseñemos a nuestros semejantes a vivir con hombres de otras razas y de otros colores no solo en relación al comercio, sino también en comunidad de ideas y sentimientos”.

Con este y otros muchos antecedentes, resulta inaceptable la Resolución del Parlament de Catalunya  del  27 de julio de 2016, proclamando  un proceso constituyente que concluiría con la ruptura con España y la pretendida creación de un “Estado catalán independiente”. Representa un levantamiento antidemocrático contra el Estado constitucional actual, creado después de tres años de Guerra Civil y cuarenta de dictadura. Es un golpe de Estado.

Ustedes no son unos meros ciudadanos, son titulares de poderes públicos que no están opinando, están gobernando

Pero inspira una gran preocupación, e incluso temor, que una coalición tan insólita como la de Junts pel Sí y la CUP, además de minoritaria en votos ciudadanos, sea capaz de desafiar nuestra democracia, atribuirse la representación de toda Catalunya, llamar a menospreciar y desobedecer la Constitución y las leyes democráticas españolas y hacerlo todo, como si de un grupo de agitadores se tratase, sin ningún fundamento jurídico que justifique su pretendido levantamiento. Y, por supuesto, con conductas, como los delitos de prevaricación y desobediencia, comunes en cualquier sistema democrático, y muy graves en cuanto son cometidos por personas con cargos públicos relevantes y representativos. Como es el último caso de la presidenta del Parlament de Catalunya, justamente encausada. Procesos, por cierto escasos, en los que solo desde el sectarismo y la ignorancia jurídica puede alegarse como justificación de la pretendida legalidad de su actuación la libertad de expresión, cuando es lo cierto que están planteando desde altísimos cargos públicos, con capacidad de decidir, unas medidas políticas que representan la destrucción del actual Estado democrático. Es gravísimo. Y, por favor, no invoquen vanamente derechos como la libertad de expresión, de la que son titulares los ciudadanos, porque vds. no son unos meros ciudadanos, son titulares de poderes públicos que no están opinando, están gobernando y, en abuso de su poder, están traicionando las leyes democráticas que les han permitido acceder al gobierno. 

Nadie duda de la condición de nación de Catalunya y la Constitución de 1978 la reconoció implícitamente en la Disposición Transitoria Segunda cuando se refiere a “los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos del Estatuto de autonomía”, entre los cuales solo estaban Euskadi y Catalunya. Ciertamente no se optó --con la conformidad de las fuerzas políticas catalanas-- por un Estado estructurado federalmente, pero se aceptó un Estado descentralizado por la vía de las Autonomías.

Catalunya no está subyugada ni dominada por España

Es evidente que reconocemos y damos soporte al derecho del pueblo de Catalunya –que, no lo olviden, está integrado por la totalidad de sus ciudadanos-- a un régimen de autogobierno mucho más amplio en sus competencias y la exclusividad de la mayor parte de ellas. Pero Catalunya, vinculada históricamente a España desde hace siglos, solo puede y debe hacerlo desde la aceptación y el respeto a las instituciones democráticas españolas --incluido el Código Penal-- a través de una profunda reforma constitucional

Con un presupuesto irrenunciable: Catalunya no está subyugada ni dominada por España y es completamente falso que la pretendida independencia augure una supuesta libertad de la que ahora se careciera.

Los ciudadanos catalanes, como los españoles, están sufriendo por igual   los efectos de la crisis económica y de la restricción de libertades que impuso el anterior Gobierno del PP. Es más, el proceso soberanista ha ido en paralelo al desarrollo de las políticas del PP y dirigido por una fuerza política, CDC (por más que ahora cambie de denominación), que, como el PP, está enfangada hasta el cuello de corrupción. La pretendida independencia comporta calculadamente la plena impunidad. Nadie puede ignorar que con este objetivo pretenden librarse de la jurisdicción penal estatal que, en este momento, tiene sometidos a investigación a dicho partido en el caso Palau de la Música, al fundador de la formación, Jordi Pujol, y toda su familia, al ex secretario general de la misma e hijo del anterior, además de  a destacados altos cargos de CDC.
Desde el comienzo de este proceso, Convergència Democràtica ha practicado un nacionalismo que le permitía y le permite mantener un equilibrio entre las políticas económicas y sociales más conservadoras y la promesa, completamente engañosa, de un futuro de prosperidad y justicia.

Constituye un gravísimo error histórico romper una convivencia de siglos desde el radicalismo propio de todos los nacionalismos

Desde las más elementales exigencias democráticas, debe cesar este proceso fraudulento, desafiante y hasta delictivo, y solicitamos a la ciudadanía y a las instituciones catalanas lealtad a los trabajadores/as de España que padecen en todo caso las mismas o peores privaciones que los trabajadores catalanes. Pero, sobre todo, la “lealtad constitucional”, que exige el Estatuto de Autonomía  vigente hacia la democracia española de la que continuamos formando parte --basta ver a los diputados y senadores independentistas en el Parlamento español--, y, sobre todo, lealtad hacia los pueblos de España. Por descontado, en un Estado de naciones y regiones libres y plenamente reconocidas.

Constituye un gravísimo error histórico romper una convivencia de siglos desde el radicalismo propio de todos los nacionalismos, de “nosotros” frente a “ellos”, cuando estos, es decir, los que llaman “los españoles”, están siendo desde hace mucho tiempo los más perjudicados por las políticas neoliberales de los recientes Gobiernos de España y Cataluña, en tantas ocasiones estrechos aliados.

No hemos de olvidar que de producirse esta ruptura se generaría en Catalunya un proceso de crisis de convivencia, de diferencia de trato y consideración, de exclusiones, de menosprecio e incluso de hostilidad, que en algunas ocasiones ya ha aflorado. Basta con repasar nuestra reciente historia europea.

Que no olviden la expresión solidaria que representó el cartel de la Catalunya republicana durante el asedio fascista a la capital del Estado: “Ajut permanent a Madrid”.

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Carlos Jiménez Villarejo. Federalistes d´Esquerres.

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5 comentario(s)

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  1. Rafa

    "Creo formar parte de la mayoría de los catalanes que luchamos por un pueblo de Catalunya solidario con los pueblos de España, comprometidos en la construcción de una España justa e igualitaria en el marco de un Estado federal." Cuando un artículo empieza conuna falsedad, lo mejor es no seguir leyendo. La mayoria de los catalanes son independentistas, no federalistas. Los datos son los que son y por mucho que no gusten no podemos cambiarlos para adecuarlos a nuestro relato.

    Hace 7 años 2 meses

  2. Agartha

    Tradicionalmente se ha hablado, con referencia al poder, de una legitimidad de origen, y de una legitimidad de ejercicio. a) La legitimación de origen hace al título del gobernante, y depende concretamente del derecho positivo de cada estado, como que consiste en el acceso al poder mediante las vías o los procedimientos que ese derecho tiene preestablecidos. En el estado democrático, se dice que el acceso al poder y la transmisión del poder operan mediante la ley y no por la fuerza. b) La legitimidad de ejercicio se refiere al modo de ejercer el poder. Genéricamente, podemos decir que si, objetivamente, el fin de todo estado radica en la realización del bien común o valor justicia, la legitimidad de ejercicio se obtiene siempre por la gestión gubernativa enderezada a aquel fin, y, viceversa, se pierde por el apartamiento o la violación del mismo. La pérdida de la legitimidad de ejercicio proporciona título –legitimación-, con base en la justicia material, y en circunstancias de tiranía, totalitarismo o corrupción, que producen la obturación de otras vías exitosas, para la resistencia del pueblo contra el gobernante. Así, el derecho de resistencia a la opresión es aquella facultad inherente a los ciudadanos a no soportar lo injusto, en especial el ejercicio despótico o abusivo del poder público. Por consiguiente, la legítima resistencia es la respuesta extrema de los ciudadanos ante la violación de sus derechos fundamentales por parte de las autoridades estatales. El Estado no tiene derechos, sino que solamente ostenta autoridad o poder, cuyo ejercicio debe sujetarse siempre a la Constitución y la ley y jamás emplearse para dominar u oprimir a los seres humanos. Cuando la autoridad estatal se excede de sus potestades constitucionales o legales, no cumple con sus obligaciones jurídicas o no respeta ni protege los derechos fundamentales de las personas, y estas no pueden defenderse a través de ningún medio legal o persuasivo eficaz, los ciudadanos, al amparo del derecho de resistencia, quedan habilitados para desacatar o repudiar las órdenes, acciones u omisiones ilegítimas emanadas de autoridad. Saludos

    Hace 7 años 3 meses

  3. Alfred

    El siguiente articulo pedidselo a Corcuera o Leguina y asi seguimos enriqueciendo el debate. Y luego sacad un manifiesto contra el exterminio del español. Eso si, sereis los mesetarios mas progres

    Hace 7 años 3 meses

  4. Jesús Díaz Formoso

    http://puntocritico.com/2016/12/29/henry-david-thoreau-del-deber-de-la-desobediencia-civil/ - HENRY DAVID THOREAU – Del deber de la desobediencia civil // Al final, el libro de regalo

    Hace 7 años 3 meses

  5. Jesús Díaz Formoso

    La Constitución no dice SÓLO lo que interesa al intérprete. Es un único bloque normativo; no se puede señalar lo que interesa y ocultar lo que molesta a cada intérprete. La SEDICIÓN comporta PRVERTIR EL ORDEN CONSTITUCIONAL POR MEDIO DE LA VIOLENCIA Y LA INTIMIDCIÓN; del uso –o de la amenaza del uso- de la fuerza. La perversión esencial reside, en este antisistémico sistema, en PASARSE POR EL FOORO DE ALLÍ NUESTROS DERECHOS HUMANOS. La Sedición es del Torturador y del Juez que lo protege. Sedicioso es quien deja en INDEFENSIÓN a los hiotecados, aplicando una ley pirata, que choca frontalmente con la reduplicada prohibición de la misma que enuncia el artículo 24, 1º de la pobrecita Constitución (“… sin que EN NINGÚN CASO pueda producirse indefensión!). Sedición es la represión de las Manifestaciones legítimas; la vulneración constante de nuestro Derecho Fundamental a recibir Información Veraz. Sedición es cuando no se respetan los cauces para la efectividad del Derecho Fundamental a la participación en los asuntos públicos. SEDICIOSOS SON QUIENES CON NOCTURNIDAD Y ALEVOSÍA MODIFICARON E ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN para cargarse la efectividad de los Derechos Humanos prestacionales, para pagar las mercedes dadas delictivamente a nuestros mercenarios de empresa y política all in one. SEDICIOSOS SON QUIENES utilizan a las minorías para enfrentar a las minorías; oficiantes del todos contra todos. Sediciosos son los Jueces Corruptos, con sus borracheras de impunidad; los que no sufren as penas previstas para sus gravísimos delitos; quienes cambian de facto el texto del artículo 117 de la Constitución (“La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley”) por otro extraño que dice “La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles E IRRESPONSABLES sometidos únicamente a La voluntad desnuda del Consejo General de Comisarios Políticos en el Poder Judicial”. Al carajo el imperio de la ley. Quienes aplican el DERECHO HUMANO DE RESISTENCIA A LA OPRESIÓN, no son sediciosos, sino que llevan a puro efecto el enunciado del Artículo 10, 2º de la Constitución (“La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”); sin efectividad de los Derechos Humanos, no habrá ni orden político ni paz social; eso dice el Constituyente. Así, la Declaración de Derechos de Virginia: sancionada el 20 de junio de 1776, señala en su artículo III “Que el gobierno es o debe ser instituido para el común beneficio, la protección y seguridad del pueblo, nación o comunidad; que de todos los modos y formas de gobierno, la mejor es la que sea capaz de producir el más alto grado de felicidad y seguridad, y esté más eficazmente garantizada contra el peligro de una mala administración; y que cuando un gobierno resulte inadecuado o contrario a estos fines, la mayoría de la comunidad tiene el derecho indubitable, inalienable e indefectible de reformarlo, cambiarlo o abolirlo del modo que juzgue más apropiado para el bien público.”; O la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano: adoptada por los representantes del pueblo francés el 26 de agosto de 1789, establece en su artículo 2 que “el fin de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son: la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión”. RESISTIR A LA OPRESIÓN NO ES SEDICIÓN. ES LUCHAR CONTRA LOS SEDICIOSOS; UNA OBLIGACIÓN.

    Hace 7 años 3 meses

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