Juristas progresistas cuestionan el tratamiento dado a los titiriteros
Jueces para la Democracia y otras asociaciones de derechos humanos intuyen fines partidistas en los autos firmados por Ismael Moreno
Nuria Alabao 10/02/2016
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Después de cinco días en prisión, el juez Ismael Moreno ha puesto en libertad a los dos titiriteros acusados de enaltecimiento del terrorismo y de delitos contra las libertades individuales. La petición ha partido de la Fiscalía, que ha solicitado el fin de la prisión provisional, aunque con medidas cautelares como comparecencias diarias, fijación de domicilio, la retirada del pasaporte y la prohibición de salir del país.
Según el auto, los recursos de los abogados defensores han acreditado que no hay riesgo de fuga por arraigo social de los acusados, es decir, que tienen demasiado que perder si salen del país para evadir a la justicia. El juez también ha descartado que puedan repetir el delito –otro de los argumentos que pueden justificar la prisión provisional–, porque los materiales para representar la obra fueron confiscados por la Policía Nacional durante la detención y porque las representaciones previstas han sido anuladas.
Respecto al cambio de criterio de la Fiscalía, que el sábado pidió prisión provisional, Anaïs Franquesa, del Centro para la Defensa de los Derechos Humanos Irídia, anota que “resulta curioso que se haya producido en tan poco tiempo. No es habitual y puede deberse a las críticas que ha despertado la aplicación de una medida tan grave, que atenta contra los derechos fundamentales”.
Estos días, además de las protestas ciudadanas, numerosos juristas han criticado duramente la decisión de dictar prisión provisional que debería considerarse siempre una medida excepcional. Para los juristas consultados en este reportaje, el caso no reunía las condiciones para que fuese imprescindible privar a los acusados de su libertad. También plantea dudas que los hechos puedan suponer un delito de enaltecimiento del terrorismo. Así lo han expresado, por ejemplo, Jueces para la democracia.
Para su portavoz, Joaquim Bosch, “la obra pretende ser una crítica mediante la burla de los montajes policiales contra los discrepantes políticos. Forma parte de la libertad de expresión. En ella no se justifica el terrorismo. Creo que es muy discutible jurídicamente que estos hechos sean delictivos”. Bosch se refiere a la parte de la obra donde aparece una pequeña pancarta en la que está escrito Gora Alka-Eta, y que el juez indica en el auto como prueba del posible delito. Sin embargo, en la obra un guiñol que hace de policía la coloca para incriminar a otro personaje como se comprueba en el vídeo al que CTXT ha tenido acceso.
El delito de “enaltecimiento del terrorismo” en su formulación actual ha generado también muchos debates entre los expertos. Para Franquesa, el problema de la ley es que este delito “está pensado en la lógica del todo es ETA” y no queda claro qué es enaltecer. "Es complicado definirlo y cuando hay ambigüedad, hay riesgo de arbitrariedad”. Según Bosch, es preocupante que en los años más duros del terrorismo de ETA se enjuiciaban por esta causa a dos o tres personas por año, mientras “ahora se producen más de treinta casos”.
Hace más de cuatro años que ETA anunció el cese definitivo de la violencia, aunque permanecen las leyes redactadas para combatirla. “Lo que nos preocupa es que cualquier interpretación forzada vinculada a delitos del terrorismo se esté utilizando políticamente para cuestiones que no son penales. Los medios, al menos algunos, tienen bastante responsabilidad. Se ha producido una presión mediática y social para que estos dos titiriteros acabaran en prisión, y es evidente la finalidad política”, explica Bosch.
Además del delito de enaltecimiento del terrorismo, en el nuevo auto se menciona la posible “incitación al odio” a determinados colectivos, aunque no indica a cuáles. Esto parece referirse a las escenas que han despertado la polémica, y que muestran violencia entre los muñecos caracterizados como policías, jueces o monjas. La posibilidad de impugnar el contenido de la obra recuerda a Franquesa a “tiempos anteriores, en los que la figura del censor determinaba lo que era o no admisible”. En ese sentido, “es grave que se haya parado la representación y se detenga a dos personas por ese motivo”.
Para Josep Antoni Rodríguez Sáez, de Jueces para la Democracia, “con este tipo de actos y las últimas leyes aprobadas, parece que hay cosas de las que no se va a poder hablar. Se está usando el código penal para ir contra la libertad de expresión”. Franquesa explica que “la prisión provisional fue solicitada por la fiscalía que está en dependencia jerárquica del Fiscal General del Estado, que es, a su vez, nombrado por el Gobierno. Hay una posible utilización política, pero lo que es clarísimo es que está dando un mensaje a toda la población en relación a la libertad de expresión”.
Derecho penal del enemigo
Gran parte de la legislación antiterrorista se puede encuadrar en lo que los juristas han llamado “Derecho Penal de Autor o del enemigo” que ha provocado debate sobre su posible aplicación. En la última reforma del Código Penal de 2015, las penas por este tipo de delitos se ampliaron. Para Iñaki Rivera del Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universitat de Barcelona “hay una determinada línea de política penal que obedece a una intencionalidad muy clara de escarmiento, de amedrentamiento de socabamiento de la libertad de expresión de protesta. Esto está en la base de la ampliación de la ley y de la propia ley. Nosotros llevamos tiempo diciendo que tarde o temprano iban a llegar los ejemplos en los que un juez de ideología autoritaria podría llegar a interpretar la ley desde supuestos que no tienen nada que ver con la lucha antiterrorista”.
Para Bosch, de Jueces por la Democracia, “lo que pasa con los tipos penales muy abiertos”, como los que se aplican normalmente en los casos de enaltecimiento, “es que al final se castiga a alguien por lo que es y no por lo que hace, si dejas la cosa muy abierta: y para el estado los enemigos son los que protestan, los que discrepan, cualquier cosa podrás encajarlo ahí. Se le llama derecho penal del enemigo: algunos son enemigos de un régimen y se actúa contra ellos. Por ejemplo aquello de la ley de vagos y maleantes, se castigaba a homosexuales no por lo que hacían sino por lo que eran. Aplicado a normas como la ley de seguridad ciudadana o a determinados delitos, se ve una tendencia no a castigar hechos peligrosos para la sociedad, sino a castigar desde una perspectiva ideológica a los que perturban a determinado estado”.
Después de cinco días en prisión, el juez Ismael Moreno ha puesto en libertad a los dos titiriteros acusados de enaltecimiento del terrorismo y de delitos contra las libertades individuales. La petición ha partido de la Fiscalía, que ha solicitado el fin de la prisión provisional, aunque con medidas...
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Nuria Alabao
Es periodista y doctora en Antropología Social. Investigadora especializada en el tratamiento de las cuestiones de género en las nuevas extremas derechas.
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